PROYECTO DE TP


Expediente 4040-D-2013
Sumario: CREACION DE LA COMISION BICAMERAL INVESTIGADORA DE LA CAMPAÑA ANTARTICA.
Fecha: 21/05/2013
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 53
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


CREACIÓN DE COMISIÓN BICAMERAL INVESTIGADORA DE CAMPAÑA ANTÁRTICA
Artículo 1°- Creación. Créase la Comisión Bicameral Investigadora, la cual tendrá por objeto investigar, analizar y esclarecer aquellas actividades y operaciones que resultaren presuntamente ilegales y/o irregulares, relacionadas directa o indirectamente con las presuntas anomalías en la última campaña antártica, ante la incertidumbre existente en la base Marambio por un posible desabastecimiento y, además, que indague sobre el estado y los avances de los trabajos de reparación del rompehielos ARA Almirante Irízar.
Artículo 2º - Composición. La Comisión se compondrá de siete diputados nacionales y siete (7) senadores, los que serán designados por propuesta de los diferentes bloques, respetando la pluralidad y proporcionalidad de los que componen ambas Cámaras, de conformidad con los reglamentos respectivos de ambas cámaras.
Artículo 3º - Autoridades y reglamento. La Comisión elegirá a un presidente, un vicepresidente y un secretario y deberá dictar su propio reglamento interno en un plazo inferior a los treinta (30) días de su constitución. El Reglamento interno será aprobado por el voto afirmativo de la mayoría absoluta de sus miembros.
Artículo 4º - Quórum y mayorías. El quórum para sesionar será el establecido en el 108 del Reglamento de la H. Cámara de Diputados. La Comisión tomará las decisiones por mayoría absoluta de sus miembros presentes.
Artículo 5º - Sede. La Comisión investigadora tendrá su sede en la Honorable Cámara de Diputados de la Nación, pero podrá actuar y constituirse en cualquier lugar de la República Argentina o de otros países.
Artículo 6º - Plazo. El plazo de duración de la Comisión será de ciento ochenta (180) días, contados a partir de la fecha de la reunión constitutiva.
Artículo 7º - Recursos y gastos. La Presidencia de ambas Cámaras debe proveer la infraestructura, el apoyo técnico y el personal necesario para el desenvolvimiento de las funciones de la Comisión. Los gastos que ocasione el cumplimiento de la presente resolución se repartirán y deducirán del presupuesto correspondiente a ambas Cámaras.
Artículo 8º - Atribuciones. Para el cumplimiento de sus funciones la Comisión tendrá las siguientes atribuciones:
a) Recibir denuncias y pruebas sobre los hechos que son objeto de la investigación;
b) Requerir y recibir declaraciones testimoniales;
c) Efectuar careos cuando lo considere necesario;
d) Realizar inspecciones oculares, debiendo dejarse constancia de sus resultados;
e) Solicitar informes escritos u orales sobre los hechos que sean objeto de investigación a los demás poderes del Estado, a cualquier miembro de la Administración Pública nacional, provincial, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, municipal o de entes centralizados, descentralizados, autónomos o autárquicos. Asimismo, podrá solicitarlos a toda persona jurídica de existencia física o ideal. La Comisión establecerá un plazo perentorio para la contestación de los informes. El incumplimiento de lo solicitado sin causa que lo justifique será puesto en conocimiento del juez competente por la eventual comisión del delito de desobediencia;
f) Solicitar al juez que corresponda la orden de allanamiento de lugares y domicilios donde se presuma que se encuentre documentación vinculada con las investigaciones llevadas adelante por la Comisión, requiriendo su secuestro. La Comisión se constituirá en depositaria de la documentación retenida, con las exigencias de ley;
g) Denunciar ante la Justicia cualquier intento de ocultamiento, sustracción o destrucción de elementos probatorios relacionados con el curso de la investigación;
h) Ordenar la realización de pericias técnicas;
i) Solicitar judicialmente la intervención de comunicaciones telefónicas y revisar, secuestrar o retener correspondencia, documentación y papeles privados con autorización judicial previa;
j) Conocer el estado de las causas judiciales relacionadas con los hechos investigados y requerir la copia certificada de ellas. En el caso de que los instrumentos o la documentación remitida correspondieran a un expediente judicial que se hallare bajo secreto de sumario, la Comisión tomará los recaudos necesarios para garantizarlo;
k) Solicitar el auxilio de la fuerza pública en los casos de citación de testigos renuentes a declarar;
l) Solicitar a ambas Cámaras una prórroga del plazo otorgado, ya sea para realizar nuevas investigaciones, proseguir con su curso o para la elaboración y presentación del informe final;
Artículo 9º - Testigos. Las personas citadas por la Comisión investigadora estarán obligadas a comparecer, pudiendo ser llevadas por la fuerza pública en caso de incomparecencia injustificada, de acuerdo a lo establecido en el inciso k) del 8 del Reglamento de la H. Cámara de Diputados.
En la citación que se les curse se les deberá hacer saber tal circunstancia y el objeto por el cual se las cita. El testigo prestará juramento o promesa de decir verdad y antes de declarar se lo apercibirá de las penas que le corresponderían en caso de negarse, de afirmar una falsedad o de callar la verdad, en todo o en parte, salvo que la respuesta pudiera auto in- criminarlo.
Artículo 10º - Informe final. Cumplido su plazo de duración, la Comisión Especial Investigadora elevará a ambas Cámaras un informe final con sus conclusiones y sugerencias, debiendo el mismo ser publicado en los respectivos sitios web.
En caso de detectarse anomalías o irregularidades, la Comisión deberá informar con precisión su entidad económica y el impacto que ellas ocasionen o hayan ocasionado sobre la gestión de la totalidad de la información de base o de los papeles de trabajo respectivos, y asesorar sobre las acciones y medidas que corresponda adoptar.
Artículo 11º - Informes parciales. Sin perjuicio de lo establecido en el anterior, si la Comisión lo estimare conveniente, en cualquier momento podrá disponer la presentación de informes parciales, a medida que avance en sus investigaciones.
Artículo 12º - Denuncias ante la Justicia. Si como consecuencia de la investigación se advirtiera la comisión de actos que pudieran considerarse infracciones o delitos, la Comisión deberá formular las denuncias pertinentes ante la Justicia ordinaria, aportando los elementos de prueba recopilados.
Artículo 13°- De forma. Comuníquese al Poder Ejecutivo.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Ante la denuncia llevada a cabo por el diario La Nación por presuntas irregularidades en la campaña antártica y ante la incertidumbre que existe en la base Marambio por un posible desabastecimiento, se vuelve perentoria la necesidad de conformar una comisión bicameral investigadora que analice y esclarezca las presuntas sospechas de un posible escándalo en materia de defensa nacional.
Además del presunto peligro de desabastecimiento en la base Marambio, la cual en la última semana, sólo llegó el 60% del combustible y donde el personal corre riesgos de quedar aislado y sin reservas hacia el mes de septiembre, que Pese a su discurso de minimización del problema, el ministro Puricelli admitió: "En lo que respecta al combustible pendiente de entrega a la base Marambio, dado que la misma cuenta con pista de aterrizaje operable en todo tiempo se aprovechará las horas de vuelo programadas para el presente año, a fin de cumplimentar los vuelos de abastecimiento de productos frescos en dicha base, para completar el abastecimiento de combustible necesario".
Asimismo, adquiere un carácter urgente conocer cuál es el estado de los trabajos de reparación del rompehielos ARA Almirante Irízar (incendiado en abril de 2007) y cómo han sido administrados los fondos destinados para estos fines.
Cabe destacar, según denuncia el informe periodístico del diario La Nación, que el Ministerio de Defensa de la Nación, incurrió en el alquiler de naves para cumplir las sucesivas tareas de abastecimiento de las bases antárticas, en una serie de licitaciones que tuvieron denuncias de irregularidades; al parecer el rompehielos Irízar cumplía todos los requisitos como buque polar, condición que no tenía el que resultó su reemplazo, el buque Timca, que frustró la campaña por sus limitaciones y deficiencias.
En los últimos seis años, el Gobierno habría destinado nada menos que $ 914 millones entre la reparación del buque incendiado en plena campaña antártica, y el alquiler de naves para cumplir las sucesivas tareas de abastecimiento de las bases antárticas.
El monto surge de la suma de los 581 millones de pesos ya gastados en la recuperación del rompehielos, en el astillero Tandanor, y los 333 millones (US$ 75 millones, calculados sobre la base del dólar oficial, al cierre de cada año) pagados en los últimos seis años por el alquiler de buques internacionales que sustituyeron al inutilizado Irízar en las campañas antárticas.
Se podría estimar que con esa inversión (en total, más de $ 900 millones) se podrían haber comprado cuatro rompehielos (usados, pero en condiciones, a razón de 200 millones por unidad) en el mercado internacional. O comprar sólo uno y reponer la flota altamente deteriorada de la Armada, al extremo de haber visto hundirse ante sus propias narices, en la Base Naval de Puerto Belgrano, el antiguo destructor Santísima Trinidad, el 21 de enero pasado, después de dañarse una de sus tuberías.
Siendo Nilda Garré ministra de Defensa, el Gobierno tomó la decisión de reconstruirlo y arrendar el buque polar ruso Vasily Golovnin -reemplazado este año por el barco holandés Timca- para las siguientes campañas antárticas. La recuperación del rompehielos Irízar se lleva adelante en los talleres navales del astillero Tandanor, que cuenta con 1400 metros de muelles propios, grúas flotantes y unidades móviles. Privatizado por Carlos Menem y reestatizado por Néstor Kirchner, el astillero fue incorporado hace tres años al Complejo Industrial Naval Argentino (Cinar).
Según denuncia el diario La Nación, el Ministerio de Defensa lleva invertidos $ 491 millones en los trabajos del Irízar, a lo que se suman otros $ 90 millones aportados por la Armada para garantizar las condiciones de seguridad y salvamento (botes, chalecos salvavidas y otros elementos para 313 tripulantes).
Parece haber un hermetismo preocupante por parte del Ministerio de Defensa frente a las cuestiones del buque, del manejo de los fondos y del fracaso de la campaña antártica. Han sido presentados numerosos pedidos de informes que no han obtenido respuestas, y desde hace semanas se conoce que el apoyo logístico de la actual campaña antártica realizado con el buque holandés Timca no ha podido descargar los víveres necesarios en la base Orcadas, a la cual tampoco se ha podido aprovisionar por aire debido a los fuertes vientos antárticos.
Por estas y por las demás razones que en oportunidad de su tratamiento serán expuestas en el recinto, se solicita la inmediata aprobación del presente proyecto de ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
MILMAN, GERARDO BUENOS AIRES GEN
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
PETICIONES, PODERES Y REGLAMENTO (Primera Competencia)
DEFENSA NACIONAL
PRESUPUESTO Y HACIENDA