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PROYECTO DE TP


Expediente 3105-D-2015
Sumario: EMERGENCIA PUBLICA POR VIOLENCIA DE GENERO. SE DECLARA EN TODO EL TERRITORIO NACIONAL POR EL TERMINO DE DOS AÑOS PRORROGABLES.
Fecha: 01/06/2015
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 60
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


LEY DE EMERGENCIA PÚBLICA POR VIOLENCIA DE GÉNERO
ARTICULO 1.- Declárase el estado de emergencia pública por violencia de género durante el término de dos años prorrogables por el Congreso en todo el Territorio de la Nación.
ARTÍCULO 2.- Autorícese al Poder Ejecutivo Nacional a disponer las partidas presupuestarias necesarias para implementar las medidas pertinentes para hacer frente a la emergencia declarada por la presente.
ARTÍCULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


La cultura machista genera violencia y este tema ha tomado dimensiones alarmantes. A diario nos enteramos de mujeres de todas las edades que son violadas, quemadas, torturadas, golpeadas y asesinadas con alevosía.
En el 2015 somos testigos de la sistemática violación de los derechos humanos de las mujeres, el Estado de manera integral debe dar cuenta de este flagelo e interponer las medidas necesarias para erradicarlo.
Esta casa ha avanzado en la aprobación de leyes cuyo fin último es proteger y erradicar todo tipo de violencia hacia la mujer. En este sentido podemos mencionar el amplio consenso de los líderes de todas las fuerzas políticas cristalizado en la aprobación de la Ley de Femicidios, la Ley contra la Trata y la Ley de Protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales entre otras iniciativas parlamentarias.
Ahora bien, es menester que el Poder Ejecutivo haga pleno uso de sus facultades y dote a dichas leyes de capacidad operativa, para lo que es necesario la reglamentación de todos los artículos y disposiciones en ellas volcados. De igual modo se tienen que destinar las partidas presupuestarias necesarias para el cumplimiento de lo estipulado en dichas normas.
Además de la legislación vigente se deben implementar mecanismos efectivos de protección en todo el territorio nacional. Entendemos pertinente declarar la emergencia pública y que el Poder Ejecutivo disponga las acciones necesarias para proteger la integridad física y moral de las mujeres.
Por todo lo expuesto solicito a mis pares la aprobación del presente Proyecto de Ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
BULLRICH, PATRICIA CIUDAD de BUENOS AIRES UNION PRO
SCHMIDT LIERMANN, CORNELIA CIUDAD de BUENOS AIRES UNION PRO
SPINOZZI, RICARDO ADRIAN SANTA FE UNION PRO
PRADINES, ROBERTO ARTURO MENDOZA DEMOCRATA DE MENDOZA
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA (Primera Competencia)
PRESUPUESTO Y HACIENDA