PROYECTO DE TP


Expediente 3164-D-2008
Sumario: PROGRAMAS DE CONSTRUCCION E INVERSIONES DEL GASODUCTO DEL NORESTE ARGENTINO - GNEA -: INCORPORACION DE RAMALES ZONALES Y DERIVACIONES PARA SUMINISTRAR GAS NATURAL A DIVERSAS PROVINCIAS DEL NORTE ARGENTINO.
Fecha: 12/06/2008
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 65
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


Programas de construcción e inversiones del "Gasoducto del Noreste Argentino" (GNEA) Incorporación de ramales zonales y derivaciones para suministrar gas natural a las ciudades de Resistencia, Formosa, Corrientes y Posadas, no cubiertas actualmente con dicho servicio. Ejecución de las obras a cargo del Estado Nacional.
Artículo 1º - Incorporase a los Programas de Construcción y de Inversiones del GASODUCTO DEL NORESTE ARGENTINO (GNEA) aprobados por el Decreto 267/2007 la ejecución de las derivaciones principales, ramales, vinculaciones y obras necesarias para suministrar gas natural a las ciudades de Resistencia, Formosa, Corrientes y Posadas, cuyo financiamiento estará exclusivamente a cargo del Estado nacional, mediante la asignación de las partidas correspondientes a la jurisdicción del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, durante los años 2009 y 2010.
Artículo 2º - Las Provincias y Municipios involucrados tomarán a su cargo conceder el derecho de uso y ocupación gratuita de la tierra pública, del dominio público provincial o municipal, o del dominio privado de las respectivas jurisdicciones, y todos los espacios o lugares de dominio público, destinados a la colocación, operación e instalaciones necesarias para la ejecución de las obras comprendidas en la presente ley.
Artículo 3º - Será Autoridad de Aplicación de la presente ley el MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS.
Artículo 4º - Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El presente proyecto de ley tiene por objeto introducir modificaciones a los programas de construcción y de inversiones del GASODUCTO DEL NORESTE ARGENTINO (GNEA) que fueron aprobados por el Decreto 267/2007 del Poder Ejecutivo nacional, para incluir las obras necesarias para el tendido de ramales zonales y derivaciones hasta las ciudades capitales de Resistencia, Formosa, Corrientes y Posadas.
El plan de obras aprobado por el Poder Ejecutivo para el GASODUCTO DEL NORESTE contempla el financiamiento de toda la obra desde Bolivia hasta Santa Fe en nuestro país por parte del Estado Nacional, menos el costo de las derivaciones a las cuatro provincias del NEA, que no tienen gas natural en redes y cuya carencia ha sido desde un primer momento el motivo o causa principal para la construcción del gasoducto.
Nuestro país va a asumir el financiamiento necesario para posibilitar la concreción del Gasoducto del Noreste Argentino (GNEA), con un costo neto estimado oficialmente en 1382 millones de dólares (más de 1.600 M U$S con impuestos) , pero va a dejar a cargo exclusivo de las provincias del Chaco, Formosa, Corrientes y Misiones, a un costo estimado de 200 millones de pesos ($200.000.000) las inversiones para extender unos 300 kilómetros los ramales y derivaciones del Gasoducto, para abastecer a las ciudades capitales de Resistencia Formosa, Corrientes y Posadas, lo que resulta absolutamente injusto e incomprensible .
Desde agosto de 2003 las provincias del NEA aguardan la construcción del Gasoducto GNEA que se anunció entonces como una de las prioridades del gobierno nacional, no solamente por su importancia para afrontar el abastecimiento que demanda la actual crisis energética, sino para poner fin al absurdo aislamiento que la carencia de gas en redes provocan en la región respecto del resto del país.
Nadie pone en duda el interés de nuestro país de acceder a las reservas de gas natural de la República de BOLIVIA, que puede ofrecer a nuestra economía un apoyo a sus necesidades de abastecimiento. Tampoco puede desconocerse que la urgente necesidad de garantizar la expansión de la oferta de gas natural y transporte en nuestro mercado interno, es pública y notoria.
Por otra parte, la construcción del Gasoducto del Noreste Argentino (GNEA), permitirá la integración energética y territorial no sólo con el vecino país sino, con las provincias de la región a servir y con el resto del país, al equilibrar las desigualdades relativas que las afectan, en tanto existen amplias zonas con demanda insatisfecha y otras que actualmente ni siquiera cuentan con el servicio de gas natural.
De tal manera, la puesta en ejecución del Gasoducto del Noreste Argentino (GNEA) , constituirá un factor de suma relevancia para asegurar el abastecimiento energético global de nuestro país, así como el desarrollo del gas natural en el Noreste Argentino (NEA).
La obra fue concebida en estrecha vinculación con la concesión del transporte de gas natural a la empresa estatal ENARSA.
Cabe recordar que por la Ley Nº 25.943 se creó ENERGIA ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA (ENARSA), estableciéndose que su objeto sería llevar a cabo por sí, o por intermedio de terceros el estudio, exploración y explotación de los yacimientos de hidrocarburos sólidos, líquidos o gaseosos, el transporte, el almacenaje, la distribución, la comercialización e industrialización de estos productos y sus derivados , así como de la prestación del servicio público de transporte y distribución de gas natural, a cuyo efecto podrá realizar cualquier otra operación complementaria de su actividad industrial y comercial
Según la legislación vigente ENERGIA ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA (ENARSA) se encuentra posibilitada tanto para importar gas natural, en este caso, de la REPUBLICA DE BOLIVIA como para prestar el servicio público de transporte y distribución de dicho gas.
En consecuencia con la normativa descripta, el Poder Ejecutivo nacional ha dictado el Decreto Nº 267/2007 por el cual declara "de interés público nacional" la construcción del Gasoducto del Noreste Argentino (GNEA).
Abundan en sus considerandos los fundamentos sobre la indudable relevancia social y económica que representa para nuestro país y para su progreso material, la prestación de un servicio indispensable para una vasta región de nuestro territorio que hoy tiene un acceso limitado e ineficiente , así como la importancia de promover un adecuado abastecimiento y un uso sustentable del servicio de gas natural en redes en forma integrada con la infraestructura energética existente. Se destaca la connotación estratégica del proyecto, junto a la innegable significación que representa para la economía regional y nacional, atendiendo en particular a su nivel de competitividad, al permitir garantizar un abastecimiento seguro del fluido a una región postergada y a importantes centros de consumo de nuestro país.
Dicho instrumento legal, le otorga a la empresa ENARSA la licencia para importar en forma exclusiva el gas proveniente de la República de Bolivia y para transportar el fluido desde la frontera con el país hermano, en la provincia de Salta y atravesando las provincias de Formosa, Chaco y Santa Fe, hasta las proximidades de San Jerónimo, de conformidad con la traza provisoria que se aprueba , a lo largo de un recorrido de cerca de 1.200 kilómetros de gasoducto.
El Decreto Nº 267/2007 determina no solamente la potestad de ENARSA de obtener una concesión para el transporte de hidrocarburos, en los términos de la Ley 17319, por un plazo de 35 años, sino que además dicha empresa será la responsable de construir, operar, mantener el Gasoducto del Noreste Argentino (GNEA) y prestar el servicio de transporte a través del mismo para comercializar el gas natural.
Asimismo ENARSA queda autorizada a realizar la cesión de la concesión otorgada a cualquier sociedad controlada que decida constituir a los fines de concretar la construcción, operación y mantenimiento del gasoducto , la cesión en garantía o fiduciaria de la concesión de transporte otorgada con los alcances establecidos en la Ley Nº 24.441, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones del financiamiento que se obtenga para la construcción del "Gasoducto del Noreste Argentino" (GNEA).
El Anexo I del Decreto 267/2007 contiene la traza provisoria del gasoducto y en el Anexo II se detallan la Especificación Técnica y los Programas de Construcción y de Inversiones.
Particularmente en el Anexo II se establece que "la obra proyectada incluye la construcción de las derivaciones desde las que partirán ramales zonales y vinculaciones cuya ejecución está fuera del alcance del trabajo asumido por ENARSA".
De tal manera, las inversiones destinadas a construir las derivaciones, ramales zonales y derivaciones del gasoducto quedarán ahora a cargo de las provincias, sin contar con el financiamiento nacional que se prometió desde que se anunció el proyecto y que se mantiene para el resto de la obra.
Las derivaciones principales proyectadas son las siguientes:
• Derivación Mosconi, transferirá gas a Transportadora de Gas del Norte (TGN). La vinculación entre ambos sistemas (7 Km) estará a cargo de TGN.
• Derivación Los Blancos, transferirá gas a un nuevo ramal que abastecerá a varias Localidades del oeste salteño entre ellas Rivadavia y J. V. González.
• Derivación Ibarreta, transferirá gas a un nuevo ramal que abastecerá a varias Localidades de la Provincia de FORMOSA entre ellas la ciudad de FORMOSA.
• Derivación Sáenz Peña, transferirá gas a un nuevo ramal que abastecerá a Localidades de CHACO, CORRIENTES y MISIONES.
• Derivación San Bernardo, transferirá gas a un nuevo ramal que abastecerá a Localidades del oeste chaqueño.
• Derivación Vera, transferirá gas a un nuevo ramal que abastecerá a poblaciones santafecinas, entre otras, Vera y Reconquista.
• Derivación Crespo, transferirá gas a un nuevo ramal que abastecerá a localidades santafecinas tales como Gobernador Crespo y San Javier.
• Derivación San Justo, transferirá gas un nuevo ramal que abastecerá la ciudad santafecina de San Justo.
• Derivación Videla, transferirá gas a un nuevo ramal que abastecerá a las localidades santafecinas de Videla y Helvecia.
• Derivación Coronda, será el punto final del Gasoducto y transferirá gas al Gasoducto San Jerónimo - SANTA FE cuyo operador es TGN. La vinculación entre ambos sistemas estará a cargo de TGN.
A su vez, el Programa de Construcción incluye una planta separadora de gases en Bolivia, varias plantas compresoras a lo largo del recorrido y el tendido de aproximadamente 1.200 kilómetros de cañerías, todo ello a cargo del gobierno argentino, con un programa de inversiones, a valores estimados sin IVA, por un costo total de U$S 1.382.557.000 según consta en el Anexo II del Decreto 267/2007.
El Estado Nacional tomará a su cargo el financiamiento de toda la obra, menos las derivaciones que permitirían abastecer de gas natural a las cuatro provincias del NEA, en caso de mantenerse sin cambios las disposiciones del Decreto 267/2007, que se propone modificar con el presente proyecto de ley.
Será un acto de justicia para el Noreste Argentino que el Estado Nacional aporte los fondos necesarios para incorporar a los programas de Construcción e Inversiones del Gasoducto GNEA , los costos correspondientes a los ramales zonales y derivaciones para abastecer de gas natural a las ciudades de Resistencia, Formosa, Corrientes y Posadas.
Según todos los indicadores económicos y sociales, el Noreste sigue siendo la región más desfavorecida, relegada y marginal del país. Carece del servicio indispensable de gas natural servido por redes, y ahora también se le niega la posibilidad del Gasoducto que lleva su nombre y que naturalmente debe potenciar su crecimiento y desarrollo humano , pero que parece mas bien dirigido a abaratar los costos de la energía del país central.
Hay un claro mandato constitucional que el Poder Ejecutivo no debe desconocer a la hora de garantizar una distribución equitativa y solidaria de las posibilidades de desarrollo de las distintas regiones del país.
Al respecto la Constitución Nacional establece que: "La distribución entre la Nación, las provincias y la ciudad de Buenos Aires y entre éstas, se efectuará en relación directa a las competencias, servicios y funciones de cada una de ellas contemplando criterios objetivos de reparto; será equitativa, solidaria, y dará prioridad al logro de un grado equivalente de desarrollo, calidad de vida e igualdad de oportunidades en todo el territorio nacional" (Art. 75 C.N.)
Sin embargo, en los Presupuestos Nacionales de los últimos años la composición del gasto de la Administración Nacional por jurisdicción geográfica demuestra que las Provincias del NEA están ubicadas en los últimos lugares .
En el Proyecto de Presupuesto para el año 2008 vemos que Misiones ocupa el lugar 24°, el ultimo, Chaco el 23° y Corrientes el 22°, mientras Formosa está en el lugar 15°, en el monto recibido como gastos de la Nación por jurisdicción.
Mientras el promedio del Gasto Nacional per cápita en todas las Juridiscciones es de $3.511, un monto que sólo seis de ellas lo superan, mientras las restantes 18 provincias están por debajo del promedio. En los valores mínimos, se observa que Misiones y Chaco no llegan ni a la mitad del promedio nacional, mientras que Corrientes apenas lo supera. En otro extremo la Ciudad de Buenos Aires recibe más de 6 veces el promedio, mientras que Santa Cruz recibe más de dos veces el promedio nacional.
Si no se incluye al NEA en el Gasoducto, con los fondos presupuestarios que le corresponden como asiento principal de la obra, seguiremos relegando a su población, y castigando a la región menos desarrollada, que tiene los menores ingresos promedio y sufre los indicadores sociales más negativos del país.
Una distribución altamente in equitativa de los gastos en infraestructura , seguirá acentuando el proceso de concentración de la riqueza que ya sufre, dramáticamente, nuestro país, y que se pretende disimular prometido inversiones que luego no se realizan.
Durante los últimos presupuestos nacionales y tomando como variables los niveles de ingreso per cápita y la densidad poblacional, el grupo de provincias más perjudicado resultó siempre el de bajos ingresos y alta densidad es decir, las provincias que presentan las más altas tasas de pobreza de nuestro país.
Además se profundizan las intenciones de inversión para el grupo integrado por Buenos Aires, Ciudad de Buenos Aires, Córdoba, Mendoza y Santa Fe.
En el grupo de altos ingresos y baja densidad poblacional, formado por Chubut, La Pampa, Neuquen, Río Negro, Santa Cruz, San Luis, y Tierra del Fuego, también se incrementó la participación desde el 16,2% en 2001/2002 hasta el 17, 6% en el 2005/2006.
Los dos grupos de provincias de bajos ingresos han disminuido su participación en la distribución de la inversión pública nacional.
Así, el bloque de bajos ingresos y alta densidad poblacional que integran Chaco, Corrientes, Entre Ríos, Jujuy, Misiones, y Tucumán, caerá también desde un 19, 6 % en 2001/2002 al 13,6% de la inversión estatal en infraestructura.
Desde ya queda demostrado que no tenemos un sistema de inversiones publicas nacionales, donde las obras se ordenen por criterios de rentabilidad económica o social o por la búsqueda de equilibrios entre las regiones.
Aquellas provincias más pobres, que necesitan mayor inversión son las que menos reciben.
Son las provincias que tienen menores índices de desarrollo humano, de muy poca infraestructura y que con las actuales políticas no lograrán salir de la situación en la que se encuentran.
Es necesario poner fin al criterio de seguir concentrando riqueza en aquellas jurisdicciones políticamente convenientes, las que tienen poderío económico o político, estando ausente el sentido de equidad, justicia distributiva y el fomento del desarrollo,
En materia de inversiones en infraestructura, el Noreste Argentino reclama un nuevo trato para su desarrollo de parte de los poderes centrales. Para ello debemos contar con la comprensión federal y una fuerte decisión política nacional que vuelque los recursos necesarios, con una visión estratégica de país integrado social y territorialmente.
Es en el marco de dichas convicciones que resulta indispensable incorporar a las ciudades de Resistencia, Formosa, Corrientes y Posadas, como legítimas beneficiarias del Gasoducto del Noreste Argentino (GNEA).
Por todo lo expuesto, solicito el apoyo de mis pares para la aprobación del presente proyecto de ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
BEVERAGGI, MARGARITA BEATRIZ CHACO UCR
SOTO, GLADYS BEATRIZ CHACO FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
PORTELA, AGUSTIN ALBERTO CORRIENTES UCR
URLICH, CARLOS CHACO UCR
BAYONZO, LILIANA AMELIA CHACO UCR
MORANTE, ANTONIO ARNALDO MARIA CHACO FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
ARBO, JOSE AMEGHINO CORRIENTES PARTIDO LIBERAL DE CORRIENTES
ROLDAN, JOSE MARIA CORRIENTES FRENTE DE TODOS
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
ENERGIA Y COMBUSTIBLES (Primera Competencia)
OBRAS PUBLICAS
PRESUPUESTO Y HACIENDA
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados MOCION DE PREFERENCIA PARA LA PROXIMA SESION CON DICTAMEN (AFIRMATIVA) 27/08/2008
Diputados SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DEL DIPUTADO ARBO (A SUS ANTECEDENTES) 27/08/2008
Diputados SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DEL DIPUTADO ROLDAN (A SUS ANTECEDENTES) 03/09/2008