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PROYECTO DE TP


Expediente 3640-D-2014
Sumario: "PROGRAMA NACIONAL DE EDUCACION DE PRIMEROS AUXILIOS Y REANIMACION CARDIOPULMONAR (RCP)": CREACION.
Fecha: 15/05/2014
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 45
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


Artículo 1: Crease el Programa Nacional de Educación de Primeros Auxilios y Reanimación Cardiopulmonar (RCP).
Artículo 2: Lo dispuesto en el Artículo 1ª será de carácter obligatorio para los miembros del personal docente públicos y privados, y no docente que trabaje en los establecimientos educativos (jardines maternales, de infantes, colegios primarios, secundarios, terciarios, universidades y centros de formación) y a los instructores y/o profesores de instituciones deportivas".
Artículo 3: Será Autoridad de aplicación el Ministerio de Educación conjuntamente con el Ministerio de Salud de la Nación.
Artículo 4: La presente Ley será reglamentada a partir de los 60 días de su publicación.
Artículo 5: Comuníquese al Poder Ejecutivo de la Nación.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Esta Ley propuesta tiene por el objeto contribuir en la formación de ciudadanos con pautas puntuales de alerta y manejo, además de aportar habilidades básicas que son claves en situaciones en las que se requiere dar asistencia.
Las enfermedades cardiovasculares son la principal causa de muerte en el país y se estima que el 70% de los paros cardiorrespiratorios son extra hospitalarios y ocurren preferentemente en el domicilio de la víctima, en lugares de trabajo, en la calle y en sitios de recreación, entre otros.
Es conveniente tener nociones y conocimientos sobre reanimación y primeros auxilios, ya que ello implica a salvar vidas o evitar algún tipo de consecuencia que se produzca por falta de una rápida atención, así como también evita la realización de maniobras indebidas con el accidentado que puedan causar mayores trastornos
Es el Estado y este Parlamento quien debe velar por la salud de sus habitantes y en consecuencia, proceder a la implementación de un programa educativo y formativo en Reanimación Cardiopulmonar (RCP) y Primeros Auxilios". En los artículos se describe la autoridad de aplicación y se indica que el programa deberá desarrollarse, comenzando con carácter obligatorio para los miembros del personal docente públicos y privados, y no docente que trabaje en los establecimientos educativos (jardines maternales, de infantes, colegios primarios, secundarios, terciarios, universidades y centros de formación) y a los instructores y/o profesores de instituciones deportivas.
Se contempla la preparación teórico-práctica sobre la temática de primeros auxilios (traumatismos e inmovilización de miembros, heridas, hemorragias, quemaduras, atascamiento, ahogamiento, entre otras) y maniobras básicas de reanimación cardiopulmonar". Nuestro País cuenta con Cruz Roja Argentina, Bomberos Voluntarios Defensa Civil, Personal Policial, Enfermeras; Médicos. Etc.- que estará a cargo del dictado de los cursos".
La RCP en primeros auxilios consiste en intervenciones físicas para crear la circulación artificial aplicando una presión rítmica sobre el pecho del paciente para que el corazón bombee la sangre de forma manual (compresiones de pecho) y por lo general implica también que el rescatador introduce oxígeno en el paciente, aplicando respiración boca a boca o utilizando un dispositivo para inflar los pulmones y pasar de oxígeno en la sangre. Esto se llama respiración artificial. La RCP aplicada en los primeros auxilios, es seguida generalmente del soporte vital avanzado (por ejemplo, de un equipo médico o paramédico) hasta que el paciente recupere el ritmo cardíaco (llamado "retorno de la circulación espontánea") o sea declarado muerto
Según datos estadísticos, el próximo año, solo en la provincia de Buenos Aires, morirán alrededor de 7.000 personas por muerte súbita y entre 7000 y 9000 por colisiones vehiculares. Estas muertes ocurrirán más frecuentemente en el ámbito extrahospitalario, fuera de los grandes centros de atención y en personas que se creían sanas, que nunca manifestaron síntomas de enfermedad cardiovascular y que se manejan con hábitos de conducción seguros.
En el caso de la muerte súbita, una RCP efectiva por parte de un testigo circunstancial puede duplicar o triplicar la tasa de supervivencia del paro cardiaco. Desafortunadamente, menos de un tercio de las víctimas de paro cardiaco recibe RCP por parte de un testigo, y menos aún reciben RCP bien realizada.
La muerte súbita ocurre en un 80% de los casos en el ámbito prehospitalario, de esos casos el 40% en la vía pública y el 60% en el hogar, y fuera del mismo.
Todos somos más o menos vulnerables, pero al mismo tiempo todos tenemos la capacidad de aprender y prestar primeros auxilios para salvar la vida de una persona. Cuando ocurre una emergencia la ayuda puede verse retrasada por varios motivos, estos incluyen, las distancias prolongadas a los servicios de emergencia, los recursos limitados, la ausencia de sistemas de emergencia medicas prehospitalarios y la alta demanda, entre otros. La activación del sistema de emergencia y el inicio de la RCP precoz, constituyen los 2 primeros pasos en la atención de la emergencia y dependen exclusivamente de la comunidad. Los pasos posteriores dependen del sistema de emergencia y se inician con el arribo de la ambulancia.
El entrenamiento en RCP, es una inversión para ayudar a personas y comunidades a convertirse más resistentes a los efectos de desastres y crisis en salud. A su vez, la prevención es un componente clave que debe ser atendido en todas las políticas públicas tendientes a mejorar la calidad de vida de las personas.
En otro orden, Señor Presidente, una vez sancionada la presente Ley, se hace necesario una campaña de divulgación y concientización del objetivo de la presente.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
GRANADOS, DULCE BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
EDUCACION (Primera Competencia)
ACCION SOCIAL Y SALUD PUBLICA