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PROYECTO DE TP


Expediente 3720-D-2011
Sumario: EDUCACION NACIONAL - LEY 26206: MODIFICACION DEL ARTICULO 97, SOBRE PUBLICACION DE DATOS QUE REFLEJEN LA GESTION EDUCATIVA.
Fecha: 15/07/2011
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 91
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


ARTÍCULO 1º: Modificase el Artículo 97 de la Ley 26.206, de Educación Nacional, que quedará redactado del siguiente modo:
ARTÍCULO 97: El Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología y las jurisdicciones educativas harán públicos los datos e indicadores que contribuyan a facilitar la transparencia, la buena gestión de la educación y la investigación educativa. La política de difusión de la información sobre los resultados de las evaluaciones resguardará la identidad de los alumnos, a fin de evitar cualquier forma de estigmatización, en el marco de la legislación vigente en la materia.
ARTÍCULO 2°: Comuníquese al Poder Ejecutivo.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El inciso d) del Artículo 85 de la Ley 26.206 de Educación Nacional, establece que el Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología, en acuerdo con el Consejo Federal de Educación, implementará una política de evaluación concebida como instrumento de mejora de la calidad de la educación, conforme a lo establecido en los artículos 94 a 97 de la misma ley.
Dichos artículos establecen que el mismo Ministerio tendrá la responsabilidad principal en el desarrollo e implementación de una política de información y evaluación continua y periódica del sistema educativo para la toma de decisiones tendiente al mejoramiento de la calidad de la educación, la justicia social en la asignación de recursos, la transparencia y la participación social. Que son objeto de información y evaluación las principales variables de funcionamiento del sistema, tales como cobertura, repetición, deserción, egreso, promoción, sobreedad, origen socioeconómico, inversiones y costos, los procesos y logros de aprendizaje, los proyectos y programas educativos, la formación y las prácticas de docentes, directivos y supervisores, las unidades escolares, los contextos socioculturales del aprendizaje y los propios métodos de evaluación. También indican que la política de información y evaluación se concertará en el ámbito del Consejo Federal de Educación. Que las jurisdicciones participarán en el desarrollo e implementación del sistema de evaluación e información periódica del sistema educativo, verificando la concordancia con las necesidades de su propia comunidad, en la búsqueda de la igualdad educativa y la mejora de la calidad. Asimismo, apoyará y facilitará la autoevaluación de las unidades educativas con la participación de los docentes y otros integrantes de la comunidad educativa.
El Artículo 97 establece que el Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología y las jurisdicciones educativas harán públicos los datos e indicadores que contribuyan a facilitar la transparencia, la buena gestión de la educación y la investigación educativa. La política de difusión de la información sobre los resultados de las evaluaciones resguardará la identidad de los alumnos, docentes e instituciones educativas, a fin de evitar cualquier forma de estigmatización, en el marco de la legislación vigente en la materia.
Lograr que la sociedad en su conjunto acceda a conocer los resultados globales de las evaluaciones de sus estudiantes es substancial para promover la transparencia, la buena gestión de la educación y la investigación educativa.
Si bien es una obligación del Estado resguardar la identidad de los alumnos para evitar su estigmatización, también es imprescindible que se conozcan los resultados alcanzados por las instituciones educativas en relación a la formación de sus alumnos.
Más allá de invertir en educación, ciencia, tecnología e innovación, para lograr prosperidad y desarrollo armónico de la sociedad, es necesario crear condiciones para que se promueva el perfeccionamiento de las virtudes propias de los claustros académicos y así mejorar la calidad de los conocimientos transmitidos y aprehendidos.
Por lo expuesto, solicito a mis pares me acompañen en la aprobación de este proyecto de Ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
FADUL, LILIANA TIERRA DEL FUEGO PARTIDO FEDERAL FUEGUINO
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
EDUCACION (Primera Competencia)
PRESUPUESTO Y HACIENDA