PROYECTO DE TP


Expediente 3422-D-2008
Sumario: RESOLUCION 284/2008 DEL MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION: MODIFICACION DEL ARTICULO 2 (FACILITACION DE LA LIQUIDACION DE LAS COMPENSACIONES A PEQUEÑOS PRODUCTORES A TRAVES DEL BANCO DE LA NACION).
Fecha: 26/06/2008
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 74
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


Artículo 1º: Incorpórase al artículo 2º de la resolución 284/2008 del Ministerio de Economía y Producción, los siguientes párrafos:
"Los pequeños y medianos productores beneficiados con las compensaciones establecidas deberán recibir dichos a través de la transferencia a sus cuentas corrientes o caja de ahorro en el Banco de la Nación Argentina.
Aquellos productores que careciesen de cuenta corriente o caja de ahorro abierta a su nombre, podrán solicitar la apertura inmediata y gratuita de una cuenta en dicho Banco, el cual pondrá su estructura y personal a disposición de los pequeños y medianos productores en la confección de la documentación requerida.
La inscripción en el registro de Operadores de Granos y Legumbres Secas, la cuenta en el Banco Nación y la documentación respaldatoria que permita determinar el monto a compensar serán los requisitos básicos para acceder a los reintegros. Esto sin perjuicio de las sanciones que pudieran corresponderle en caso que eventualmente se falseara esta u otra documentación requerida."
Artículo 2º: Comuníquese al Poder Ejecutivo.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El artículo 2º de la resolución 284/2008 del Ministerio de Economía y Producción, establece una serie de requisitos para compensar a los pequeños productores, que podrían implicar trabas burocráticas para su acceso a las mismas.
En su artículo 2º establece una serie de requisitos que terminan siendo impedimentos y restricciones burocráticas para acceder a las compensaciones por parte de los pequeños productores, que son el eslabón más vulnerable de la cadena, y han manifestado su incredulidad sobre el efectivo cumplimiento de la norma.
Con este proyecto, nuestra intención es simplificar el trámite, tanto en sus tiempos, estableciendo 5 (cinco) días hábiles de plazo, cuanto en los requisitos demandados, circunscribiéndolos a tres: inscripción en el Registro, apertura de una cuenta y documentación fehacientemente respaldatoria de la operación.
Complementariamente con la segmentación de las retenciones, va de la mano la simplificación de los trámites de reintegro, una vez verificada la legitimidad de la respectiva operación.
Por todo ello, es que pongo este proyecto a disposición de mis pares, solicitando su apoyo.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
RAIMUNDI, CARLOS BUENOS AIRES SOLIDARIDAD E IGUALDAD (SI) - ARI (T.D.F.)
NAIM, LIDIA LUCIA BUENOS AIRES SOLIDARIDAD E IGUALDAD (SI) - ARI (T.D.F.)
BENAS, VERONICA CLAUDIA SANTA FE SOLIDARIDAD E IGUALDAD (SI) - ARI (T.D.F.)
BELOUS, NELIDA TIERRA DEL FUEGO SOLIDARIDAD E IGUALDAD (SI) - ARI (T.D.F.)
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
AGRICULTURA Y GANADERIA (Primera Competencia)