PROYECTO DE TP


Expediente 3378-D-2008
Sumario: EXPRESAR BENEPLACITO Y ACOMPAÑAR EL CONTENIDO Y LOS TERMINOS EXPRESADOS EN LA RESOLUCION 2435 -XXXVIII-O/08- APROBADA EN LA CUARTA SESION PLENARIA DE LA ASAMBLEA GENERAL DE LA ORGANIZACION DE ESTADOS AMERICANOS - OEA -, CELEBRADA EL 3 DE JUNIO DE 2008, "DERECHOS HUMANOS, ORIENTACION SEXUAL E IDENTIDAD DE GENERO".
Fecha: 24/06/2008
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 72
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Acompañar el contenido y los términos expresados en la Resolución Nº 2435 (XXXVIII-O/08) aprobada en la cuarta sesión plenaria de la Asamblea General de la Organización de Estados Americanos (OEA), celebrada el 3 de junio de 2008 "Derechos Humanos, Orientación Sexual e Identidad de Género".
Declarar su beneplácito por el compromiso político asumido por los Estados miembros, al expresar su voluntad de combatir las violaciones de derechos humanos afrontados por las personas en razón de su orientación sexual e identidad de género; y al comprometerse a trabajar por la remoción de todo obstáculo al ejercicio pleno de los derechos humanos.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


En el marco de la celebración de los 60 años de la Carta de la Organización de los Estados Americanos, la 38ava. Asamblea General de la OEA aprobó por consenso la resolución AG/RES-2435 (XXXVIII-O/08) "Derechos Humanos, Orientación Sexual e Identidad de Género", presentada por la delegación de Brasil. De esta forma, por primera vez en la historia del hemisferio, las palabras "orientación sexual" e "identidad de género", constan en un documento consensuado por los 34 países de las Américas.
En 1994, el Comité de Derechos Humanos de Naciones Unidas decidió en TOONEN vs. AUSTRALIA, que la orientación sexual estaba incluida en la protección frente a la discriminación conferida al sexo, en el PIDCP. A partir de esta decisión, el Sistema Universal de Protección de los Derechos Humanos (ONU) dirigió su interés a la orientación sexual como categoría digna de protección frente a la discriminación.
El sentido de esta protección se amplió en el año 2002, mediante la decisión en YOUNG vs. AUSTRALIA, en la cual se reconoce que la pareja del mismo sexo, sobreviviente de un veterano de guerra, merecía recibir la pensión de viudez, según el artículo 26 del PIDCP.
En concordancia con esta orientación, el paso dado por nuestra organización regional resulta crucial para acabar con el silencio en torno a la violencia contra lesbianas, gays, personas bisexuales y transgénero (LGBTT) en las Américas y expresa claramente un llamado a los Estados miembros de la OEA, entre ellos Argentina, a garantizar la implementación de esta resolución en sus países y a continuar apoyando los derechos sexuales a nivel internacional.
Este texto, que reconoce la grave situación de violaciones a derechos humanos que enfrentan las personas a causa de su orientación sexual e identidad de género, coloca al Sistema Regional de las Américas como el segundo después del europeo en reconocer la importancia de manifestar un claro compromiso político por parte de los Estados miembros y de asumir la realidad de la exposición a violaciones de derechos humanos enfrentada por las personas LGBTT.
La resolución expresa puntualmente "preocupación de los actos de violencia y de las violaciones de derechos humanos relacionadas, perpetrados contra individuos a causa de su orientación sexual e identidad de género"(...) Encargar a la Comisión de Asuntos Jurídicos y Políticos que incluya en su agenda, antes del trigésimo noveno período ordinario de sesiones de la Asamblea General, el tema "Derechos humanos, orientación sexual e identidad de género" y en tal sentido "solicitar al Consejo Permanente que informe a la Asamblea General, en su trigésimo noveno período ordinario de sesiones, sobre el cumplimiento de esta resolución, que será ejecutada de acuerdo con los recursos destinados en el programa-presupuesto de la Organización y otros recursos".
Este documento, sin precedentes en la región, fue producto del consenso que incluyó a los países del Caribe inglés, en cuyas legislaciones aún se criminalizan las relaciones sexuales entre personas adultas del mismo sexo.
Creemos que mientras la discriminación y la intolerancia hacia lesbianas, gays, bisexuales, travestis, transexuales, transgénero e intersex sean permitidas y no sean sancionadas en nuestras sociedades, no habrán valores democráticos que puedan ser promovidos, ni democracia posible para todos.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
BARRIOS, MIGUEL ANGEL SANTA FE PARTIDO SOCIALISTA
VIALE, LISANDRO ALFREDO ENTRE RIOS PARTIDO SOCIALISTA
GORBACZ, LEONARDO ARIEL TIERRA DEL FUEGO SOLIDARIDAD E IGUALDAD (SI) - ARI (T.D.F.)
FEIN, MONICA HAYDE SANTA FE PARTIDO SOCIALISTA
GEREZ, ELDA RAMONA SANTA FE PARTIDO SOCIALISTA
SESMA, LAURA JUDITH CORDOBA PARTIDO SOCIALISTA
CUCCOVILLO, RICARDO OSCAR BUENOS AIRES PARTIDO SOCIALISTA
AUGSBURGER, SILVIA SANTA FE PARTIDO SOCIALISTA
MARTIN, MARIA ELENA SANTA FE PARTIDO SOCIALISTA
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
RELACIONES EXTERIORES Y CULTO (Primera Competencia)