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PROYECTO DE TP


Expediente 3683-D-2011
Sumario: PARLAMENTO FEDERAL DE LA MUJER: CREACION EN EL AMBITO DEL HONORABLE CONGRESO DE LA NACION.
Fecha: 14/07/2011
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 90
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


PARLAMENTO FEDERAL DE LA MUJER
Creación
Artículo 1º.- Crearse en el ámbito del Honorable Congreso de la Nación el PARLAMENTO FEDERAL DE LA MUJER que se congregará durante una semana el mes de julio de cada año en el edificio de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación.
Objetivos
Art. 2º. - Los objetivos del PARLAMENTO FEDERAL DE LA MUJER son, entre otros:
a) Brindar un ámbito de debate,
b) Elaborar estrategias de acción,
c) Impulsar el dictado de legislación específica tendiente a lograr la igualdad de oportunidades y de trato,
d) Propiciar la conformación de una red de mujeres de todo el territorio nacional para el abordaje de las problemáticas de género.
Integración
Art. 3º. - El PARLAMENTO FEDERAL DE LA MUJER estará integrado por:
a) Siete (7) Diputadas de la Nación, correspondiendo su composición a: dos (2) miembros de la Comisión de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia, un (1) miembro de la Comisión de Educación, un (1) miembro de la Comisión de Legislación General, un (1) miembro de la Comisión de Derechos Humanos y Garantías y un (1) miembro de la Comisión de Legislación del Trabajo y un (1) miembro de la Comisión de Acción Social y Salud Pública
b) Siete (7) Senadoras de la Nación, correspondiendo su composición a: dos (2) miembro de la Comisión de Legislación General, un (1) miembro de la Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, un (1) miembro de la Comisión de Derechos y Garantías y un (1) miembro de la Comisión de Trabajo y Previsión Social, un (1) miembro de la Comisión de Salud y Deporte y un (1) miembro de la Comisión de Población y Desarrollo Humano.
c) Legisladoras Provinciales representantes de cada uno de los Estados Provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, correspondiendo su composición de la siguiente forma: tres (3) miembros del bloque del partido político que tiene mayoría de representación en cada Legislatura y dos miembros (2) miembros del bloque del partido político que tiene la representación de la primera minoría de la misma y un (1) miembro por cada una de las otras fuerza política del resto de las minorías cuya representación la integre una legisladora mujer.
Carácter de la representación
Art. 4º.- La función a cumplir que tendrán las integrantes del PARLAMENTO FEDERAL DE LA MUJER será de carácter honorario y la Honorable Cámara de Diputados de la Nación y el Honorable Senado de la Nación financiará los gastos de organización de igual proporción.
Responsable de la Organización
Art. 5º. - La Comisión de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia será la encargada de planificar y organizar todo el desarrollo del PARLAMENTO FEDERAL DE LA MUJER, teniendo las siguientes funciones:
a) Circularizar a las diferentes legislaturas para la designación de sus representantes.
b) Definir el calendario de realización del PARLAMENTO FEDERAL DE LA MUJER,
c) Definir los plazos para la confirmación de la asistencia de cada integrante convocará a las legislaturas provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a designar sus representantes en dicho Parlamento,
d) Organizar la ceremonia de recepción y otorgamiento de los Certificados a las integrantes del PARLAMENTO FEDERAL DE LA MUJER,
e) Definir de las comisiones de las temáticas a desarrollar en cada Parlamento,
f) Recibir las iniciativas temáticas, legislativas, resolutivas o declarativas para ser tratados por el PARLAMENTO FEDERAL DE LA MUJER
g) Definición del calendario y horario de reuniones y sesiones.
h) La compilación, edición y publicación de las conclusiones de cara PARLAMENTO FEDERAL DE LA MUJER
Presentación de Proyectos
Art. 6º.- Las representantes parlamentarias presentarán los proyectos, temas o problemas de su interés, para ser analizados y debatidos en el PARLAMENTO FEDERAL DE LA MUJER ante la Comisión de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia
de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación dentro de los plazos establecidos por esta Comisión o el que se establezca en su reglamento.
Sesión Inaugural
Art. 7º.- La sesión inaugural del PARLAMENTO FEDERAL DE LA MUJER se llevará a cabo en el recinto de sesiones de Diputados el día lunes de la semana del evento y será presidido por una Diputada de la Nación integrante de la Comisión de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia, acompañada por dos (2) Vicepresidentas.
Hasta tanto se dicte su propio reglamento, el PARLAMENTO FEDERAL DE LA MUJER podrá utilizar el reglamento de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación.
Las sesiones serán públicas.
Comisiones de Trabajo
Art. 8º.- La Comisión de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia definirá las diferentes Comisiones de Trabajo, definiendo la integración de las mismas, el calendario y horario para la reunión de las mismas, debiendo realizarse entre los días martes y miércoles de la semana en que se desarrollará el PARLAMENTO FEDERAL DE LA MUJER.
De los temas propuestos, las legisladoras seleccionarán aquellos de mayor actualidad, que afecten o puedan afectar a un mayor número de mujeres.
Los temas serán analizados y se buscarán antecedentes previos a cada sesión.
Integración de las Comisiones de Trabajo
Art. 9º. - En la integración de cada Comisión de Trabajo se tendrá en cuenta para que en cada una estén representadas todas jurisdicciones y las diferentes representaciones políticas. La integrante decana de cada Comisión de Trabajo presidirá la primera reunión para la elección de las autoridades por simple mayoría de Presidenta, Vicepresidenta 1ª, Vicepresidente 2ª y Secretarias y en acto la Legisladora elegida Presidenta, dirigirá la comisión de Trabajo y definirá el temario a desarrollar, hasta tanto el estatuto defina la operatoria.
Parlamento Regionales de la Mujer
Art. 10º.- En cada una de las sesiones del PARLAMENTO FEDERAL DE LA MUJER, las legisladoras podrán decidir el lugar donde se llevará Sesiones Regionales Parlamentarias preparatorias para la próxima sesión anual quedando a cargo de cada región los gastos presupuestarios de dichas Sesiones Regionales.
Asesoramiento
Art. 11.- El PARLAMENTO FEDERAL DE LA MUJER podrá solicitar al Consejo Nacional de la Mujer asesoramiento sobre los temas propuestos, así como recomendar otras acciones en función de la defensa de los derechos de la mujer y la asistencia de especialistas provinciales o regionales sobre alguna temática específica.
Conclusiones
Art. 12. - El PARLAMENTO FEDERAL DE LA MUJER elevará las propuestas analizadas y debatidas en cada sesión a las autoridades nacionales, provinciales o
municipales a fin de lograr los objetivos del mismo. Las sesiones se realizarán durante los días jueves y viernes de la semana que se constituya el Parlamento.
Difusión
Art. 13. - La Honorable Cámara de Diputados, por intermedio de la Comisión de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia dará debida difusión a la presente ley y de las conclusiones que se arriben.
Alternativa de Lugar se Sesión
Art. 14. - En Sesión Plenaria, previo redacción del estatuto del PARLAMENTO FEDERAL DE LA MUJER, se podrá definir las próximas ciudades donde se realizarán cada una de ellas, como así también la fecha de la misma.
Adhesión
Art. 15. - Invitase a las legislaturas de los diferentes Estados Provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a adherir a la presente ley.
Art. 16. - Comuníquese al Poder Ejecutivo.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


"EL PRESENTE PROYECTO ES REPRODUCCIÓN DEL EXPTE. Nº 4494-D-2009 Y HABIENDO PERDDIDO ESTADO O VIGENCIA PARLAMENTARIA ES QUE SE PRESENTA NUEVAMENTE PARA SU TRATAMIENTO".
La importancia de contar con un ámbito federal de debate y análisis de los temas que atañen a mujeres de todo el territorio nacional se ve incrementada al tener en cuenta la responsabilidad con la que debemos trabajar a fin de consolidar una red de protección social para las mujeres en aras de su atención integral, potenciando el ejercicio de sus derechos.
El PARLAMENTO FEDERAL DE LA MUJER que se propicia crear por esta iniciativa permitirá el conocimiento pleno de que la Convención sobre la Eliminación de Toda Forma de Discriminación contra la Mujer, tiene jerarquía constitucional, dentro de los tratados de derechos humanos.
Por otra parte, este ámbito federal que sesionará una vez al año en el Honorable Congreso de la Nación, pudiéndose también realizarse en distintos lugares de nuestro país, lo que permitirá conocer, elaborar, planificar y llevar a cabo estrategias de acción concretas a través del conocimiento de las distintas temáticas regionales.
Uno de los mayores logros de las últimas décadas ha sido el reconocimiento de los derechos de la mujer. No obstante, todavía queda mucho por hacer y por debatir, ya que efectivizarlos implica un cambio cultural que supone trascender las características de una sociedad sexista, que siempre dividió los espacios en público para el hombre y doméstico para la mujer.
"La mujer no nace, se hace", expresó Simone de Beauvoir, sentando las bases conceptuales para desmitificar el supuesto carácter natural de las diferencias entre mujeres y varones.
Esta frase permite comprender los alcances del concepto de género, que no es sinónimo de mujer, sino que se refiere a ella pero no únicamente. Lo determinante en la identidad sexual no es la genitalidad sino la socialización de los conceptos, o sea, la asignación, a través del discurso social -que se transmite por medio de la escuela, los medios de comunicación, la familia, etcétera- de atributos y roles sociales, que luego permitirán que las personas se identifiquen o se asuman como hombres o mujeres.
El concepto de género es una construcción social, cultural y simbólica, que ineludiblemente nos lleva a reconocer y redescubrir las numerosas desigualdades e inequidades en las relaciones de poder entre los sexos.
Por lo tanto es posible decir que cuando mencionamos el concepto de género nos estamos refiriendo a una relación social marcada por la asimetría, la inequidad y que redunda en la discriminación.
Se trata entonces de fortalecer los principios que sustentan los derechos consagrados, mediante la creación de ámbitos para el fomento de una mayor participación.
El PARLAMENTO FEDERAL DE LA MUJER, que en la forma que se proyecta no implicaría gastos exorbitantes, ya que la representación es honoraria, prioriza la problemática de género, creando un ámbito para analizar y proponer soluciones que permitan mejorar su calidad de vida.
Es indudable que cuando se abordan los temas de género se descubre una problemática específica relacionada con las muertes maternas por causas que se vinculan a la concepción, así como con la prevención de patologías génito-mamarias.
Salud sexual y reproductiva abre todo un campo riquísimo para el debate, ya que existen numerosas cuestiones que esperan soluciones, siendo el PARLAMENTO FEDERAL DE LA MUJER un ámbito adecuado para terminar con la doble discriminación: ser mujer y ser pobre.
Nadie puede negar que en nuestra sociedad aún impere la hipocresía, que coarta la verdadera libertad de las mujeres para decidir sobre su cuerpo.
En relación a la violencia de género es posible sorprenderse ante la realidad de que en el mundo una de tres mujeres ha sido golpeada, forzada a tener relaciones sexuales, o maltratada de alguna manera en el curso de su vida.
Teniendo en cuenta que la llamada violencia "basada en el género" tiene directa relación con la condición subordinada de la mujer en la sociedad, mucho queda por hacer desde un espacio federal para contrarrestar este flagelo.
La violencia familiar deberá ser tratada en forma integral, en el marco conceptual, legal, de prevención y asistencia, de manera que se conozca cuáles son los derechos de la mujer y las acciones legales que puede interponer.
En estos días, el conflicto armado que aflige y afecta a toda la humanidad ha hecho resurgir con más fuerza diferencias existentes entre países, desnudando que muchas culturas tienen creencias, normas e instituciones sociales que legitiman y por ende perpetúan la violencia contra la mujer.
A pesar de los compromisos nacionales e internacionales y aunque pareciera que la discusión sobre la igualdad entre hombres y mujeres es hoy caduca y obsoleta, la realidad nos muestra que todavía queda mucho por recorrer, ya que esa supuesta igualdad está muy lejos de lo que se declama.
Si bien se ha logrado una mayor representatividad de las mujeres en los espacios públicos, no puede decirse que esté consolidada, por lo que es necesario trazar estrategias para lograrlo.
Este PARLAMENTO FEDERAL DE LA MUJER será el ámbito propicio en donde se abordarán además otras cuestiones: la problemática de la madre soltera, la desventaja
social que sufren las mujeres jefas de hogar, que constituyen el único sostén de la familia y, en un contexto de crisis económica, no tienen mayor inserción en el trabajo por su baja calificación laboral.
Se podrán generar iniciativas que impliquen gestionar programas de capacitación laboral para mujeres, que les permitan acceder a trabajos calificados y mejores remuneraciones.
Otro aspecto a abordar con responsabilidad será el tema de la prostitución infantil, convocando a instituciones que hayan analizado la problemática para proponer caminos de acción a los organismos estatales.
Los temas a considerar son muy vastos y, tratados con responsabilidad por un Parlamento Federal integrado por mujeres, seguramente buscarán consolidar una red de protección social para las mujeres, especialmente aquellas que se encuentren en estado de vulnerabilidad y riesgo.
Paralelamente se podrán difundir por los medios de comunicación masiva las conclusiones sobre los temas analizados, para concienciar a la sociedad, en especial, de la importancia de la atención integral de la mujer en los sectores más carenciados, potenciando el ejercicio de sus derechos.
El PARLAMENTO FEDERAL DE LA MUJER que se propicia crear por este proyecto de ley permitirá que el género acceda al manejo de la información nacional, provincial y municipal, y al conocimiento pleno de que la Convención sobre la Eliminación de toda Forma de Discriminación contra la Mujer, tiene jerarquía constitucional, dentro de los tratados de derechos humanos.
Desde el Parlamento se buscará la integración con el Consejo Nacional de la Mujer que podrá brindar un apoyo relevante, colaborando con información y asesoramiento, como así también de especialistas locales que profundicen el conocimiento regional sobre determinada temática de género. De esta manera se concreta una nueva forma de participación en la elaboración de políticas públicas relacionadas con el género, para lo cual la coordinación con este consejo será primordial
El presente proyecto se basó en el Proyecto de Resolución de la Orden del Día Nº 343 del año 2002 que al quedar pendiente de ratificación del H. Senado quedó caduco, se tomó parte de las disposiciones y de los fundamentos del proyecto de origen, y además, se le dio el rango de ley y se agregó la representación de minorías de cada jurisdicción.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
CORDOBA, STELLA MARIS TUCUMAN FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA (Primera Competencia)
PETICIONES, PODERES Y REGLAMENTO
PRESUPUESTO Y HACIENDA