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PROYECTO DE TP


Expediente 3913-D-2014
Sumario: TRANSPORTE AUTOMOTOR DE PASAJEROS DE LARGA DISTANCIA QUE BRINDEN EL BENEFICIO DE REPRODUCCION AUDIOVISUAL: OBLIGATORIEDAD DE DIFUNDIR EN CADA VIAJE, AL MENOS UN MATERIAL QUE PROMUEVA LA PROMOCION TURISTICA Y CULTURAL NACIONAL.
Fecha: 22/05/2014
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 50
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


Artículo 1º El objeto de la presente ley, es que las empresas prestatarias del servicio de transporte automotor de pasajeros de media y larga distancia, que brinden el beneficio de reproducción audiovisual como entreteni- miento en sus unidades, difundan en cada viaje, al menos un material que promueva la promoción turística y cultural nacional.
Artículo 2º El organismo de aplicación de la presente ley será el Consejo Federal de Turismo, que deberá coordinar la logística de distribución del material a las empresas de transporte de media y larga distancia, fiscalizar su difusión y el cumplimiento de la ley.
Artículo 3º El material promocional será facilitado por los gobiernos provinciales, quedando a su criterio la contratación de la pro- ductora para el desarrollo del material, mientras que el Consejo Federal de Turismo, de- berá compilar dicha información asegurando la misma cantidad de tiempo y equidad de difusión de todas las provincias argentinas.
Artículo 4º El material, de al menos dos horas de duración, deberá será apto para todo público, y difundir circuitos turísticos que incluyan tanto los destinos consagrados como también las nuevas propuestas en materia turística. La edición, deberá contar con música nacional y/o regional, en cumplimiento con las leyes de autor, y deberá promocionar el calendario de Eventos y Fiestas Populares Argentinas. Se podrá ofrecer un subtitulado en otros idiomas destinado a los pasajeros extranjeros.
Artículo 5º Se podrá incluir en la edición, spots de campañas de prevención de salud o información de interés para los viajantes, pero no podrá contener publicidad comercial, propagandas o campañas proselitistas bajo ningún concepto.
Artículo 6º El Consejo Federal de Turis- mo, deberá fijar las sanciones pertinentes en caso de incumplimiento de la presente ley.
Artículo 7º La ley entrará en vigencia al día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Nación.
Artículo 8º De forma. Comuníquese al Poder Ejecutivo.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


La Argentina es un país de una gran extensión geográfica, en donde la lamentable desaparición del servicio de transporte de pasajeros en ferrocarriles de larga distancia, y las continuas irregularidades en la prestación de ser- vicios aéreos, como así también el precio de sus tarifas -que resultan prohibitivas para los sectores de ingresos bajos y medios-, ha potenciado el transporte de colectivos de larga distancia como la principal alternativa para las personas que se trasladan de un punto a otro de nuestra generosa geografía.
Según estadísticas, cerca del 85% de la po- blación utiliza este medio, contra un 3 % que usa el transporte aéreo y un 8 % el ferrovia- rio. En el año 2008 se vendieron más de 85 millones de boletos.
Habitualmente, las empresas prestatarias de media y larga distancia brindan un servicio de exposición audiovisual a los efectos de hacer más amenas las largas horas en que transcurre el traslado de un lugar a otro. Ge- neralmente se trasmiten películas extranjeras, alguna de ellas, con un alto contenido de violencia, no aptas para todo público o de dudosa autenticidad.
Los millones de pasajeros quedan ex- puestos así a convertirse en un público cautivo, imposibilitado de cambiar de canal, que bien podría recibir información sobre las ricas bondades naturales y culturales de nuestra patria, fomentando con esto el arraigo de nuestros valores y el incentivo al turismo.
Los gobiernos provinciales podrán contar con un nuevo espacio para difundir todo tipo de material que esté relacionado con el acervo cultural como así también promocionar la actividad turística de las distintas regiones del país.
Por otra parte, considero oportuno prohibir, en caso de que se apruebe la presente iniciativa, toda publicidad política y la aparición de figuras del ámbito político en el contenido producido. Esto en el sano interés del público usuario que ya bastante atribulado está en momento de campañas electorales por el inu- sitado bombardeo de publicidad política al que se ve sometido, como para sumarle otro medio más de actividad proselitista.
Es importante que cada provincia defina y de- cida tanto el contenido como la contratación de la productora para generar la creación del arte audiovisual, a fin de evitar contratos monopólicos nacionales y la discriminación de provincias dentro del contenido.
También se fijó que el contenido musical que sea exclusivamente nacional. Basta observar el comportamiento y costumbres que se vienen imponiendo en nuestros jóvenes, que adoptan músicas y danzas foráneas, y cono- cen mucho más de las estrellas de cine de Hollywood, que de nuestros artistas naciona- les. Nuestros cantautores populares han quedados desplazados por figuras extranjeras que imponen una música que en nada tienen que ver con nuestras costumbres. Hoy, en- tre las nuevas generaciones de argentinos, son más conocidos algunos paisajes foráneos, repetidos hasta el hartazgo por la industria cinematográfica, que las bellezas escénicas existentes en nuestro país. Sería muy cómodo responsabilizar de todo esto al proceso globalizador, cuyos efectos son innegables; pero cabría preguntarse ¿qué hemos hecho para revertir o mitigar estos procesos extranjerizantes que atentan contra nuestras ricas tradiciones?
Se ha llegado a un buen nivel de importancia de la actividad turística en nuestro país, pero nos queda mucho por crecer, especialmente en el interior del país, en donde es indispensable el desarrollo de infraestructura básica, y la falta de difusión de sus innumerables recursos paisajistas.
Es nuestra obligación legislar sobre todo aque- llo que nos permite difundir e inculcar nuestros valores. Vale destacar como precedente a este proyecto, el presentado por el diputado nacional (mandato cumplido) Marcelo Lla- nos.
Por todo lo expuesto, solicito a mis pares el acompañamiento del presente proyecto.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
CACERES, EDUARDO AUGUSTO SAN JUAN UNION PRO
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
TRANSPORTES (Primera Competencia)
TURISMO
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados REPRODUCIDO POR EXPEDIENTE 1929-D-16