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PROYECTO DE TP


Expediente 4010-D-2009
Sumario: REGULACION SOBRE LA PRESTACION DE SERVICIOS DE CAJEROS AUTOMATICOS POR PARTE DE LAS ENTIDADES FINANCIERAS; OBLIGATORIEDAD DE INFORMAR TASA POR USO DEL SERVICIO.
Fecha: 24/08/2009
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 99
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


REGULACIONES SOBRE LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE CAJEROS AUTOMÁTICOS POR PARTE DE LAS ENTIDADES FINANCIERAS
ARTICULO 1º: Las entidades financieras afectadas por la Ley 21.526 informarán en tiempo real en cada uno de sus cajeros automáticos, cuando fueren de su propiedad o en los cajeros automáticos de las redes proveedoras de estos servicios, la tasa que será cobrada por la transacción u operación realizada por el usuario - cliente o no cliente- de la entidad financiera respectiva, a fin de que tenga éste la libertad de anular la transacción a tiempo antes de que el cobro de la tasa se efectúe.
ARTICULO 2º: El Banco Central de la República Argentina (BCRA) actuará como órgano de contralor y supervisión, debiendo asegurar el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ley.
ARTICULO 3º: El incumplimiento de lo dispuesto por esta Ley será sancionado de acuerdo a la Ley 24.240 y sus modificatorias de Defensa del Consumidor.
ARTICULO 4º: Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Varios son los sectores que han reacomodado sus valores y precios durante los últimos años. En este marco, las entidades financieras no quedan al margen.
Fundamentalmente dos temas motivan el presente proyecto: por un lado, la desinformación generalizada de la sociedad respecto de los costos incurridos al operar con cajeros automáticos, y por otro, la fuerte incidencia de estos aumentos en la economía de los ciudadanos.
En primer término, la mayoría de los usuarios de cajeros automáticos desconocen al momento de realizar sus operaciones el costo asociado que implican las mismas, ya que los bancos no informan en tiempo real la comisión aplicada. Sólo posteriormente, en los resúmenes mensuales (resúmenes que los trabajadores con cuentas sueldo nunca reciben o lo hacen en períodos muy disímiles) figuran las comisiones incurridas en la utilización de estos servicios.
Según el artículo 4 de la Ley de Defensa al Consumidor "el proveedor está obligado a suministrar al consumidor en forma cierta, clara y detallada todo lo relacionado con las características esenciales de los bienes y servicios que provee, y las condiciones de su comercialización". Es por esto que consideramos que quien utiliza un servicio bancario tiene el derecho primordial de conocer el costo asociado al mismo y la posibilidad de optar por realizar o no la operación.
En segundo término, la incidencia de estas tasas y sus aumentos es notable y no hace más que afectar los ingresos.
Por lo expuesto, consideramos justo y apropiado que los bancos exhiban en cada uno de sus cajeros automáticos, cuando fueren de su propiedad, ó en los cajeros automáticos de las redes proveedoras de estos servicios, el costo de la transacción o servicio solicitado por el usuario, cliente y no cliente, del banco o entidad financiera que se trate, dándole la posibilidad de aceptar dicho cargo o anular la transacción si no estuviese de acuerdo.
Esta medida no es de difícil implementación, ni tampoco implica grandes inversiones por parte de las entidades financieras, ya que sólo deben hacer correcciones de informática que permitan al usuario aceptar o rechazar el cargo por el servicio solicitado luego de ser informado acerca del costo de la transacción.
Este proyecto busca dar la posibilidad a todos los usuarios de conocer el cargo cobrado por el banco, y aceptar o anular la transacción si no estuviese de acuerdo, como sucede con cualquier otro producto y servicio. Por ello, se pide a esta Honorable Cámara su consideración y aprobación.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
IGLESIAS, FERNANDO ADOLFO CIUDAD de BUENOS AIRES COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT
GARCIA, SUSANA ROSA SANTA FE COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT
MORAN, JUAN CARLOS BUENOS AIRES COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT
MORANDINI, NORMA ELENA CORDOBA MEMORIA Y DEMOCRACIA
GIUDICI, SILVANA MYRIAM CIUDAD de BUENOS AIRES UCR
BALDATA, GRISELDA ANGELA CORDOBA COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT
BULLRICH, PATRICIA CIUDAD de BUENOS AIRES COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
FINANZAS (Primera Competencia)
DEFENSA DEL CONSUMIDOR, DEL USUARIO Y DE LA COMPETENCIA