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PROYECTO DE TP


Expediente 3262-D-2010
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON EL VALOR ASIGNADO A LAS SENTENCIAS JUDICIALES QUE HAN RESUELTO LA SUSPENSION (COMO MEDIDA CAUTELAR) DE LA LEY 26522, DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL.
Fecha: 14/05/2010
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 55
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Solicitar al Poder Ejecutivo, para que, a través de la Jefatura de Gabinete de Ministros y de la autoridad compe- tente, se sirva responder:
1. Cuál es el valor que el Poder Ejecutivo asigna a las sentencias judiciales que han resuelto la suspen- sión -como medida cautelar- de la Ley Nº 26.522 de Servicios de Comunica- ción Audiovisual?
2. Cuál es la autoridad de aplicación que en la actualidad tiene competencia en materia de servicios au- diovisuales o de radiodifusión? Y en virtud de qué normativa dicha autoridad formaliza sus propios actos administrativos?
3. Quiénes son los directivos de dicha autoridad de aplicación cuyas firmas se encuentran legitimadas para la toma de decisiones propias del área de su competencia?
4. Independientemente de las opiniones técnicas del Servicio Jurídico Permanente del COMFER y de la opinión que sobre ello ha tomado la Procuración General del Tesoro en el Ex- pediente nro. 3151.00.0-COMFER/06, con fecha 30 de marzo del año 2010, deberá informar en relación a las preguntas anteriores, cuales fueron los ex- pedientes resueltos en la Reunión del Directorio Nro. 2 que no obra su publi- cación en la página oficial como lo hiciesen con la Reunión del Directorio Nro.1, y en especial cuales son los motivos que fundaron la extensión de licen- cia en el expediente nro. 2414-COMFER/09 cuando a través de la Resolución Nro. 275-COMFER/09 se encuentra plenamente establecido la prohibición de la extensión de ciudades de menor población a las de mayor población además de la concentración del servicio que ello implica. Asimismo deberá informar en las autorizaciones de emisiones precarias de los expedientes resueltos de los servicios de amplitud modulada, si se encuentran sin resolver recursos contra el decreto que otorgó la licencia, y en tal caso cual fue el temperamento que se les esgrimió a los directores que participaron en la Reunión de Directorio para la toma de la decisión de la autorización de emisiones precarias, estando pen- diente de resolución los recursos y nulidades de la licencia.
5. Bajo qué dictámenes téc- nico-jurídicos la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual ha tomado las resoluciones registradas bajo los números 38 al 66 y que fueran publicadas en el Boletín Oficial en los días 6 y 10 de mayo de 2010?
6. A qué razones se ha debi- do que el día 6 de mayo se han publicado en el Boletín Oficial, resoluciones de la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual cuya numera- ción no se corresponde correlativamente con las publicadas posteriormente, el día 10 de mayo?
7. Bajo qué normativa se encuentran legitimadas las Resoluciones de la Comisión Nacional de Comuni- caciones referidas al Registro de Actividades de Telecomunicaciones, qué dic- támenes técnico jurídicos y qué procesos administrativos que hayan garanti- zado transparencia e igualdad de oportunidades?

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


La mencionada Ley Nº 26.522 de Servicios de Comunicación Audiovisual se encuentra suspen- dida en su aplicación e implementación, por diversas y múltiples decisiones ju- diciales, y a la espera de la consideración de esos fallos que hará próximamente la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
Sin embargo, el Poder Ejecutivo parece desconocer los mencionados decisorios del Poder Ju- dicial, poniendo en crisis el funcionamiento republicano de la división de pode- res y a algunos funcionarios en condiciones de desobediencia, al borde del con- flicto y/o el delito.
Recientemen- te, el Boletín Oficial da cuenta de una gran cantidad de decisiones tomadas y publicadas por parte de la autoridad de aplicación creada en la suspendida ley. Ingresando por las páginas de Internet a la pag web de la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual, remite simultáneamente a la pag web del viejo COMFER y extrañamente, al mismo tiempo que informa que el recurso frente a la medida cautelar dictada por la Jueza de Mendoza ha tenido ingreso en la Corte, exhibe también un despliegue de acciones que no encuentran legi- timidad a la luz de la referida decisión.
Por tanto, las medidas tomadas en estas condiciones, aparecen claramente observables en razón de ser dictadas en momentos en que esa Autoridad no podría encontrar- se cumpliendo funciones.
Este Congre- so de la Nación parece en sí mismo burlado, a la luz de las apelaciones formu- ladas por el apoderado de la Cámara de Diputados, desconociéndose a la luz de qué poder o mandato, y de qué representación, siendo que existen colegas im- pulsando la referida medida cautelar y su causa de fondo, como tantos otros en la pregonada defensa de la ley sancionada.
Es preciso aportar claridad sobre la actual situación del organismo y acerca del valor que el Poder Ejecutivo asigna a las decisiones judiciales. En esa búsqueda, solicita- mos a nuestros colegas acompañar el tratamiento y aprobación del presente pedido de informes.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
STOLBIZER, MARGARITA ROSA BUENOS AIRES GEN
LINARES, MARIA VIRGINIA BUENOS AIRES GEN
MERCHAN, PAULA CECILIA CORDOBA LIBRES DEL SUR
GIUDICI, SILVANA MYRIAM CIUDAD de BUENOS AIRES UCR
ALCUAZ, HORACIO ALBERTO BUENOS AIRES GEN
SATRAGNO, LIDIA ELSA BUENOS AIRES PRO
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
COMUNICACIONES E INFORMATICA (Primera Competencia)