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PROYECTO DE TP


Expediente 4085-D-2008
Sumario: CREACION DEL PROGRAMA NACIONAL "EDUCACION PARA LA PAZ" EN EL AMBITO DEL MINISTERIO DE EDUCACION, DESTINADO A ALUMNOS DE INSTITUTOS DE FORMACION DOCENTE, TUTORES, COORDINADORES Y DOCENTES DE TODOS LOS NIVELES.
Fecha: 29/07/2008
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 96
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


ARTICULO 1º.- Créase el Programa Nacional "Educación para la Paz" en el ámbito del Ministerio de Educación.
ARTICULO 2º.- El Programa Nacional de "Educación para la Paz" estará destinado a los alumnos/as de los institutos de formación docente, que asistan a los establecimientos públicos de gestión estatal y privada, a los tutores o coordinadores de curso y a todos los docentes del quehacer educativo de los tres niveles.
ARTICULO 3º.- El Ministerio de Educación definirá, conjuntamente con el Consejo Federal de Educación, los lineamientos curriculares básicos del Programa Nacional de "Educación para la Paz"; articulando los talleres, programas, actividades y seminarios que las diferentes jurisdicciones tengan implementadas.
ARTICULO 4º.- Los objetivos del Programa Nacional de Educación para la Paz son:
- Promover el fortalecimiento de los valores, el desarrollo de las conductas socialmente positivas, la capacidad humana para enfrentar las dificultades y la construcción del "bien común" y la "cultura de la paz".
- Sensibilizar a los docentes sobre la importancia de reforzar la capacidad humana para enfrentar los problemas y las dificultades, la valoración de las conductas socialmente positivas en el desarrollo cognitivo-emocional del alumno y motivarlos para que se sientan parte de un proceso de cambio en donde impere la voluntad de "vivir juntos".
- Incentivar las investigaciones sobre el desarrollo de acciones de potencial humano, y habilidades sociales dentro de los equipos interdisciplinarios pertenecientes a universidades, sociedades científicas y organizaciones de la sociedad civil vinculadas a la temática.
- Dotar al docente de las herramientas necesarias para hacer frente a las problemáticas que el contexto socio-económico y cultural actual plantea.
- Potenciar el desarrollo de las posibilidades y habilidades sociales de los docentes como puente para una escuela más armónica y pacífica.
ARTICULO 5º.- El diseño de los contenidos curriculares básicos para la implementación del Programa "Educación para la Paz" será realizado por una comisión interdisciplinaria de especialistas; convocada por el Ministerio de Educación, con el objetivo de elaborar documentos de orientación preliminares, coordinar y reflexionar sobre los contenidos con distintos sectores del sistema educacional y consensuar las experiencias puestas en marcha en los estados provinciales, en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en los municipios; aportar al Consejo Federal de Educación una propuesta de actividades, contenidos, materiales y orientaciones que agilice y favorezca la aplicación e implementación del programa. Este accionar será tanto para los institutos de formación docente, como para la preparación de los seminarios para directivos, docentes, tutores de curso, preceptores y equipos profesionales de apoyo pedagógico.
ARTICULO 6º.- El programa se implementará a través de:
a) La difusión de los objetivos de la presente ley, en los institutos de formación docente y en los distintos niveles del sistema educativo, a través de publicaciones y seminarios.
b) Los programas de capacitación permanente y gratuita de los educadores en el marco de la formación docente continua.
c) El diseño, producción y selección de los materiales didácticos que se recomienden para su implementación a nivel institucional.
ARTICULO 7º: La presente Ley tendrá una aplicación gradual y progresiva, necesaria para su preparación e inclusión en los contenidos curriculares de los institutos de formación docente y en la organización de seminarios para la capacitación docente.
ARTICULO 8º: El Ministerio de Educación tendrá a su cargo la determinación de los organismos de aplicación de la presente Ley.
ARTICULO 9º: Se invita a las provincias y al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a adherirse a lo dispuesto en la presente ley.
ARTICULO 10º.- De forma.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El programa "Educación para la Paz" tendrá por finalidad abordar las conductas agresivas en la escuela y funcionará como punto de encuentro entre la sociedad, la escuela y la familia; agentes protectores esenciales para el cambio cultural armónico y pacífico.
Se trata de fijar las bases para la implementación del programa de desarrollo de las habilidades sociales, la promoción de la capacidad humana para enfrentar y sobreponerse a las dificultades y el aprendizaje- servicio como sustento de las conductas socialmente positivas.
Las condiciones existenciales actuales llevan a enfrentar muchas dificultades en distintos momentos del ciclo vital; el proyecto de vida más efectivo no tiene características rígidamente predeterminadas. En la cultura actual opera la alta velocidad, que determina nuevas estructuras de pensamiento y concentración. El énfasis en lo visual, afectivo, emocional y sensorial acotan el poder socializador de la educación.
La globalización nos muestra un nuevo orden mundial que pone el énfasis en las empresas y los agentes financieros transnacionales. Se materializa la marcha hacia "economías globales" por el profundo impacto de la innovación tecnológica, los progresos en las comunicaciones, el establecimiento de un sistema financiero global y el liderazgo de las empresas transnacionales en la producción, la inversión y los intercambios comerciales.
La rapidez de estos cambios, en especial de los cambios científicos y tecnológicos que difundieron nuevos conocimientos y generaron estas transformaciones tan significativas provocaron incertidumbre sobre el futuro. El desempleo, la disminución de oportunidades, las migraciones internas, las inmigraciones, la brecha cada vez más grande entre ricos y pobres, incrementaron los conflictos, tanto sociales como políticos generaron un cambio profundo en la sociedad, en cuanto al conjunto de actitudes, comportamientos y creencias en la esfera de lo público y lo privado.
En este contexto les compete a las políticas educativas brindar líneas orientadoras para un nuevo paradigma escolar. En la Ley de Educación Nacional se afirma que "la educación no puede ser considerada como una política 'sectorial' sino como variable clave de la estrategia de desarrollo nacional". Por ello, hay que buscar nuevos desafíos que permitan abordar la complejidad de la trama social, para lo cual "debemos renovar nuestras habilidades sociales, en el marco de una estrategia encaminada a fortalecer las bases cívicas y éticas de la humanidad", que posibiliten la convivencia pacífica, el respeto hacia el otro, la solidaridad, la defensa de los derechos propios y ajenos, la cooperación y el bienestar común.
El actual ministro de educación Juan Carlos Tedesco en uno de sus libros enfatiza con claridad que "la profundidad del proceso de cambio social que tiene lugar actualmente nos obliga a reformular las preguntas básicas sobre los fines de la educación, sobre quienes asumen la responsabilidad de formar a las nuevas generaciones y sobre qué legado cultural, qué valores, qué concepción del hombre y de la sociedad deseamos transmitir".
Este proyecto está destinado a distintos sectores del ámbito educativo, entre ellos, a los alumnos de los institutos de formación docente de gestión estatal y privada, allí es donde se reconstruye el saber moral y se fijan los lineamientos para su aplicación en las aulas. Es necesario brindarles a los alumnos de estos establecimientos las herramientas adecuadas para enfrentar con profesionalidad las dificultades que la cotidianidad les presente.
Para tal fin se propone incorporar a los contenidos curriculares de los mismos el Programa de "Educación para la Paz" como sustento de las conductas socialmente positivas, los pasos correctos para la resolución pacífica de los conflictos -previstos en la ley de Educación Nacional en el capítulo II art. 11 inc. c.-, complemento indispensable para el código de convivencia -presente en el misma ley en el cap. V, art. 122, inc i-; las acciones para llevar a la práctica el aprendizaje-servicio -establecido en el cap. V, art. 122, inc. k) de la ley de educación nacional- y los conceptos relevantes para promoción de estos valores en las escuelas.
También puede ser parte de los contenidos curriculares de los tutores o coordinadores de curso mencionado en el capítulo IV art. 32 inc. b) de la Ley de Educación Nacional, en el cual se afirma que se designarán profesores, tutores y/o coordinadores de curso en cada establecimiento educativo "para garantizar la orientación de los adolescentes y jóvenes en la escuela secundaria", y para estimular las conducta socialmente positivas y los factores protectores a los adolescentes según ese proyecto.
Tradicionalmente la escuela invierte la mayor parte de sus energías para ayudar al alumno a desarrollar su capacidad intelectual, es ésta su función principal; sin embargo, no debe olvidarse, que el educando se enfrenta a una serie de problemas vitales: tiene que adquirir un conjunto de valores, un sistema ético y adoptar una postura o actitud reflexiva ante las diferentes situaciones que la vida le plantea.
El Lic. Daniel Filmus manifestaba cuando estaba a cargo de la cartera de educación que "si la escuela no tuviera que soportar la presión de las actitudes cada vez más violentas de nuestra sociedad, igual deberíamos desarrollar programas de mediación, porque nuestra escuela además de transmitir conocimientos debe cumplir un importante papel en la transmisión de valores".
Teniendo a los estudiantes como destinatarios principales, este espacio de aprendizaje busca potenciar las habilidades de los docentes para que se comprometan con la realidad social y promuevan la convivencia armónica hacia una identidad nacional pacífica.
De hecho la vida cotidiana está llena de comportamientos democráticos, pero la escuela es un lugar privilegiado para profundizar sus prácticas, debido a que la socialización es uno de sus objetivos, y además necesita sostener la convivencia en armonía dentro del aula, para poder desarrollar con profundidad el proceso educativo.
Con la aplicación del programa que estipula esta ley se ayudará a los docentes y a los directivos a mejorar su accionar diario, redundará en una escuela más armónica y más humana. Una escuela más humana conformará una sociedad más pacífica.
Hay que esforzarse, entonces, para desarrollar en las aulas este tipo de aprendizaje centrado en valores. La sonrisa, la empatía, la solidaridad y la resolución pacífica de los conflictos son habilidades sociales básicas necesarias para la concreción de los grandes valores democráticos como la libertad, la igualdad y la justicia; mediadores indispensables para que la convivencia pacífica sea una realidad y nos abarque a todos.
Ahora bien, ¿cómo puede la Argentina progresar hacia los ideales de justicia social, de libertad, de paz, de cohesión social, en donde interactúen personas socialmente armoniosas y competentes?
Puede plasmar los lineamientos de los grandes convenios internacionales y las recomendaciones del informe de Jacques Delors para la UNESCO "La Educación Encierra un Tesoro" (1995: 7); en donde se enfatiza que la función esencial de la educación es el desarrollo continuo de las personas y de las sociedades, donde se insiste especialmente en uno de los pilares presentados como base de la educación, el cual dice textualmente: (ob. cit.: 34) "La escuela debe contribuir a desarrollar la voluntad de aprender a vivir juntos conociendo mejor a los demás, su historia, sus tradiciones, y su espiritualidad".
De hecho, dentro de los objetivos de las políticas educativas acordadas en el nivel nacional está la de fijar líneas de acción para que la escuela pueda educar para la convivencia, en dónde se revisen los valores implicados y las relaciones entre los diferentes grupos. Para este fin la educación tiene que sostener la necesidad de aprender el comportamiento pacífico.
Este tipo de educación requiere de una postura activa de las personas, que crea y esté convencida de que esos objetivos deben ser alcanzados; que el comportamiento pacífico es el resultado de un trabajo de regulación personal, de un manejo correcto de la agresividad y de la tolerancia a la frustración. Para llevar a la práctica social acciones pacíficas se necesita crear conciencias nuevas capaces de humanizar el sistema.
Los momentos difíciles que ha vivido nuestro país, como consecuencia de crisis materiales, estuvieron asociados a profundas crisis de valores éticos, morales y espirituales que involucraron a la sociedad en su conjunto. Es por ello, que la educación en valores se convierte en un instrumento indispensable para el desarrollo de una convivencia en paz de todos los argentinos.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
VILLAVERDE, JORGE ANTONIO BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
EDUCACION (Primera Competencia)
PRESUPUESTO Y HACIENDA