PROYECTO DE TP


Expediente 3133-D-2008
Sumario: CREACION DEL PLAN NACIONAL DE PREVENCION, ASISTENCIA, TRATAMIENTO Y REHABILITACION DE LAS PERSONAS CON TRASTORNOS ALIMENTARIOS COMO LA BULIMIA Y LA ANOREXIA.
Fecha: 12/06/2008
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 65
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


Articulo 1º : Esta ley tiene por objeto crear el Plan Nacional de Prevención, Asistencia, Tratamiento y rehabilitación de las personas con Trastornos alimentarios tales como la bulimia y la anorexia, destinado a todos los habitantes de la Republica Argentina.
Articulo 2º : El Ministerio de Salud de la Nación será el organismo de aplicación y el encargado de planificar, ejecutar y fiscalizar las acciones del programa.
Articulo 3º : El órgano de aplicación establecerá los mecanismos que considere apropiados para prevención y asistencia de los factores causantes de la bulimia y anorexia
Articulo 4°: El programa creado por la presente ley tiene los siguientes objetivos.
a: Contribuir a la prevención y al control de la bulimia y anorexia, y priorizar acciones requeridas, con la finalidad de contener el avance de las patologías y los daños consecuentes.
b: Entender en lo que refiere a la investigación relacionada con la prevención, diagnostico y tratamiento de estos trastornos, como así también el seguimiento en los aspectos sociales y laborales
c: Realizar estudios estadísticos que abarquen todo el país con el fin de evaluar y supervisar el cumplimiento y eficacia del programa.
d: Para la prevención y control de estos trastornos, promoverá la capacitación de profesionales y técnicos de la salud para un adecuado desempeño
e: Difusión dirigida a toda la población sobre las características y riesgos de la bulimia y la anorexia, sus formas de prevención e información sobre los servicios a los que toda persona pueda recurrir, mediante difusión masiva contando con todos los medios de comunicación
f: Promover la participación de organizaciones no gubernamentales, en las acciones previstas en el presente programa.
g: Suscribir convenios con las provincias y con la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para la organización e implementación del programa.
Articulo 5°: El Ministerio de Salud deberá supervisar la publicidad de productos alimenticios, medicamentos e industria, con la finalidad de evitar que se induzca a través de ellas a conductas y/o practicas favorecedoras de la bulimia o la anorexia. Tales como:
a)En coordinación con el órgano de aplicación, exigir a los fabricantes de ropa la confección de las mismas en todos los talles.
b)Incluir a los laxantes, diuréticos y todos los productos promocionados como métodos adelgazantes dentro de los medicamentos de venta bajo receta.
c)Prohibir la publicación de dietas en revistas, diarios, Internet, televisión, radio u otros medios de comunicación masiva de manera indiscriminada sin el respaldo de un profesional matriculado especialista en nutrición
d)Controlar todos los alimentos de consumo de la población, poniendo especial énfasis en aquellos ofrecidos como dietéticos.
e)Prohibir a todos los medios masivos de comunicación televisivos, gráficos, cinematográficos, radiales, Internet, publicidad en vía publica y escaparates de negocios, la publicación de modelos femeninos y/p masculinos cuyo peso corporal sea menor al limite inferior del rango aceptado, de acuerdo a su estatura, por las tablas medicas elaboradas por las academias científicas especializadas
f)Prohíbase la participación de hombres y mujeres que no tengan el peso corporal mínimo adecuado a su talla, indicado en el inciso 5°, en los llamados " desfiles de modelos" en exhibiciones publicas.
Articulo 6º: El Poder Ejecutivo gestionara ante el Consejo Federal de Educación la incorporación de los contenidos educativos referidos a la bulimia y anorexia a los planes de estudio correspondientes a la enseñanza en los niveles EGB, Polimodal y/o Secundarios y Terciarios en todos los establecimientos escolares públicos y/o privados.
Articulo 7º: Los agentes de salud comprendidos en las leyes 23.660 y 23.661, las organizaciones de la seguridad social y las entidades de medicina prepaga deberán incorporar como prestaciones obligatorias a brindar a sus afiliados y/o beneficiarios, la cobertura total e integral e interdisciplinaria del abordaje y tratamiento de la bulimia y anorexia.
Articulo 8º: Los agentes de salud comprendidos en las leyes 23.660 y 23661 gestionaran el recupero de los gastos a través de la A.P.E ( Administración de Programas Especiales)
Articulo 9º: El Poder Ejecutivo Nacional redistribuirá las partidas presupuestarias a los fines del cumplimiento de la presente ley
Articulo 10º: La presente Ley entrara en vigencia a los 90 días de su promulgación plazo dentro del cual el Poder ejecutivo procederá a su reglamentación.
Articulo 11º: Comuníquese al Poder Ejecutivo

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


La salud es un estado de equilibrio entre el cuerpo, la mente y el ambiente que nos rodea, un estado completo de bienestar físico, mental y social. Bienestar físico que nos permite desarrollar nuestras actividades; bienestar mental que nos hace capaces de adaptarnos al mundo cambiante que nos rodea; bienestar social que nos permita disfrutar de la vida en comunidad.
La enfermedad es la perdida del estado de bienestar físico, mental y social con un deterioro de la salud del organismo humano.
Todas las enfermedades implican un debilitamiento del sistema natural de defensa del organismo o de aquellos que regulan el medio interno; incluso cuando la causa se desconoce, casi siempre se puede explicar una enfermedad en términos de los procesaos fisiológicos o mentales que se alteran.
Según la clasificación internacional de enfermedades de la Organización Mundial de la Salud, la anorexia nerviosa y la bulimia se inscriben en al categoría de "trastornos mentales y del comportamiento", siendo la única diferencia que existe entre ellas (según la clasificación internacional que se encarga de enfermedades mentales) el peso corporal. Esto significa que en el caso de la anorexia, la persona tiene un peso corporal por debajo del normal. En cambio, en el caso de la bulimia, la persona afectada tiene un peso corporal normal
De acuerdo a la OMS en la clasificación de trastornos mentales, la anorexia nerviosa se define como (un trastorno caracterizado por la presencia de la perdida deliberada de peso, inducida o mantenida por el mismo enfermo)s. El trastorno se acompaña de desnutrición de intensidad
variable, lo cual acarrea como consecuencia alteraciones endocrinas y metabólicas así como una serie de trastornos funcionales, constituyéndose en una patología de alta frecuencia entre los adolescentes.
Cabe informar que la Anorexia nerviosa se puede clasificar en dos tipos:
1. Anorexia restrictiva, en la cual la persona solamente disminuye su ingesta de alimentos sin tener comportamientos como comer compulsivamente, purgarse, inducirse el vómito, laxarse, usar diuréticos, hacer ejercicio en forma excesiva, etc.
2. Anorexia purgativa y/o con ingesta compulsiva: durante el episodio de anorexia, se han tenido comportamientos compensatorios como comer compulsivamente, purgarse, inducirse el vómito, laxarse, usar diuréticos, hacer ejercicio en forma excesiva, etc.
La bulimia nerviosa es un síndrome caracterizado por episodios repetidos de ingesta excesiva de alimentos y por una preocupación exagerada de control del peso corporal, lo que lleva al enfermo a tomar medidas extremas para mitigar el aumentos de peso producido por la ingesta de comida. Los vómitos repetidos pueden dar lugar a trastornos del equilibrio electrolítico, a complicaciones somáticas (letanías, crisis cardiacas o debilidad muscular) y a una mayor perdida de peso. Esta patología se caracteriza por la presencia de atracones recurrentes, conductas compensatorias como vómitos, abuso de laxantes y/ u otros ejercicios físicos violentos.
Estas dos patologías alimentarías pueden encontrarse en todas las razas, en todas las clases sociales y situaciones económicas; su peor consecuencia deriva en la muerte, aunque su tratamiento a tiempo puede curar definitivamente la enfermedad.
Según la OMS, a pesar de que las causas fundamentales de la bulimia y la anorexia nerviosa siguen sin conocerse, existe una evidencia cada vez mayor de que los factores socio culturales y biológicos interactúan entre sí contribuyen a su presentación, además de la participación de mecanismos psicológicos menos específicos y una vulnerabilidad de la personalidad. Entiendo así que ambos son consecuencia de factores multicausales
Las estadísticas reflejan que uno de cada 25 adolescentes sufren algún desorden alimentario y de ellas, el 10% padecen de bulimia y/o anorexia.
En cuanto al contexto mundial, la Argentina, es el segundo país después de Japón con los índices más altos de casos de bulimia y anorexia en el mundo- La Argentina es el segundo país del mundo con el mayor consumo de anorexigenos. Por delante, solo se ubica Brasil. El dato figura en el informe anual 2006 de la Junta Internacional de Fiscalización de Estupefacientes (JIFE) que es el ente encargado de vigilar la aplicación de los tratados de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) para la fiscalización de drogas.
Los anorexigenos son estimulantes que suprimen el apetito o la sensación de hambre. Según el informe, su consumo puede crear dependencia , y como estimulan el sistema nervioso central, su uso indiscriminado puede producir graves efectos nocivos. Según el informe el 1,18% de los argentinos consume a diario anorexigenos, lo que equivale a unas 400.000 personas.
mujeres jóvenes están sometidas a intensas y profundas presiones para cambiar su figura corporal, impulsadas por el deseo de imitación de modelos y personajes mediáticos o motivadas por la publicidad comercial.
Causas
Sus causas son variadas pues se asocian factores biológicos, genéticos, interpersonales, familiares y socioculturales.
Biológicos y genéticos: al superar la pubertad existe un aumento del tejido adiposo y una mayor preocupación por la obesidad (aumento de peso) entre los pares, que predispone a comenzar una dieta.
Interpersonales/psicológicos: generalmente son jóvenes con baja autoestima (no se valoran) y altos niveles de ansiedad. Suelen ser introvertidos, obsesivos y perfeccionistas, con tendencias dominantes
Familiares: en la adolescencia los jóvenes desarrollan independencia y autonomía, como modo de preparación para la separación de la familia. Las alteraciones familiares que impiden este proceso evolutivo son un factor importante en estas enfermedades. Suele haber sobreprotección, pegoteo, rigidez. Se describe a la madre como una figura a menudo dominante y a un padre distante.
Socioculturales: generalmente las adolescentes y mujeres jóvenes están sometidas a intensas y profundas presiones para cambiar su figura corporal. Los medios de comunicación enfatizan la relación entre la delgadez y el éxito. Los talles de la ropa para jóvenes son cada vez más reducidos. Las presiones socioculturales en adolescentes vulnerables pueden contribuir a la aparición de un trastorno como defensa contra las realidades atemorizantes de esta etapa.
PERFIL DEL ENFERMO
EL PACIENTE ANORÉXICO:
*Falta de conciencia de la enfermedad.
*Miedo intenso a la obesidad.
*Distorsión del esquema corporal (se ven gordos a pesar de tener bajo peso).
*Rechazo a mantener el peso en nivel normal.
*Caída del cabello.
*Amenorrea, piel seca.
*Hipotensión - Hipotermia.
*Cortado de los alimentos en trozos pequeños.
*Ingesta lenta.
*Masticado largo antes de tragar.
*Preferencia por porciones muy pequeñas.
p estiloCSS="text-align:left;margin-left:0">*Ocultamiento de la comida.
*Consumo de anorexígenos, laxantes y/diuréticos.
*Recuento de las calorías.
*Rituales con la comida.
*Hiper actividad para bajar de peso.
*Aislamiento social.
*Irritabilidad en el carácter.
*Depresión en el 40 ó 45 % de los casos.
*Conductas obsesivas.
*Extrema autoexigencia.
*Rechazo a la sexualidad.
*Atracones.
*Uso de ropa suelta (se tapan el cuerpo).
EL PACIENTE BULÍMICO:
*Episodios recurrentes de voracidad.
*Conciencia de que el patrón alimentario es anormal.
*Sentimiento de no poder con la ingesta.
*Oscilaciones significativas de peso.
*Deterioro de piezas dentarias en vomitadores.
*Alternancia con ciclos restrictivos.
*Conductas compensatorias como escupir, abuso de laxantes, abuso de líquidos para compensar el hambre o provocar el vómito.
*Ayuno.
*Hiper actividad.
*Cortado de los alimentos en trozos grandes, ingesta rápidamente.
*Apenas mastican o tragan sin masticar.
*Preferencia por grandes porciones.
*Abulia.
*Engrosamiento glandular (parótida) en vomitadores.
*Carácter irritable.
*Sentimiento de culpa.
*Comidas a escondidas.
*Robo para comprar comidas.
*Obsesión por la silueta y el peso.
*Oscilación entre la autoexigencia y el abandono.
*Oscilación entre la euforia y la depresión.
*Abandono frecuente de todo emprendimiento.
Tratamiento
Todo tratamiento exitoso debe ser capaz de manejar los aspectos médicos, nutricionales, psicológico individual y dinámico- familiar.
SI LA ENFERMEDAD NO SE TRATA, según la OMS, un 15% muere a causa de estas patologías.
El tratamiento de la anorexia nerviosa irá encaminado a corregir el déficit nutricional y hacia el área psicológica y debe ser realizado por un equipo de especialistas; en ocasiones el deterioro nutricional obligará a ingresar al enfermo para aportarle las adecuadas calorías.
Cuando se consigue nutrir a estas pacientes mejoran mucho desde el punto de vista psicológico. Los padres se enfrentan a un verdadero infierno a la hora de las comidas, porque ellas se niegan a comer lo que el médico les ha mandado, se recomienda entonces a los padres que les sirvan el menú prescrito por orden médica sin entablar disputas al respecto. La terapia familiar suele ser de gran utilidad para recuperar tanto a la paciente, como la unidad familiar, dado que esta enfermedad desestructura profundamente a la familia. Es fundamental no perder la paciencia con ellas, ni la esperanza de curación.
No se ha encontrado ninguna medicación que corrija el temor irracional al aumento de peso. Por último, no olvidar que la tasa de mortalidad de la anorexia nerviosa es superior a la de cualquier otra enfermedad psiquiátrica, incluyendo la depresión.
Actualmente el programa medico obligatorio (PMO) non cubre la prevención, el tratamiento y la consecuencias y/o derivaciones de las mencionadas patologías, debiendo las personas afectadas afrontar en forma particular el correspondiente tratamiento, medicación y demás consecuencias derivadas de la enfermedad, lo que resulta altamente oneroso.
Por tal razón, es de suma importancia asumir el compromiso de aprobar el presente proyecto y respaldar física, mental, psicológica y económicamente a las personas afectadas por dichas patologías. Es por ello, que solicito el apoyo de mis pares en la aprobación del presente proyecto de ley de bulimia y anorexia
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
BIANCHI, IVANA MARIA SAN LUIS FRENTE JUSTICIA UNION Y LIBERTAD - FREJULI
LUSQUIÑOS, LUIS BERNARDO SAN LUIS FRENTE JUSTICIA UNION Y LIBERTAD - FREJULI
ACUÑA, HUGO RODOLFO NEUQUEN MOV POP NEUQUINO
SPATOLA, PAOLA ROSANA BUENOS AIRES GUARDIA PERONISTA
TOMAZ, ADRIANA ELISA BUENOS AIRES UNIDAD FEDERALISTA
MERLO, MARIO RAUL SAN LUIS FRENTE JUSTICIA UNION Y LIBERTAD - FREJULI
ALBRISI, CESAR ALFREDO CORDOBA FRENTE JUSTICIA UNION Y LIBERTAD - FREJULI
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
PREVENCION DE ADICCIONES Y CONTROL DEL NARCOTRAFICO (Primera Competencia)
ACCION SOCIAL Y SALUD PUBLICA
PRESUPUESTO Y HACIENDA
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha Movimiento Resultado
19/11/2008 CONTINUACIÓN DE ESTUDIO Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría
10/03/2009 CONTINUACIÓN DE ESTUDIO Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría
05/08/2009 INICIACIÓN DE ESTUDIO Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría