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PROYECTO DE TP


Expediente 3982-D-2008
Sumario: LEY ORGANICA DE LOS PARTIDOS POLITICOS, LEY 23298: MODIFICACION DEL ARTICULO 37, SOBRE LIBROS CONTABLES, DIARIO E INVENTARIO Y BALANCES.
Fecha: 25/07/2008
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 94
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


Artículo 1º.- Modificase el artículo 37 de la Ley Orgánica de Partidos Políticos Nº 23.298 y sus modificatorias, el que quedará redactado de la siguiente manera:
Sin perjuicio de los libros y documentos que prescriba la carta orgánica, los partidos, por intermedio de cada comité nacional y comité central de distrito, deberán llevar en forma regular los siguientes libros rubricados y sellados por el juez federal con competencia electoral correspondiente:
a) Libros contables: Diario e Inventario y Balances.
b) Libro de actas y resoluciones en hojas fijas o móviles.
Además, los comités centrales de distrito llevarán el fichero de afiliados.
Articulo 2º.- De forma

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Con la presente reforma proponemos adecuar la normativa de la ley orgánica de partidos políticos a la regulación específica en materia de financiamiento ley Nº 26.215, en razón de encontrarse inconsistencias acerca de libros contables y plazo de conservación de documentación respaldatoria de operaciones contables.
Con el fin de lograr un pleno entendimiento de las modificaciones propiciadas, es que detallamos a continuación los artículos de la ley de financiamiento de partidos políticos, que regulan estos temas:
1- REGISTROS CONTABLES
"...
Capítulo II - Organización administrativo contable
Sección III: Registros exigidos
ARTICULO 21. - Libros contables rubricados.
Los partidos políticos deberán llevar, además de los libros prescriptos en el artículo 37 de la Ley 23.298 Orgánica de Partidos Políticos; el libro Diario y todo otro libro o registro que la agrupación estime menester para su mejor funcionamiento administrativo contable. Todos los libros deben estar rubricados ante la justicia federal con competencia electoral del distrito correspondiente.
El incumplimiento de lo previsto en este artículo hará pasible al partido político de la caducidad de su personalidad política en concordancia con lo regulado por el
artículo 50, inciso d), dispuesta por el Título VI de la Ley 23.298 - Orgánica de los Partidos Políticos..."
2- CONSERVACION DE LA DOCUMENTACION
"...
Capítulo II - Organización administrativo contable
Sección I: Órganos partidarios y funciones
...ARTICULO 19. - Obligaciones del tesorero.
Son obligaciones del tesorero: a) llevar la contabilidad detallada de todo ingreso y egreso de fondos, con indicación del origen y destino de los fondos y de la fecha de la operación y del nombre y domicilio de las personas intervinientes. La documentación respaldatoria deberá conservarse durante diez (10) años;
b) elevar en término a los organismos de control la información requerida por la presente ley;..."
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
LANDAU, JORGE ALBERTO BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
ASUNTOS CONSTITUCIONALES (Primera Competencia)
JUSTICIA