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PROYECTO DE TP


Expediente 3527-D-2015
Sumario: DECLARAR DE INTERES DE LA H. CAMARA LA INCLUSION DE LAS ESCUELAS AGRARIAS DE GESTION SOCIAL EN EL "PROGRAMA CONECTAR IGUALDAD".
Fecha: 22/06/2015
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 74
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


DECLARAR DE INTERÉS la inclusiÓn de las ESCUELAS AGRARIAS DE GESTIÓN SOCIAL en el PROGRAMA CONECTAR IGUALDAD, especialmente aquellas con sistemas de alternancia y GRATUITAS, tomando en cuenta la vulnerabilidad social de sus alumnos y el aislamiento de las zonas rurales donde se encuentran dichos establecimientos educacionales.-

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


TEMA: INTERÉS LA INCLUSIÓN DE LAS ESCUELAS AGRARIAS DE GESTIÓN SOCIAL EN EL PROGRAMA CONECTAR IGUALDAD
INICIATIVA: Diputado Carlos G. Rubin
Las ESCUELAS DE LA FAMILIA AGRICOLA (EFAs) son establecimientos educativos de nivel secundario con orientación de técnicas agrarias, en la modalidad de alternancia, brindando educación en lugares alejados de los centros urbanos a los jóvenes principalmente de agricultores familiares.
La asistencia a las EFAs es de carácter gratuito, siendo administradas por asociaciones de padres y tutores, siendo abonados los sueldos de los docentes por el Estado Provincial.
Están encuadradas en la clasificación de GESTION SOCIAL, diferentes de las de GESTION ESTATAL y PRIVADA, según lo indica el artículo 14º de la LEY NACIONAL DE EDUCACION Nº 26.206 y complementariamente los artículos 13º y 140º de la misma norma, que delega a las autoridades de las jurisdicciones provinciales y al Consejo Federal de Educación para que se adopten las medidas necesarias al respecto de estas modalidades de gestión educativa.
La ley NACIONAL de REPARACION HISTORICA DE LA AGRICULTURA FAMILIAR Nº 27.118 establece en su articulado, la necesidad de contemplar estas situaciones especiales de EDUCACION AGRARIA:
TÍTULO VIII
Políticas sociales
ARTÍCULO 31. - El Poder Ejecutivo nacional, a través de sus organismos respectivos, deberá:
a) Garantizar el acceso y funcionamiento de todos los servicios sociales (educación, salud, deportes, cultura, discapacidad, desarrollo y promoción social, así como la asistencia social directa) para la totalidad de la población rural en el territorio, en función de que su existencia, continuidad y calidad que aseguren el arraigo de las familias rurales. Los procesos de gestión y la administración de los servicios públicos deberán considerar mecanismos de participación de las organizaciones de la agricultura familiar, campesina e indígena en cada territorio;
b) La educación rural será declarada servicio público esencial. Se implementará el método de alternancia en todas las zonas que así se justifique, y en el sistema educativo público tendrá participación de la comunidad en la gestión y monitoreo del funcionamiento del establecimiento;
La Ley NACIONAL DE EDUCACION Nº 26.206 expresa en el acápite específico:
"CAPÍTULO X
EDUCACIÓN RURAL
ARTÍCULO 49.- La Educación Rural es la modalidad del sistema educativo de los niveles de Educación Inicial, Primaria y Secundaria destinada a garantizar el cumplimiento de la escolaridad obligatoria a través de formas adecuadas a las necesidades y particularidades de la población que habita en zonas rurales. Se implementa en las escuelas que son definidas como rurales según criterios consensuados entre el Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología y las Provincias, en el marco del Consejo Federal de Educación.
ARTÍCULO 50.- Son objetivos de la Educación Rural:
a) Garantizar el acceso a los saberes postulados para el conjunto del sistema a través de propuestas pedagógicas flexibles que fortalezcan el vínculo con las identidades culturales y las actividades productivas locales.
b) Promover diseños institucionales que permitan a los/as alumnos/as mantener los vínculos con su núcleo familiar y su medio local de pertenencia, durante el proceso educativo, garantizando la necesaria coordinación y articulación del sistema dentro de cada provincia y entre las diferentes jurisdicciones.
c) Permitir modelos de organización escolar adecuados a cada contexto, tales como agrupamientos de instituciones, salas plurigrados y grupos multiedad, instituciones que abarquen varios niveles en una misma unidad educativa, escuelas de alternancia, escuelas itinerantes u otras, que garanticen el cumplimiento de la obligatoriedad escolar y la continuidad de los estudios en los diferentes ciclos, niveles y modalidades del sistema educativo, atendiendo asimismo las necesidades educativas de la población rural migrante."
La ley NACIONAL DE EDUCACION TECNICA Nº 26.058 expresa asimismo en relación a los jóvenes en vulnerabilidad social, como son aquellos que viven en zonas rurales alejadas de los centros urbanos provenientes de hogares de pequeños agricultores:
"CAPITULO VII DE LA IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
ARTICULO 40. - El Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología implementará acciones específicas para garantizar el acceso, permanencia y completamiento de los trayectos formativos en la educación técnico profesional, para los jóvenes en situación de riesgo social o con dificultades de aprendizaje. Dichas acciones incluirán como mínimo los siguientes componentes: i) Materiales o becas específicas para solventar los gastos adicionales de escolaridad para esta población, en lo que respecta a insumos, alimentación y traslados; ii) Sistemas de tutorías y apoyos docentes extraclase para nivelar saberes, preparar exámenes y atender las necesidades pedagógicas particulares de estos jóvenes. Asimismo, se ejecutarán una línea de acción para promover la incorporación de mujeres como alumnas en la educación técnico profesional en sus distintas modalidades, impulsando campañas de comunicación, financiando adecuaciones edilicias y regulando las adaptaciones curriculares correspondientes, y toda otra acción que se considere necesaria para la expansión de las oportunidades educativas de las mujeres en relación con la educación técnico profesional."
Dichas escuelas tienen como característica central la gratuidad de los servicios que prestan y haber sido creadas para atender a sectores de la población en situación de vulnerabilidad social. Se destaca que, si bien muchas de estas unidades educativas orientan su trabajo a poblaciones en condiciones de pobreza, esto no constituye una característica excluyente, pues también pueden estar dirigidas a otros grupos socialmente vulnerables. Se las visualiza como espacios de inclusión social con un fuerte acento en los aspectos comunitarios y en su capacidad de generar innovaciones en las formas de gestión, para garantizar la permanencia de la población en el sistema educativo. Se trata de escuelas que, por las características de su situación geográfica y por la matrícula que atienden, buscan desarrollar metodologías de trabajo adecuadas al contexto social y cultural de los territorios en los que se insertan.
Otra de las particularidades de estas instituciones está asociada a las formas organizativas que adoptan en relación a las necesidades de su propia gestión, adecuando el funcionamiento institucional a las realidades en las que están inmersas y a los proyectos socio-educativos que desarrollan. Son escuelas abiertas y en las que se implementan proyectos que pretenden dar una respuesta a las diferentes necesidades de sus alumnos/as en todos los niveles y modalidades previstos en la Ley de Educación Nacional. Al ser instituciones que contienen efectivamente a sus alumnos, necesitan adecuar sus modelos a diferentes tipos de realidades, evitando de este modo la deserción y el desgranamiento escolar. La horizontalidad en las relaciones entre los actores que forman parte de estas escuelas y la gestión comunitaria son características distintivas de las escuelas de gestión social. Concurrentemente a estas peculiaridades, se caracterizan por la conformación de equipos de gestión colegiada, que deciden aspectos sustantivos para su funcionamiento, tales como el nombramiento de su personal directivo y docente. La posibilidad de acordar criterios generales para encuadrarlas legalmente, conforme lo establece la Ley de Educación nacional, permitirá, a corto plazo, precisar otras particularidades, que redundarán en respuestas más eficaces desde las administraciones jurisdiccionales y nacional para atender conjuntamente las problemáticas sociales y educativas que afrontan los equipos docentes de dichas escuelas.
El PROGRAMA NACIONAL CONECTAR IGUALDAD, ya ha distribuido más de 4 millones de NETBOOKS además de otros apoyos para lograr la inclusión digital a nivel secundario, escuelas especiales, formación docente e institutos terciarios.
En todos los casos se articula con el GOBIERNO PROVINCIAL quien debe remitir el listado de los establecimientos comprendidos y atender las problemáticas específicas que se presenten, dentro de ellas, está la situación especial de las ESCUELAS DE LA FAMILIA AGRICOLA que son gratuitas, con subsidio estatal, técnicas agrarias bajo sistema de alternancia y de GESTION SOCIAL y por tanto NO DE GESTION PRIVADA, que se encuentran excluidas del PROGRAMA CONECTAR IGUALDAD.-
Por estas razones, Sr. Presidente, solicito a mis pares que acompañen este proyecto con su firma.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
RUBIN, CARLOS GUSTAVO CORRIENTES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
EDUCACION (Primera Competencia)