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PROYECTO DE TP


Expediente 3207-D-2010
Sumario: DECLARAR DE INTERES DE LA H. CAMARA EL PRIMER CONGRESO NACIONAL DE FOLKLORE, A REALIZARSE ENTRE LOS DIAS 22 Y 25 DE AGOSTO DE 2010 EN LA PROVINCIA DE SAN LUIS.
Fecha: 12/05/2010
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 54
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
DECLARA:


De interés de esta Honorable Cámara, al 1º Congreso Nacional del Folklore, organizado por la Academia del Folklore de la República Argentina , en adhesión de las celebraciones del Bicentenario de la Independencia , a desarrollarse en diversas Jornadas para culminar en las Jornadas finales entre los días 22 y 25 de Agosto del corriente año, en la Provincia de San Luis.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El 1º Congreso Nacional del Folklore, pretende relevar el estado de situación, en todo el país, del Folklore, en sus diversos aspectos. Así como construir de una agenda para los próximos años. Los cuatro temas que agrupan estos propósitos son: Estado Actual de los Estudios Folklóricos en la región. Folklore Aplicado como Ciencia Teórica de la Práctica y Folklore como Proyección Artística.
El 1º Congreso se desdoblará en Jornadas Regionales, Conferencias, Diálogos de Folklore, Certámenes Nacionales de Intérpretes de Canciones de raíz Folklórica, Ediciones de libros, para finalizar en las "Jornadas Finales" en el Hotel Potrero de los Funes, de la Provincia de San Luis, en el mes de Agosto, conducente al conocimiento profundo de un pueblo mediante su folklore, en forma natural y sincera.
El Folklore es toda costumbre que se transmite de generación en generación, adaptada y modelada por el medio ambiente en que vive la gente. Folklore es la comida, la bebida, el vestuario, las leyendas, las canciones, las danzas, la mitología, las manifestaciones artesanales como cerámica, cestería, tejidos, construcción de casas, talabartería, mueblería, los remedios caseros, la manera de sentir a los muertos, de celebrar los santos. Es toda la vivencia de un pueblo, son las manifestaciones comunes de la gente, especialmente de los campesinos que satisfacen las necesidades espirituales o materiales que ellos sienten con lo que les ha enseñado la experiencia o la herencia.
Mediante el estudio del folklore, la Academia del Folklore de la República Argentina , puede conocer como se vivía y se divertían nuestros antepasados, ya que en el folklore se pone de manifiesto la sensibilidad cultural y espiritual de un pueblo, que como producto de su reflexión, ingenio, experiencia y creatividad ha dado lugar a diversidad de creaciones literarias, musicales, bailables y gastronómicas.
Señor Presidente, un pueblo que práctica activamente diferentes manifestaciones folklóricas es un pueblo sano de espíritu y con personalidad, pues no esta copiando a nadie, sino, haciendo lo que es propio, un pueblo con personalidad, merece respeto, la admiración y cariño de los demás países.
Como Legisladora de la Provincia de Misiones, valiosa representante en la cultura folklórica en todo el país, es un honor declarar de interés cultural a este 1º Congreso Nacional de Folklore, por cuanto solicito a mis pares me acompañen con su voto afirmativo.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
PERIE, JULIA ARGENTINA MISIONES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
FERRA DE BARTOL, MARGARITA SAN JUAN FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
CULTURA (Primera Competencia)
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha Movimiento Resultado
02/06/2010 DICTAMEN Aprobado por unanimidad con modificaciones en los términos del articulo 114 del reglamento de la H. Cámara como Proyecto de Resolución
Dictamen
Cámara Dictamen Texto Fecha
Diputados Orden del Dia 0517/2010 - DICTAMEN CONJUNTO DE LOS EXPEDIENTES 3088-D-2010, 3216-D-2010, 3207-D-2010, 3237-D-2010, 3276-D-2010, 3295-D-2010, 3333-D-2010, 3347-D-2010, 3386-D-2010, 3388-D-2010, 3418-D-2010, 3466-D-2010, 3498-D-2010 y 3579-D-2010 CON MODIFICACIONES; ARTICULO 114 DEL REGLAMENTO DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION, BAE 14/2010 15/06/2010
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados APROBACION ARTICULO 114 DEL REGLAMENTO DE LA H CAMARA DE DIPUTADOS; COMUNICADO EL 30/06/2010 CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 3088-D-2010, 3216-D-2010, 3207-D-2010, 3237-D-2010, 3276-D-2010, 3295-D-2010, 3333-D-2010, 3347-D-2010, 3386-D-2010, 3388-D-2010, 3418-D-2010, 3466-D-2010, 3498-D-2010 y 3579-D-2010 APROBADO