PROYECTO DE TP


Expediente 4046-D-2019
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE EL COSTO FISCAL DE LAS MEDIDAS ECONOMICAS Y SOCIALES DISPUESTAS POR LOS DECRETOS 561/2019 Y 567/2019, Y OTRAS CUESTIONES CONEXAS.
Fecha: 27/08/2019
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 116
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


La Cámara de Diputados de la Nación vería con agrado que el PODER EJECUTIVO NACIONAL con respecto a las medidas económicas y sociales anunciadas el 14 de agosto de 2019 y dispuestas por los Decretos 561/2019 y 567/2019:
a) Informe el costo fiscal de las medidas dispuestas por los Decretos 561/2019 y 567/2019.
b) Informe el monto de recursos fiscales que resignará la Administración Nacional.
c) Informe el monto de recursos fiscales que dejarán de recibir las Provincias. Detalle desagregado por Provincia.
d) Informe si esta en estudio una addenda al Pacto fiscal firmado entre la Nación y la mayoría de las Provincias que recepte las medidas anunciadas.
e) Informe si esta en estudio enviar al Congreso un proyecto de ley que recepte las medidas anunciadas y modifique el Presupuesto 2019 vigente.
f) Informe como compatibiliza las disposiciones de los Decretos 561/2019 y 567/2019 con el artículo 99 inciso 3 de la Constitución Nacional.
g) Establezca compensaciones a las Provincias para paliar esta inconsulta pérdida de recursos fiscales.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El presente proyecto responde a la necesidad de tener precisiones acerca de los anuncios de medidas económicas y sociales anunciadas el 14 de agosto de 2019 e instrumentadas a través de los decretos 561/2019 y 567/2019.
Se trata de un conjunto de medidas importante. Incluye medidas destinadas a los jubilados, autónomos y trabajadores en relación de dependencia que pagan el Impuesto a las Ganancias. Además de acuerdo a los anuncios los trabajadores en relación de dependencia no pagarán sus impuestos al trabajo por dos meses. En cuanto a los monotributistas no pagarán el componente impositivo de su cuota el mes que viene. En el caso de los trabajadores informales o los desocupados se dispone otorgar dos pagos extra de $ 1.000 por hijo por dos meses. Asimismo, los empleados de la administración pública nacional, las fuerzas armadas y las fuerzas de seguridad federales recibirán a fin de mes un bono de $ 5.000.
Por otra parte, la AFIP otorgará 10 años de plazo para el pago de deudas pendientes a las Pymes.
Asimismo, a través del Decreto 567/2019 el PEN anunció la eliminación del IVA en productos de la canasta alimentaria.
Las medidas anunciadas pretenden mejorar la performance electoral del gobierno de cara a las elecciones de octubre. En algunos casos se amplían gastos y en otros se resigna recaudación de impuestos. Se trata de beneficios en su mayoría de cortísimo plazo que no compensan ni en ínfima medida la pérdida de poder adquisitivo de la población acaecida en los últimos tres años y medio. Tal como están planteadas carecen de una perspectiva integral de ampliación de derechos. No obstante, los cuestionamientos no se agotan en ese aspecto.
En forma arbitraria y discrecional el PEN otorga beneficios que no financia en sutotalidad, sino que co- financian las provincias a través de pérdida de recursos coparticipables por IVA, impuesto a las Ganancias y Monotributo. Cabe recordar que del IVA Neto de devoluciones y reintegros un 89% integra la Masa coparticipable bruta, mientras que del impuesto a las Ganancias el 100% va a la masa coparticipable bruta. Después de algunas detracciones, las Provincias reciben el 57,36% de la Masa Coparticipable Neta. Por otra parte, de los recursos recaudados por el Monotributo el 30% se destina a las Provincias en forma directa.
Las provincias no han sido consultadas y padecen la política del hecho consumado.
Ante esta situación una mayoría de gobernadores reunidos en el Consejo Federal de Inversiones emitieron un documento el 21 de agosto de 2019 donde plantean: “…las medidas que se han dado a conocer, realizadas en forma inconsulta, unilateral y sin tener en cuenta de dónde saldrán los recursos para afrontar las mismas, nos hace compartir esos costos fiscales al no disponerse con ellas las compensaciones necesarias a las provincias argentinas, generando un despojo de nuestros recursos y colocándonos en una grave situación de desfinanciamiento.
En este estado de cosas, si bien nos parece positivo que el gobierno nacional decida aplicar paliativos a algunos sectores, lo que no puede hacer, es disponer inconstitucionalmente de recursos que son de las provincias, tanto por el presupuesto en ejecución, como por el pacto fiscal, en el que casualmente acordamos esfuerzos y renunciamientos para garantizar una previsibilidad, que hoy en forma arbitraria se está vulnerando”.
Hasta el momento la respuesta del PEN ha sido negativa. De acuerdo a declaraciones del Ministro de Economía Hernán Lacunza "no hay recursos previstos de compensación" para las Provincias. "Estamos en un momento donde la población, por efecto de la inflación, requiere un alivio, y por eso el Gobierno tomó medidas con las que devolvió al sector privado unos 50 mil millones de pesos, y el plan incluye que las provincias devuelvan a los particulares unos 30 mil millones de pesos".
Hasta el momento no hay datos oficiales desagregados del costo fiscal que cada una de las medidas anunciadas y su impacto en las finanzas provinciales.
Al respecto cabe realizar las siguientes consideraciones. En primer lugar, los decretos simples 561/2019 y 567/2019 a través de los que se instrumentaron las medidas, entran en contradicción ostensible con las disposiciones del artículo 99 inciso 3 de la Constitución Nacional.
Art. 99: El presidente de la Nación tiene las siguientes atribuciones:
3. Participa de la formación de las leyes con arreglo a la Constitución, las promulga y hace publicar.
El Poder Ejecutivo no podrá en ningún caso bajo pena de nulidad absoluta e insanable, emitir disposiciones de carácter legislativo.
Solamente cuando circunstancias excepcionales hicieran imposible seguir los trámites ordinarios previstos por esta Constitución para la sanción de las leyes, y no se trate de normas que regulen materia penal, tributaria, electoral o el régimen de los partidos políticos, podrá dictar decretos por razones de necesidad y urgencia, los que serán decididos en acuerdo general de ministros que deberán refrendarlos, conjuntamente con el jefe de gabinete de ministros. (…).
En segundo lugar, el paquete anunciado no se condice con los acuerdos alcanzados y los compromisos establecidos en el Pacto Fiscal.
Finalmente modifica la recaudación de recursos tributarios por parte del Estado Nacional y las transferencias por coparticipación correspondientes a las Provincias previstas en el Presupuesto 2019 en ejecución.
Por todo lo expuesto es que consideramos de suma importancia contar con las respuestas correspondientes a los interrogantes aquí planteados por parte del P.E.N. y emitir un claro mensaje político exigiendo compensaciones efectivas para las Provincias.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
FRANA, SILVINA PATRICIA SANTA FE FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
PRESUPUESTO Y HACIENDA (Primera Competencia)