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PROYECTO DE TP


Expediente 3985-D-2008
Sumario: VOTO DE LOS FISCALES DE MESA Y FISCALES GENERALES: MODIFICACION DE LA LEY 19945, CODIGO ELECTORAL NACIONAL, ARTICULO 56.
Fecha: 25/07/2008
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 94
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


Artículo 1º: Modifícase el artículo 56 del Código Electoral Nacional (Decreto 2135/83 y sus modificatorias) el que quedará redactado de la siguiente manera:
Artículo 56. - Fiscales de mesa y fiscales generales de los partidos políticos. Los partidos políticos reconocidos en el distrito respectivo y que se presente a la elección pueden nombrar fiscales para que los representes ante las mesas receptoras de votos. También podrán designar fiscales generales de la sección, que tendrán las mismas facultades y estarán habilitados para actuar simultáneamente con el fiscal acreditado ante cada mes. Los fiscales generales deberán votar en la mesa en la que se encuentren inscriptos.
Salvo lo dispuesto con referencia al fiscal general, en ningún caso se permitirá la actuación simultánea en una mesa de más de un fiscal por partido.
Artículo 2º: De forma.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Es sabido que dentro de las personas que pueden ser agregadas en los padrones de una mesa y, en consecuencia, habilitadas para votar en la misma se encuentran las autoridades de mesa y los fiscales que se desempeñen en ella.-
El Código Electoral Nacional nada dice del lugar donde sufragan los fiscales generales.-
Ello ha dado pie a distintas interpretaciones que dan lugar a que dicha circunstancia se haya transformado en una fuente de conflictos por cuanto existen fiscales generales que pretenden votar en cualquier mesa del circuito donde tienen registrado su domicilio y autoridades de mesa que lo permiten.-
El proyecto que se presenta determina que los fiscales generales votan exclusivamente en la mesa en cuyo padrón se encuentran inscriptos dándole certeza a un tema que hace a la transparencia y mejor desarrollo del acto eleccionario.-
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
LANDAU, JORGE ALBERTO BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
ASUNTOS CONSTITUCIONALES (Primera Competencia)
JUSTICIA