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PROYECTO DE TP


Expediente 3796-D-2011
Sumario: SISTEMA INTEGRAL DE INFORMACION NACIONAL SOBRE DISCAPACIDAD (SIIND): CREACION.
Fecha: 22/07/2011
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 96
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


Sistema Integral de Información Nacional sobre discapacidad (SIIND)
Capítulo I
Sistema
Artículo 1: Se crea el Sistema Integral de Información Nacional sobre Discapacidad (SIIND). El mismo se organizará en una base de datos nacional, que será actualizado de forma permanente, con información de la Dirección Nacional de Registro de las Personas y de organizaciones no gubernamentales que desempeñen actividades relacionadas con la discapacidad; como también de los datos obtenidos en los censos para personas con discapacidad realizados por el INDEC (Instituto Nacional de Estadística y Censos de la República Argentina) a través del ENDI ( Encuesta Nacional de Personas con Discapacidad).
Artículo 2: El Sistema Integral de Información Nacional sobre Discapacidad, en adelante el SIIND, funcionará en el ámbito del Registro Nacional de las Personas.
Artículo 3: Los objetivo del Sistema Integral de Información Nacional sobre Discapacidad (SIIND) es garantizar a la totalidad de la población discapacitada el acceso a lo dispuesto por las leyes, los decretos y resoluciones inherentes al tema de discapacidad.
Artículo 4: El SIIND, se informatizara. Este deberá estar estructurado de forma tal que permita su relación con el Padrón Base del Sistema Nacional de Salud (Registro Nacional de Discapacidad.) y con el Sistema Único de Registro Laboral.
Deberá permitir la consulta desde cualquier parte del país por los organismos nacionales e instituciones autorizadas. Las características informáticas del programa se establecerán en la reglamentación de la presente ley.
Artículo 5: La base de datos del SIIND, deberá contar con: Información de las personas, certificación de discapacidad , cobertura de salud, seguridad social , ayudas técnicas externas, beneficios sociales, educación, tratamiento o rehabilitación, subsidios, prestaciones; y con información sobre las organizaciones privadas describiendo los servicios que prestan.
Capítulo II
El Carnet
Artículo 6: Se les otorgara un Carnet denominado Único para personas con discapacidades. Este Carnet será entregado por el Registro Civil correspondiente al domicilio de la persona, no obstante presentación del certificado de discapacidad emitido según la ley vigente. La obtención del carnet se realizará en forma voluntaria por parte de los familiares responsables y/ o de la misma persona en caso de poder hacerlo.
Artículo 7: El Carnet Único será una tarjeta con banda electrónica donde solo constará a la vista el nombre, apellido y número de inscripción.
Dicho carnet será el único documento necesario para acreditar la discapacidad, a partir de la presente ley.
Artículo 8: Las personas que posean una discapacidad permanente renovarán su Carnet Único cada diez años, para lo cual deberán presentar un nuevo certificado de discapacidad.
Para las personas que posean una discapacidad transitoria el Carnet Único tendrá validez temporal, dependiendo de la discapacidad que tenga.
Artículo 9: El estar inscripto en el SIIND y recibir el Carnet Único, le dará la posibilidad de tramitar beneficios como: Prestaciones de Prevención, de Rehabilitación, Terapéuticas, Educativas, Asistenciales, Ayudas Técnicas, Prótesis y Ortesis, Transporte, Turismo, Licencias laborales especiales, Programas de Trabajo, Asignaciones Familiares, Subsidios, Becas.
Capítulo III
Publicidad y Presupuesto del Sistema
Artículo 10: El Consejo Federal de Discapacidad, llevara a cabo una campaña de amplia difusión de los alcances de la presente ley, como así también asistirá a las provincias para efectivizar el cumplimiento de la presente.
Artículo 11: Las erogaciones que emanen del cumplimiento de la presente ley, serán devengadas de las partidas del Presupuesto Nacional destinadas al Registro Nacional de las Personas.
Capítulo IV
Organizaciones Privadas
Artículo 12: Los organismos e instituciones que brinden servicios a las personas con discapacidad deberán inscribirse en los registros civiles por única vez, donde se les hará entrega del Carnet Único que se diseñara para tal fin. Dicho Carnet Único será requerido para toda gestión que realicen ante los organismos del Estado y les facilitará tener acceso a subsidios y programas especiales de educación, salud, trabajo, medio ambiente y turismo.
Artículo 13: El Registro Nacional de las Personas elaborará y actualizará el Registro Nacional de Organizaciones Privadas dedicadas a la atención de las personas con discapacidad, detallando los servicios que prestan.
Capítulo V
De Forma
Artículo 14: La reglamentación de la presente ley se realizará a los 90 días de su promulgación.
Artículo 15: De Forma

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


La creación de un Sistema Integral de Información Nacional sobre Discapacidad (SIIND), formado a través de una base de datos nacionales, tiene como objetivo que las instituciones privadas que brinden servicios a estas personas, como, subsidios, servicios de educación, turismo, terapéuticos, de rehabilitación, entre otros, los cumplan.
La inscripción en el Sistema Integral de Información Nacional sobre Discapacidad, desde ahora mencionado como SIIND, les permite a estas personas la obtención de un carnet único que será el documento necesario para que estas acrediten su discapacidad, en cualquier parte del país.
El Carnet Único pretende preservar la intimidad de la persona, ya que solo será una tarjeta magnética con el nombre de estas y un número de registro dejando guardado el certificado de discapacidad en los Registros Civiles.
Las instituciones privadas se tienen que inscribir en dicho Sistema, con esto se les facilitara la obtención de un carnet único, que las mismas mediante este podrán tramitar y/o gestionar ante el Estado diferentes beneficios sociales, facilitándose también, la realización de un registro Nacional de Instituciones Privadas que desarrollan diferentes actividades relacionadas con la discapacidad.
Poder contar con una base de datos nacional es en la actualidad una imperiosa necesidad, tanto, a los fines políticos, ya que permite generar políticas nacionales, provinciales y municipales para el sector, como así también la inspección y claridad sobre la entrega de beneficios sociales ya que se puede identificar la cantidad de personas que perciben algún tipo de estos, de
aquellas que no poseen ningún beneficio, de esta forma se elimina la necesidad y molestia de tener que reempadronarse periódicamente.
En muchos casos la lejanía de los centros en donde se entregan los certificados, produce que las familias tengan que solventar y hacerse cargo de las necesidades de las personas con discapacidad, influyendo en la vida familiar, creando dificultades, sobrecargando el presupuesto de estas familias y envolviendo a algunos miembros en la prestación de ayuda, sobre todo en aquellos sectores de recursos más bajos.
El planteo de los objetivos del sistema SIIND, tiene como intención promover en sectores vulnerables la idea de ayuda social no como beneficio otorgado por el gobierno de turno sino como derecho dado por la sociedad frente a la situación de vulnerabilidad. El gobierno de turno se jacta de ayudar a los sectores con necesidades como no apoyar este proyecto que su objetivo es proteger y brindarle mejores condiciones de vida a un sector tan vulnerable como lo son las personas con discapacidades
Hay que legislar para brindarles la mayor cantidad de herramientas a las personas con discapacidad, y así proveerles todos los beneficios que el Estado les pueda brindar.
De esta forma estaríamos adquiriendo una integración más amplia con la sociedad y facilitando el acceso de la persona con discapacidad a todo tipo de beneficio a fin de promover y mejorar su calidad de vida.
Dicho proyecto tomo como base aquel presentado por los firmantes López Amelia de los Milagros, Berraute Ana, Genem Amanda Susana, García de Moreno Eva y Heredia Arturo Miguel, cuy número de expediente es 5730-D-2006.
Por todo lo expuesto y convencida de la necesidad de legislar sobre este tema, es que solicito a mis pares que me acompañen con esta iniciativa.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
CURRILEN, OSCAR RUBEN CHUBUT PERONISTA
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
DISCAPACIDAD (Primera Competencia)
ACCION SOCIAL Y SALUD PUBLICA
PRESUPUESTO Y HACIENDA