PROYECTO DE TP


Expediente 3235-D-2014
Sumario: "ARCHIVO MAESTRO DE INSTITUCIONES EDUCATIVAS (AMIE):": CREACION.
Fecha: 07/05/2014
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 39
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


Art.1°: Programa de Nivelación Académica de los Centros de Formación Docente. Creación y finalidad.
Créase el Programa de Nivelación Académica de los Centros de Formación Docente (PNA), el cual tendrá como principal finalidad la unificación de programas de formación académica y el otorgamiento de títulos profesionales homologables para los aspirantes a cubrir cargos educativos en el Sistema Nacional de Educación, para la totalidad de las instituciones educativas de gestión estatal, de gestión privada, de gestión cooperativa y de gestión social.
Corresponderá al Ministerio de Educación, a través del Consejo Federal de Educación, la coordinación técnica y operativa para la adecuada aplicación del Programa de Nivelación Académica de los Centros de Formación Docente (PNA).
Art.2°: Autoridad de Aplicación.
Será autoridad de la presente ley el Ministerio de Educación, quien instrumentará el Programa de Nivelación Académica de los Centros de Formación Docente (PNA) en el marco del Consejo Federal de Educación.
Art.3°: Programa de Nivelación Académica de los Centros de Formación Docente. Objetivos.
El Programa de Nivelación Académica de los Centros de Formación Docente (PNA) permitirá el cumplimiento de los siguientes objetivos: unificar niveles académicos mínimos en todos los aspirantes a cubrir cargos docentes en los cuatro niveles del Sistema Educativo Nacional (Educación Inicial, Educación Primaria, Educación Secundaria y Educación Superior); elaborar programas comunes de formación docente con niveles académicos, pedagógicos y didácticos homogéneos; garantizar mínimos estándares de calidad educativa en la totalidad de los centros de formación docente; otorgar títulos profesionales homologables en todo el territorio nacional, posibilitando que la carrera docente se jerarquice; dotar a todos los programas de formación docente con un nivel académico base correspondiente a los títulos de grado universitarios; orientar el Sistema Nacional Educativo hacia políticas educativas concretas que posibiliten un incremento de la calidad educativa.
Art. 4°: De forma. Comuníquese al Poder Ejecutivo.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El paro docente de 18 días en la provincia de Buenos Aires y los conflictos en varias otras -algunos todavía abiertos- , muestran con contundencia lo que puede lograr la política del parche: tapar con más dinero los problemas no parece ser suficiente para solucionarlos.
El Sistema Educativo Nacional se encuentra atravesado por fallas estructurales, entre ellas, las desigualdades a las que lleva la coparticipación federal, el fracaso de la ley de financiamiento educativo en asegurar un salario docente con mínima dignidad, la oportunidad perdida en años de bonanza de discutir reformas a la carrera de los maestros, la falta de eficacia del sistema educativo, que destina una enorme cantidad de recursos y obtiene cada vez peores resultados.
Entre las fallas citadas en el párrafo anterior, existe una que resulta crucial: el empeoramiento de la condición docente también es producto de una errada política de formación. Argentina, un país con 40 millones de habitantes, tiene más de 1100 instituciones formadoras de docentes, una cantidad exagerada que impide garantizar mínimos estándares de calidad en esa oferta. El presente proyecto de ley plantea la necesidad imperiosa de superar la excesiva fragmentación del sistema de formación docente, a través de la creación de un Programa de Nivelación Académica de los Centros de Formación Docente (PNA), el cual tendrá como principal finalidad la unificación de programas de formación académica y el otorgamiento de títulos profesionales homologables para los aspirantes a cubrir cargos educativos en el Sistema Nacional de Educación, para la totalidad de las instituciones educativas de gestión estatal, de gestión privada, de gestión cooperativa y de gestión social.
Corresponderá al Ministerio de Educación, a través del Consejo Federal de Educación, la coordinación técnica y operativa para la adecuada aplicación del Programa de Nivelación Académica de los Centros de Formación Docente (PNA).
El Programa de Nivelación Académica de los Centros de Formación Docente (PNA) permitirá el cumplimiento de los siguientes objetivos: unificar niveles académicos mínimos en todos los aspirantes a cubrir cargos docentes en los cuatro niveles del Sistema Educativo Nacional (Educación Inicial, Educación Primaria, Educación Secundaria y Educación Superior); elaborar programas comunes de formación docente con niveles académicos, pedagógicos y didácticos homogéneos; garantizar mínimos estándares de calidad educativa en la totalidad de los centros de formación docente; otorgar títulos profesionales homologables en todo el territorio nacional, posibilitando que la carrera docente se jerarquice; dotar a todos los programas de formación docente con un nivel académico base correspondiente a los títulos de grado universitarios; orientar el Sistema Nacional Educativo hacia políticas educativas concretas que posibiliten un incremento de la calidad educativa.
Finalmente, el presente proyecto de ley se inscribe en el marco de una orientación de las políticas educativas que tiende a jerarquizar la carrera docente, convirtiendo a los títulos docentes en carreras de nivel académico de Grado Universitario. La superación de la actual fragmentación en la formación docente permitirá orientar el Sistema Nacional Educativo hacia políticas educativas concretas que posibiliten un incremento de la calidad educativa.
Por todo lo expuesto en estos fundamentos, solicitamos la aprobación legislativa del presente proyecto de ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
BULLRICH, PATRICIA CIUDAD de BUENOS AIRES UNION PRO
TORRES DEL SEL, MIGUEL IGNACIO SANTA FE UNION PRO
BROWN, CARLOS RAMON BUENOS AIRES FE
STURZENEGGER, FEDERICO ADOLFO CIUDAD de BUENOS AIRES UNION PRO
CACERES, EDUARDO AUGUSTO SAN JUAN UNION PRO
SPINOZZI, RICARDO ADRIAN SANTA FE UNION PRO
SCHMIDT LIERMANN, CORNELIA CIUDAD de BUENOS AIRES UNION PRO
BALDASSI, HECTOR W. CORDOBA UNION PRO
GRIBAUDO, CHRISTIAN ALEJANDRO BUENOS AIRES UNION PRO
DURAND CORNEJO, GUILLERMO MARIO SALTA CONSERVADOR POPULAR
BERGMAN, SERGIO ALEJANDRO CIUDAD de BUENOS AIRES UNION PRO
PRADINES, ROBERTO ARTURO MENDOZA DEMOCRATA DE MENDOZA
PINEDO, FEDERICO CIUDAD de BUENOS AIRES UNION PRO
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
EDUCACION (Primera Competencia)
PRESUPUESTO Y HACIENDA