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PROYECTO DE TP


Expediente 3950-D-2006
Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO GESTIONES ANTE LAS AUTORIDADES DE LA REPUBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL A LOS EFECTOS DE DETERMINAR EL ESCASO NIVEL DE AGUA DEL RIO IGUAZU EN TERRITORIO ARGENTINO.
Fecha: 18/07/2006
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 94
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


1.- Dirigirse al Poder Ejecutivo de la Nación a efectos de solicitarle, que el organismo que corresponda, realice los reclamos pertinentes ante las autoridades gubernamentales de la República Federativa del Brasil, a los efectos de determinar el escaso nivel de agua del Río Iguazú en territorio argentino.-
2.- Solicitar que a través del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional, y Culto se realicen las reclamaciones correspondientes ante la República Federativa del Brasil, en el ámbito del MERCOSUR.-
3.- Solicitar al Poder Ejecutivo Nacional, para que a través de la Secretaría de Medio Ambiente de la Nación se realicen los estudios de impacto ambiental en la Provincia Misiones, producto de la baja sensible del caudal de agua del Río Iguazú, estableciendo cuales son las causas de ello, y las consecuencias que acarrea.-
4.- Solicitar al Poder Ejecutivo Nacional analice la viabilidad de invitar a las autoridades de la República Federativa del Brasil, a suscribir tratados o convenios internacionales, según el caso, por los que se establezcan parámetros sobre manejo y condiciones del Río Iguazú, supervisado por ambos países.-

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Periódicamente se ha notado que el río Iguazú, en territorio argentino, padece bruscos cambios en su caudal.- El año pasado se notaron grandes crecientes que incluso han provocado serios destrozos en el Parque Nacional Iguazú, este año, en cambio, la realidad, fue absolutamente lo contrario, el cauce de dicho río ha quedado virtualmente casi seco.-
Numerosas personas, entendidas en la materia, estudiosos del fenómeno aludido, aducen que esto es debido a las siete represas que la República Federativa del Brasil, posee en su curso, kilómetros antes de llegar al límite con nuestro país, y de acuerdo a conveniencias cierra o abre dichas represas ocasionándonos perjuicios en la zona aludida.-
El Director de la Agencia Nacional de Aguas del Brasil, Benedito Braga, a dicho que: "Brasil no tiene la culpa, hay que responsabilizar a San Pedro", dando a entender que los inconvenientes por ejemplo, en las Cataratas del Iguazú, son producto de la falta de lluvias, y no del manejo que el hombre hace en aquel país.-
Desde ya esta respuesta no nos satisface y además nos produce una gran preocupación.-
Parecería que en virtud de la mano del hombre o de decisiones gubernamentales pueden variar la cantidad o el caudal del agua que corre por el Río Iguazú, produciendo distintos fenómenos naturales que perjudican directamente a nuestro territorio, y que en algunos casos también producen impactos ambientales, ya sea en la flora o fauna que se halla en nuestro País, los cuales deben ser prolijamente estudiados, determinando la verdadera causa de ello, e implementando además medidas que tiendan a que en el futuro ello no vuelva a suceder.-
El artículo 41 de nuestra Carta Magna establece un imperativo claro, y que consiste en que todos los habitantes del país tienen derecho a gozar de un ambiente sano, equilibrado, y apto para el desarrollo humano.- Impone a las autoridades la obligación de prever a las medidas necesarias para la protección de este derecho, debiendo adoptar todas las medidas conducentes para lograr este objetivo que establece la manda constitucional.-
De allí es que se impone la adopción de medidas urgentes que tiendan a evitar estos perjuicios sobre nuestro territorio, y que devienen del accionar de otros países, en el caso concreto de la República Federativa del Brasil, debiendo en consecuencia, arbitrar todas las medidas que estén a nuestro alcance, ya sea por la vía diplomática e incluso en el seno mismo del MERCOSUR, para arribar a soluciones adecuadas para evitar este tipo de fenómenos que son provocados muchas veces por el accionar mismo de la mano del hombre.-
La Secretaria de Medio Ambiente también deberá intervenir activamente en este conflicto a fin de realizar los estudios pertinentes que determinen los perjuicios que se sufren en todo lo que se relacione con lo anteriormente descripto.-
Finalmente las autoridades Nacionales, deberán prever la suscripción de convenios o tratados internacionales con las autoridades del vecino país de Brasil, que implique el adecuado aprovechamiento del Río Iguazú, que surca ambos países, y que debe ser materia de un estudio profundo y de la redacción de normas claras que establezcan las obligaciones que deben asumir los países de Argentina y Brasil en cuanto a evitar perjuicios para uno o para otros.-
Por lo expresado solicito de mis pares el acompañamiento del presente.-
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
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Comisión
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