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PROYECTO DE TP


Expediente 3576-D-2010
Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO DISPONGA INSTRUMENTAR LA "TARJETA DE TRANSITO VECINAL FRONTERIZO", DISPUESTA EN EL ACUERDO FIRMADO ENTRE LAS REPUBLICAS DE ARGENTINA Y FEDERATIVA DEL BRASIL, PARA TRANSITAR EN LOCALIDADES DE AMBOS PAISES.
Fecha: 27/05/2010
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 63
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Solicitar al Poder Ejecutivo Nacional instrumente la Tarjeta de Tránsito Vecinal Fronterizo dispuesta en el Acuerdo entre la República Argentina y la República Federativa del Brasil sobre Localidades Fronterizas Vinculadas para las relaciones fronterizas entre Monte Caseros y Barra do Quaraí.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


La Ley Nº 26.523 promulgada el 27 de octubre del año pasado aprueba el ACUERDO ENTRE LA REPUBLICA ARGENTINA Y LA REPUBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL SOBRE LOCALIDADES FRONTERIZAS VINCULADAS, suscripto en Puerto Iguazú el 30 de noviembre de 2005.
En el listado Anexo al Acuerdo de Ciudades Fronterizas Vinculadas se destacan las localidades de: Puerto Iguazú - Foz do Iguaçú, Andresito - Capanema, Bernardo de Irigoyen - Dionisio Cerqueira / Barracão, Alba Posse - Porto Mauá, San Javier - Porto Xavier, Santo Tomé - São Borja, Alvear - Itaquí, Paso de los Libres - Uruguayana y Monte Caseros - Barra do Quaraí.
Las continuas interacciones de la población local entre las ciudades de Monte Caseros y Barra do Quaraí junto a un compromiso político de las autoridades locales por estimular la cooperación transfronteriza, hacen de este núcleo un espacio de integración en el cual favorecer la puesta en práctica de la Tarjeta de Tránsito Vecinal Fronterizo.
Tal como se menciona en la Ley N° 26.523: "1. Los titulares de la tarjeta de Tránsito Vecinal Fronterizo gozarán de los siguientes derechos en las localidades fronterizas vinculadas de la Parte emisora de la tarjeta, tal como está delimitada en el Anexo I:
a) Ejercicio del trabajo, oficio o profesión de acuerdo a las leyes destinadas a los nacionales de la Parte en que se desarrolla la actividad, inclusive en lo que se refiere a los requisitos de formación y ejercicio profesional gozando de iguales derechos laborales y previsionales y cumpliendo las mismas obligaciones laborales, previsionales y tributarias que de ellas emanan;
b) Acceso a la enseñanza pública, en condiciones de gratuidad y reciprocidad;
c) Atención médica en los servicios públicos de salud en condiciones de gratuidad y reciprocidad;
d) Acceso al régimen de comercio fronterizo de mercaderías o productos de subsistencia, según las normas específicas que constan en el Anexo II; y,
e) Cualesquiera otros derechos que las Partes acuerden conceder".
Demostrados los compromisos nacionales de Argentina y Brasil por crear instrumentos que promuevan una mayor integración entre las comunidades locales, y visto que es muy difícil favorecer la integración macro regional si al mismo tiempo no se afianzan los procesos de reforma en el nivel micro-regional fortaleciendo las unidades subnacionales; es que solicitamos al Poder Ejecutivo Nacional acompañe la voluntad de los actores locales de la integración regional colaborando con la puesta en marcha y aplicación de la Tarjeta de Tránsito Vecinal Fronterizo para todos aquellos nacionales que cuenten con domicilio en el área de frontera identificada.
Por los motivos aquí expuesto solicito a mis pares me acompañen en el presente proyecto.-
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
CHIENO, MARIA ELENA PETRONA CORRIENTES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
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Comisión
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