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PROYECTO DE TP


Expediente 3756-D-2015
Sumario: PROGRAMA "ARGENTINOS POR EL MUNDO". CREACION.
Fecha: 03/07/2015
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 82
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


Programa "Argentinos por el Mundo"
Artículo 1º: Institúyase el Programa "Argentinos por el Mundo" mediante las disposiciones de la presente ley, con el propósito de asistir de manera integral, a todos los ciudadanos argentinos residentes en el exterior, promoviendo y revitalizando los vínculos con su país natal.
Artículo 2º: El Programa está destinado a todos los ciudadanos argentinos residentes en el exterior, sin distinción alguna de raza, sexo, edad, credo o condición social.
Artículo 3º: El beneficio que esta ley pone en vigencia, no podrá reclamarse, cuando no se cumplan con las acreditaciones de residencia, ya sean estas precarias, transitorias, temporarias o permanentes.
Artículo 4º: Establézcase como autoridad de aplicación de la presente ley, al Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, que designará una Dirección Ejecutiva del Programa, de acuerdo a los fines establecidos y que será el responsable de controlar y verificar la correcta implementación del programa por parte de la Dirección ejecutiva, pudiendo en caso contrario sancionar a sus miembros por incumplimiento.
Artículo 5º: Se atribuyen al Programa "Argentinos por el Mundo" los siguientes objetivos:
a) Fomentar una cultura de integración.
b) Promover los valores, la tradición y la idiosincrasia argentina.
c) Combatir el desarraigo reforzando los vínculos familiares, sociales y de identidad nacional.
d) Patrocinar la igualdad de oportunidades para la obtención de permisos de trabajo en conformidad con la normativa vigente.
e) Organizar concursos, foros, talleres, seminarios abiertos a todos los ciudadanos argentinos residentes en el exterior.
f) Impulsar diversas formas de participación y vínculo, mediante programas radiales, televisivos, obras de teatro realizadas por los emigrantes argentinos.
g) Celebrar convenios con diversas organizaciones como las empresas de correos, las aerolíneas, los hoteles, los medios de comunicación, para otorgar beneficios y descuentos especiales para los ciudadanos argentinos.
h) Crear un portal de Internet que facilite el intercambio entre todos los ciudadanos argentinos emigrantes entre sí, y con su país de origen.
i) Establecer acuerdos con los gobiernos locales para asegurar el ejercicio de plenos derechos en el lugar de residencia de acuerdo con el principio de reciprocidad entre Naciones.
j) Optimizar los flujos de información de los organismos y organizaciones locales con los ciudadanos residentes en el exterior.
k) Favorecer la obtención de las diferentes acreditaciones de residencia según lo establecido por la normativa de cada país.
l) Establecer un mecanismo de supervisión de los registros de emigrantes argentinos para mantener su actualización permanente e incorporarlos al Registro de Electores en el Exterior de modo automático con el registro de su domicilio en el Consulado correspondiente.
m) Favorecer la participación de organizaciones de la sociedad civil y fundaciones, fueren argentinas o extranjeras, para la ampliación de las líneas de acción del Programa.
Artículo 6º: La Dirección Ejecutiva, deberá desempeñar y cumplir con las siguientes funciones:
- Planificar y organizar las acciones del programa
- Instaurar pautas de seguimiento, evaluación y control del Programa
- Difundir e informar a través de los distintos medios de comunicación, las características, beneficios y acciones del programa.
- Firmar los acuerdos y convenios necesarios.
- Controlar y evaluar el destino de los fondos
- Dictar su Reglamento interno
Artículo 7º: El gasto que el cumplimiento de la presente ley demande, será previsto en el Presupuesto Anual e imputado a la Jurisdicción del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto de la Nación.
Artículo 8º: El Poder Ejecutivo reglamentará la presente ley dentro de los noventa (90) días, a partir de su sanción, como asimismo las normas complementarias que permitan su aplicación plena.
Artículo 9°: Derógase toda norma que se oponga a la presente ley.
Artículo 10º: Comuníquese al Poder Ejecutivo.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


La influencia de la migración determinó una de las características de nuestra identidad como argentinos. Tanto es así, que en 1949 se decreta el 4 de septiembre como el Día del Inmigrante, recordando que en 1812, el Primer Triunvirato legisló la primera norma que promovía la inmigración y protegía a las familias que desearan poblar nuestro suelo. En realidad, no sólo nuestro, sino también de las naciones originarias. Nuestro país creció de la mano de inmigrantes que dejaron su tierra con una valija cargada de esperanza para forjar su futuro en nuestra Nación, y de esa mixtura nació lo que es hoy Argentina.
En la mayoría de los casos, la decisión de abandonar el país no constituyó una opción fácil. Existieron múltiples razones, algunas de índole económica, otras relacionadas a la inseguridad, al crecimiento profesional, la realización personal, el caso es que muchos de nuestros hermanos emigraron en busca de las oportunidades que su propia tierra no podía ofrecerles, para reconstruirse como argentinos en la distancia.
Todo argentino en el exterior es un embajador de las ideas, pensamientos y actitudes más nobles del pueblo en el cual nació y se desarrolló, y en este sentido, se lo debe acompañar.
Resulta imprescindible considerar a la comunidad argentina residente en el exterior como parte constitutiva de nuestro pueblo, porque no son entes aislados, sino que forman un cuerpo social definido por unas características comunes dentro del concepto histórico de la argentinidad. Sus miembros deben ser contenidos en el desarraigo para evitar un fenómeno mucho más complejo y penoso como es el exilio de la propia identidad.
La vivencia del proceso de nacionalidad, en nuestro país, no está agotada. Nuestra identidad la construimos todos, constantemente. El estado precisa superar la noción de argentinos en el exterior para concebirlos simplemente como argentinos, pues continúan siendo lo que eran al marcharse, tan argentinos como cualquiera de los que vivimos aquí. Entonces, atender a sus necesidades, sus preocupaciones, facilitarles la realización de ciertos trámites, promover su participación cívica optimizando los mecanismos de votación implica reforzar los lazos de unión.
El gobierno, como actor central en la conformación de nuestra patria, debe incentivar la inclusión social, la fraternidad, pero siempre considerando el contexto actual en el que sucede la migración, es decir, la compleja trama de situaciones que genera la globalización. En otras palabras, implementar políticas, legislaciones, planes y programas acordes con las necesidades de nuestros hermanos residentes en el exterior, que forman un número 750.000 argentinos según cifras oficiales, un conjunto que no pasa inadvertido y que no podemos ignorar. La clave para una gestión eficaz descansa en la planificación conjunta concretando esfuerzos siempre desde el nivel más cercano posible al problema.
Se trata finalmente, de suscitar la igualdad de oportunidades en virtud de lo cual se utilizarán las nuevas tecnologías para crear espacios de debate, mejorar los flujos de información, agilizar los trámites relacionados con el visado, los permisos de trabajo, avivar los lazos entre quienes emigraron y sus familiares que se quedaron acá. Proporcionar ámbitos oficiales que refuercen, mediante concursos, foros, talleres, seminarios, abiertos a todos los ciudadanos, esa identidad nacional, las tradiciones, los valores inherentes al hecho de ser argentinos.
En este marco considero que el Estado debe valerse de todas las herramientas posibles para garantizar una auténtica unidad dentro de la diversidad. El desafío consiste en revertir los factores coyunturales y estructurales que provocaron el abandono del propio suelo y apoyar a todo argentino, iniciando un compromiso desde acá para lograr confianza allá.
En la norma proyectada se incluye la automaticidad del registro de Elector en el Exterior cuando el ciudadano anota su domicilio en el Consulado correspondiente a su jurisdicción. Esto ensanchará el universo electoral en el extranjero y abrirá el camino para establecer por ley el o los distritos exteriores que permitarán completar e integrar a todos los argentinos.
Por lo expresado precedentemente, solicito a mis pares me acompañen en la aprobación de este proyecto de Ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
ASSEFF, ALBERTO BUENOS AIRES UNIR
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
RELACIONES EXTERIORES Y CULTO (Primera Competencia)
PRESUPUESTO Y HACIENDA