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PROYECTO DE TP


Expediente 3095-D-2009
Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO DISPONGA UN SISTEMA DE DEVOLUCION DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO - I.V.A. - EN BENEFICIO DE LOS MUNICIPIOS Y COMUNAS, EN EL MOMENTO DE LA COMPRA DE MEDICAMENTOS DE USO HUMANO E INSUMOS HOSPITALARIOS REALIZADOS EN LABORATORIOS DE PROPIEDAD DEL ESTADO NACIONAL, PROVINCIAL O MUNICIPAL.
Fecha: 26/06/2009
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 73
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Solicita al Poder Ejecutivo Nacional, que a través de la Administración Federal de Ingresos Públicos (A.F.I.P.), establezca a favor de los Municipios y Comunas, un sistema de reintegro del Impuesto al Valor Agregado ( I.V.A.) abonado en momento de la adquisición de medicamentos e insumos hospitalarios realizados en laboratorios de propiedad del Estado Nacional, Provincial o Municipal.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


La Ley del Impuesto al Valor Agregado (IVA) en su artículo 7 establece que... "Estarán exentas del impuesto establecido por la presente ley, las ventas, las locaciones indicadas en el inciso c) del artículo 3º y las importaciones definitivas que tengan por objeto las cosas muebles incluidas en este artículo y las locaciones y prestaciones comprendidas en el mismo, que se indican a continuación: ... "f) las especialidades medicinales para uso humano cuando se trate de su reventa por droguerías, farmacia u otros establecimientos autorizados por el organismo competente, en tanto dichas especialidades hayan tributado el impuesto en la primera venta efectuada en el país por el importador, fabricante o por los respectivos locatarios en el caso de la fabricación por encargo".
En el presente proyecto solicitamos al Poder Ejecutivo Nacional, que instrumente un sistema de devolución del Impuesto al Valor Agregado en beneficio de los Municipios y Comunas, por aquellas compras de medicamentos de uso humano e insumos hospitalarios realizados en laboratorios oficiales de propiedad del Estado Nacional, Provincial o Municipal, que por tratarse de fabricantes y de primera venta en el país, deben tributar.
La República Argentina cuenta con un complejo sistema tributario en donde el principio de equidad se encuentra disperso y el respeto a la capacidad contributiva de los ciudadanos avasallados impunemente. Las condiciones de extrema regresividad con que se configura la actual estructura impositiva, nos ubica entre los peores del mundo.
Nuestro sistema se basa en impuestos indirectos como el IVA, que pagan todos los ciudadanos por igual, sin importar su capacidad contributiva, mientras que los impuestos que tributan la riqueza y las utilidades sólo representan un bajísimo porcentaje sobre el Producto Bruto Nacional.
En la actualidad, los Municipios y Comunas al adquirir medicamentos en laboratorios públicos, ya sea por licitación pública, compra directa o por convenios entre instituciones públicas, abonan el 21 % correspondiente al Impuesto al Valor Agregado, que los laboratorios adicionan a las facturas, ya que a su vez, han realizado las compras de insumos para la producción tributando el impuesto en cuestión.
En razón de la técnica de liquidación del I.V.A., podemos simplificar que como consecuencia del impuesto, los Municipios y Comunas pagan un 21 % más, por los medicamentos que sus propios laboratorios han producidos o que con el mismo presupuesto invierten un 21 % menos en el rubro.
El sistema de devolución propuesto no puede ser de aplicación compleja, entendemos necesario que el Estado Nacional reintegre, a solicitud de los Municipios y Comunas y con el respaldo de la documentación legal, el monto correspondiente al impuesto abonado, restaurando de ese modo, el equilibrio económico entre diferentes estratos del Estado.
El importante desarrollo que los laboratorios público fabricantes de medicamentos han tenido en nuestro país, lo ubican en muchos casos como principal proveedor de insumos para la salud pública y todos conocemos, que los presupuestos para la atención de la salud pública de los Municipios y Comunas de nuestro país, nunca son holgados, por lo tanto, resulta injustificadamente arbitrario, que un rubro esencial como la compra de medicamentos tribute un 21 % de Impuesto al Valor Agregado, y resulta incongruente además, por tratarse de transacciones entre instituciones que son propiedad del Estado Nacional, Provincial o Comunal.
Este proyecto es una reproducción del Expediente 547-S-09 presentado el Senador Rubén Giustiniani.
Por los fundamentos expresados, solicitamos la aprobación del presente Proyecto.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
FEIN, MONICA HAYDE SANTA FE PARTIDO SOCIALISTA
VIALE, LISANDRO ALFREDO ENTRE RIOS PARTIDO SOCIALISTA
ZANCADA, PABLO V. SANTA FE PARTIDO SOCIALISTA
AUGSBURGER, SILVIA SANTA FE PARTIDO SOCIALISTA
SESMA, LAURA JUDITH CORDOBA PARTIDO SOCIALISTA
CUCCOVILLO, RICARDO OSCAR BUENOS AIRES PARTIDO SOCIALISTA
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
PRESUPUESTO Y HACIENDA (Primera Competencia)