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PROYECTO DE TP


Expediente 3771-D-2006
Sumario: CREACION DEL REGIMEN PREVISIONAL PARA INVESTIGADORES CIENTIFICOS Y TECNOLOGICOS, LEY 22929: MODIFICACION DEL ARTICULO 1, SOBRE LA INCLUSION DEL PERSONAL QUE DESEMPEÑA TAREAS EN EL CONSEJO FEDERAL DE INVERSIONES.
Fecha: 06/07/2006
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 86
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


Artículo 1º: Sustituyese el art. 1ª de la ley 22.929, el que quedará redactado de la siguiente forma:
" Créase el Régimen Previsional para Investigadores Científicos y Tecnológicos, en el cual estarán incluidos:
a) El personal que realice directamente actividades técnico-científicas de investigación o desarrollo y de dirección de estas actividades en el Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas, en el Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria, en el Instituto Nacional de Tecnología Industrial, en el Instituto Nacional de Ciencia y Técnica Hídricas, en la Comisión Nacional de Energía Atómica, en el Instituto Nacional de Investigación y Desarrollo Pesquero, en el Consejo Federal de Inversiones y en organismos de investigación científica y desarrollo tecnológico de las Fuerzas Armadas, cumpliendo dicho personal las actividades aludidas con dedicación exclusiva completa, de acuerdo con lo que establezcan los estatutos o regímenes de los organismos especificados precedentemente.
b) El personal docente que se desempeñe en las universidades nacionales con dedicación exclusiva, plena o de tiempo completo, de acuerdo con lo que establece la ley 22207 y que realice directamente actividades técnico-científicas de investigación o desarrollo y de dirección de estas actividades, con las características y modalidades que establezca el Poder Ejecutivo nacional, dentro de los ciento ochenta (180) días de la puesta en vigencia de la presente".
Artículo 2º: De forma.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El Consejo Federal de Inversiones es un organismo permanente de investigación, coordinación y asesoramiento, que fue instituido mediante un tratado interprovincial concluido el 29 de agosto de 1959 y ratificado posteriormente por numerosas provincias.
La tarea del Consejo Federal de Inversiones se ha venido realizando durante más de cuatro décadas, a través de distintos trabajos que han sido publicados o entregados para su utilización por los gobiernos provinciales, llegando en distintas oportunidades a suscribir convenios con organismos de investigación del Gobierno Nacional y con organismos internacionales.
El Consejo Federal de Inversiones está reconocido por la Secretaría de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva, dependiente del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología como una de las principales instituciones públicas nacionales e internacionales relacionadas con la ciencia y la tecnología, como surge de las publicaciones anuales de "indicadores de Ciencia y Tecnología Argentina"
La amplitud temática, el carácter investigativo, la innovación tecnológica y los procesos aplicados para comprender y resolver los problemas que plantean las ciencias económicas, sociales y naturales vinculadas al desarrollo sustentable es parte del trabajo que se desarrolla en el Consejo Federal de Inversiones.
Su tarea se asemeja a la que realizan los organismos actualmente incluidos en la ley 22.929, por ello resulta necesario que los investigadores científicos y tecnológicos del Consejo Federal de Inversiones sean incorporados al sistema de la citada normativa.
La finalidad del presente, es que queden incorporados en un mismo sistema previsional todos los organismos que realizan tareas de investigación.
Por lo expuesto, solicito la aprobación del presente proyecto de ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
SLUGA, JUAN CARLOS BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
PREVISION Y SEGURIDAD SOCIAL (Primera Competencia)
CIENCIA Y TECNOLOGIA
PRESUPUESTO Y HACIENDA