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PROYECTO DE TP


Expediente 3707-D-2011
Sumario: CALENDARIO NACIONAL DE VACUNACION OBLIGATORIA Y GRATUITA: INCORPORACION DE LAS VACUNAS CONTRA LA VARICELA, NEUMOCOCO Y MENINGOCOCO.
Fecha: 14/07/2011
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 90
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


Artículo 1°.- Incorporase al Calendario Anual de Vacunación Obligatoria y Gratuita de la República Argentina, las vacunas contra la varicela, neumococo y meningococo.
Artículo 2°.- El Ministerio de Salud de la Nación será la autoridad de aplicación, en coordinación con el Consejo Federal de Salud, y coordinará con las autoridades sanitarias de cada jurisdicción el cumplimiento de esta ley y sus normas reglamentarias, conforme la situación epidemiológica de cada región del país.
Art. 3º. El Ministerio de Salud de la Nación coordinará y organizará la realización de campañas de difusión masiva destinadas a la concientización sobre la importancia de la vacunación contra la varicela, el neumococo y el meningococo.
Art. 4º. Las erogaciones originadas en la aplicación de esta ley serán imputadas al presupuesto de gastos del Ministerio de Salud de la Nación.
Art. 5º. El Poder Ejecutivo deberá reglamentar la presente ley en el plazo de 90 días de su promulgación.
Art. 6º. De forma.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


La vacunación obligatoria ha constituido un eje fundamental en la prevención de enfermedades y, en consecuencia, en la reducción de las tasas de mortalidad a nivel mundial en los últimos años. Por lo tanto, resulta de gran importancia la inclusión, dentro del Calendario Anual de Vacunación Obligatoria de la República Argentina, las vacunas contra la varicela, el neumococo y el meningococo, constituyendo esta decisión un elemento fundamental en la lucha por la reducción de la tasa de mortalidad a nivel nacional.
El virus Varicela-Zoster, el meningococo y el neumococo son agentes causales de enfermedades de alto riesgo sanitario como la meningitis, la neumonía y la varicela, los cuales pueden presentar complicaciones gravísimas, llevando a la muerte por injuria del aparato respiratorio, injuria encefálica, infecciones de piel, síndrome de Reye o infecciones sanguíneas, entre otros.
En la Argentina, la incidencia de la varicela supera el medio millón de casos, con una letalidad aproximada de 1 cada 10.000 casos, la cual aumenta en pacientes de riesgo. La creencia generalizada de que es mejor que se contraiga la varicela en la infancia, ha generado como consecuencia, que las cifras aumenten año tras año, por lo que se considera fundamental la vacunación temprana, asegurando de esta manera entre un 95% a 100% de inmunidad duradera.
Asimismo, según la OMS, se producen a nivel global 1.6 millones de casos de muerte por neumococo al año, de los cuales entre el 56% y el 81% podrían ser prevenidas a través de la vacunación. Por último, según la misma organización, se producen anualmente más de 50.000 muertes por meningococo, casi en su totalidad por falta de aplicación de la vacuna antimeningocóccica.
En nuestro país, casi la totalidad de los casos de muerte por varicela, meningitis y neumonía se producen en las franjas económicas más bajas, y por lo tanto inmunológicamente más vulnerables. No es menor el hecho de que, cada una de estas vacunas, cuestan alrededor de los $200 por dosis en centros de vacunación privados, lo que las torna aún más inaccesibles para la mayor parte de la población.
En materia de costos, la no obligatoriedad de las vacunas ya mencionadas, ha llevado a bajos niveles de producción y difusión, dándole la oportunidad de cobrar altísimos precios a entidades privadas de salud. Ahora bien, creo con certeza que, la incorporación de las vacunas contra estas enfermedades en el calendario obligatorio, fomentará la producción pública y privada de las mismas, contribuyendo a una notable caída en el costo de las mismas.
La desigualdad social y la marginalidad, son causa de muchas muertes, evitables por cierto, por lo que se debe considerar en el contexto de federalismo que prima en nuestro país, la situación epidemiológica de cada región de la República, a fin de implementar una política integral necesaria para nivelar el acceso a la salud en todo el territorio argentino, ya que este es un derecho de todos los habitantes de nuestro país.
Por los motivos expuestos solicito a mis pares que acompañen el presente proyecto.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
ARENA, CELIA ISABEL SANTA FE PERONISMO FEDERAL
GARCIA, IRMA ADRIANA LA PAMPA PERONISMO FEDERAL
GERMANO, DANIEL SANTA FE PERONISMO FEDERAL
CARRANZA, CARLOS ALBERTO SANTA FE PERONISMO FEDERAL
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
ACCION SOCIAL Y SALUD PUBLICA (Primera Competencia)
PRESUPUESTO Y HACIENDA