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PROYECTO DE TP


Expediente 3091-D-2011
Sumario: CONVENIO MARCO PARA EL CONTROL DEL TABACO APROBADO POR LA 56 ASAMBLEA MUNDIAL DE LA SALUD DE LA ORGANIZACION MUNDIAL DE LA SALUD (OMS)", EL DIA 21 DE MAYO DE 2003: RATIFICACION.
Fecha: 08/06/2011
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 65
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


Art. 1º.- Ratifíquese el Convenio Marco para el Control del Tabaco aprobado por la 56ª Asamblea Mundial de la Salud de la OMS del 21 de Mayo de 2003.
Art. 2º.- La presente Ley entrará en vigencia a partir de 30 días de su publicación en el Boletín Oficial.
Art. 3º.- De forma

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


La 56ª Asamblea Mundial de la Salud de la OMS del 21 de Mayo de 2003 aprobó el Convenio Marco de la OMS para el Control del Tabaco. Inmediatamente después de haber asumido el Presidente Kirchner solicitamos su firma para el Convenio Marco. En septiembre de 2003, el Presidente Néstor Kirchner lo firmó.
En el año 2003 hemos presentado un proyecto de homologación del Convenio y representado en el año 2005.
Solicitamos la ratificación por parte del Congreso de la Nación en sucesivas presentaciones.
"El Convenio Marco para el Control de Tabaco (CMCT) es el primer Tratado Internacional de Salud Pública por medio del cual la OMS intenta dotar de elementos necesarios para prevenir y proteger a toda la población de esta pandemia adictiva, que es el tabaquismo. Este CMCT tiene un piso y un techo, lo que le permite estar en vigencia y actualidad, permanentemente. El CMCT es un modelo patrón para que los países que lo adopten implementen medidas legislativas para defender la salud pública. En sus inicios en el año 2003 tuvo la adhesión de 168 países de los 192 que conforman la OMS. Hasta mayo de 2008 lo han ratificado 154 países. Ser parte del CMCT da beneficios y oportunidades que nuestro país no los tiene al no haberlo ratificado. Argentina debería comprometerse con el control del tabaco y ratificar rápidamente para ser parte de los países que discuten en la Organización Mundial de la Salud las políticas sanitarias." (Dr. César Di Giano)
Argentina representa el 15% del consumo total de tabaco en América Latina y se encuentra en una fase avanzada de la transición epidemiológica en la epidemia del tabaquismo.
La región del Cono Sur de las Américas lidera el hemisferio en mortalidad atribuible por tabaco.
Argentina es un país en desarrollo con intereses económicos en el cultivo de tabaco y un alto consumo de tabaco en áreas urbanas. En 2000, la prevalencia del consumo de tabaco en adultos fue del 40.4% (46.8% en varones; 34% en mujeres). El mismo año, la prevalencia del consumo de tabaco, en jóvenes de 13 a 15 años de la ciudad de Buenos Aires, fue del 30.2% (27.8 % en varones; 31.8% en mujeres) comparada con 17.7% (17.8% en varones; 17.7% en mujeres) en los Estados Unidos. Argentina posee también una alta prevalencia de consumo de tabaco entre los profesionales de la salud (30% de los médicos y 36.6% de los enfermeros actualmente fuman).
Un estudio multicéntrico llevado a cabo en siete ciudades latinoamericanas en 2004, mostró que la ciudad de Buenos Aires tenía la mayor concentración de nicotina ambiental en hospitales, escuelas, edificios gubernamentales, aeropuertos y restaurantes observados.
De acuerdo al Programa Nacional de Control del Tabaco del Ministerio de Salud y Ambiente de la Argentina, el uso de tabaco causa 40.000 muertes anuales, incluyendo 6.000 debido a la exposición al humo de tabaco ajeno. El costo del tratamiento de las enfermedades relacionadas con el tabaco es de más de 4.330 millones de pesos por año, el cual representa el 15,5% del gasto público total en salud. Mientras tanto, los impuestos al tabaco recaudados por el gobierno son de 3.500 millones de pesos al año.
Final del formulario
Las compañías transnacionales de tabaco, trabajando a través de sus filiales locales, dominan la producción y la comercialización de los cigarrillos en la Argentina. Philip Morris International y British American Tobacco, así como otras compañías transnacionales de tabaco tales como Liggett, Reemtsma, Lorillard y RJ Reynolds International, a través de sus subsidiarias locales Massalín-Particulares y Nobleza-Piccardo, han influenciando activamente las políticas de salud pública en Argentina desde comienzo de los años 1970s. Estas compañías transnacionales de tabaco han utilizado las mismas estrategias en Argentina que en Estados Unidos para bloquear políticas de control del tabaco significativas."
Lo señalado entre comillas corresponde al estudio "La industria tabacalera y su dominio en la formulación de las políticas nacionales sobre control de tabaco en la Argentina 1966-2005" realizado por Joaquín Barnoya, Stanton Glantz, Ernesto M. Sebrie y Eliseo Perez-Stable para el Center for Tobacco Control Research and Education (Universidad de California, San Francisco, USA) que expone brevemente la historia de los fracasos en el cuidado de la salud por parte del Congreso de la Nación. Refieren en la introducción: "El siguiente reporte utiliza tres fuentes principales para describir la interferencia de la industria del tabaco en los esfuerzos por controlar el tabaco en Argentina. Primero, examinamos los documentos de la industria del tabaco que se encuentran disponibles en Internet en las bibliotecas Legacy Tobacco Documents Library (http://legacy.library.ucsf.edu) y British American Tobacco Documents Archive (http://bat.library.ucsf.edu) de la Universidad de California en San Francisco, y en Tobacco Documents Online (www.tobaccodocuments.org).
También utilizamos otras fuentes de información de Internet, los principales periódicos argentinos (Clarín, La Nación, Página 12, La Prensa), revistas locales (Muy Interesante, Revista 23, Somos, Humor, VEA), y la Biblioteca del Congreso de la Nación de la Argentina para ubicar y analizar los textos completos de leyes, proyectos de ley, y otras medidas de control del tabaco.
La historia de los fracasos para legislar sobre tabaco en el Congreso de la Nación es extensa
El primer proyecto de ley sobre tabaco data de 1959 y lo presentó el diputado Juan Carlos Solanas. En el mismo se sancionaba a los anunciantes que por cualquier medio promocionaran el tabaco, los cigarrillos y bebidas alcohólicas y el monto de las multas se depositarían en la cuenta del Instituto de Medicina Experimental. Esos fondos se destinarían a la educación sanitaria sobre los peligros del uso de tabaco y alcohol y a la realización de estudio para la prevención y tratamiento del cáncer.
En 1966. el proyecto del diputado Julio Antún y otros, que no fue aprobado; requería la colocación obligatoria de una etiqueta de advertencia sanitaria en todos los paquetes de cigarrillos.
En 1970, el gobierno promulgó la Ley 18.604 que ponía fin a la publicidad de los cigarrillos en la radio, la televisión y los cines, y establecía multas para los infractores. Sin embargo, esta ley estuvo en vigencia sólo durante un año
.En 1973 el proyecto de ley del diputado Pedro José Freschi y en 1974 el del senador D.A. Frois, dos proyectos que no prosperaron requerían la colocación de una etiqueta de advertencia sanitaria en los envases de los productos de tabaco y en su publicidad.
En 1974 los diputados A. Bonifatti y A.Pereira presentaron un proyecto de declaración por el cual se solicitaba limitar la publicidad de tabaco en radios y televisión
Hubo un proyecto de resolución del diputado E.R. Campos que en 1975 solicitaba que se pusieran advertencias sobre peligros que ocasionaba el tabaco.
En 1977, de la misma manera que en los Estados Unidos y otros países del mundo, la Cámara de la Industria del Tabaco creó voluntariamente un Código de Autorregulación Publicitaria. Durante los años 1980s se intensificaron los esfuerzos para aprobar una legislación restrictiva a la vez que se originaba una controversia con la industria sobre tabaco y salud. La consecuencia más clara de ese período es que comenzó a cambiar la conciencia social sobre el acto de fumar que gradualmente pasó de ser una conducta aprobada y estimulada, a la común y creciente consideración social de tratarse de un consumo dañino para la salud y que de ninguna manera el fumar estaba relacionado con el éxito o con el rendimiento deportivo.
En 1984, el diputado Lorenzo Pepe introdujo un proyecto fuertemente restrictivo que avivó la polémica. En 1986 el Congreso Nacional aprobó la Ley 23.344 que esencialmente modificó el Código de Autorregulación Publicitaria de la industria del tabaco y requirió la colocación de una etiqueta de advertencia sanitaria "Fumar es perjudicial para la Salud" en los paquetes de cigarrillos.
En 1992 la 8va Conferencia Mundial sobre Tabaco o Salud se llevó a cabo en la ciudad de Buenos Aires. Activistas locales para el control del tabaco presionaron para la aprobación en el Congreso de una ley amplia la que había sido introducida en 1990 por el Diputado Nacional Aldo Neri. Al mismo tiempo, Philip Morris International y British American Tobacco se involucraron en una discusión sobre los efectos de la exposición pasiva al humo de tabaco que logró lo contrario de lo que la industria se proponía, resultando en una postura social "proactiva" de los no fumandores.
Es en ese marco general que el 30 de septiembre de 1992, la Ley Neri fue sancionada y 10 días después, vetada por el presidente Menem.
Desde mediados de los años 1990s la industria del tabaco ha estado promoviendo su programa de "acomodación" conocido como "La Cortesía de Elegir" o "Convivencia en Armonía", para evitar legislación que pusiera fin a la exposición pasiva al humo de tabaco ajeno en restaurantes y bares, y para mantener la aceptación social del consumo de tabaco.
Desde 1997 la industria del tabaco ha estado promoviendo programas de "prevención del uso de tabaco en jóvenes"(tales como "Yo Tengo PODER." y "Yo NO Vendo Cigarrillos a Menores de 18 Años") para evitar campañas educativas antitabaco por parte del gobierno y para desplazar el foco de atención por la responsabilidad que la industria tiene, a través de la publicidad y comercialización de sus productos, en el incremento del uso de tabaco entre los jóvenes.
Como eje central de nuestra fundamentación reproducimos el Preámbulo del Convenio Marco de la OMS. Destacamos la importancia del mismo y su claridad conceptual.
Preámbulo:
"Las Partes en el presente Convenio,
Determinadas a dar prioridad a su derecho de proteger la salud pública,
Reconociendo que la propagación de la epidemia de tabaquismo es un problema mundial con graves consecuencias para la salud pública, que requiere la más amplia cooperación internacional posible y la participación de todos los países en una respuesta internacional eficaz, apropiada e integral,
Teniendo en cuenta la inquietud de la comunidad internacional por las devastadoras consecuencias sanitarias, sociales, económicas y ambientales del consumo de tabaco y de la exposición al humo de tabaco en el mundo entero,
Seriamente preocupadas por el aumento del consumo y de la producción de cigarrillos y otros productos de tabaco en el mundo entero, particularmente en los países en desarrollo, y por la carga que ello impone en las familias, los pobres y en los sistemas nacionales de salud,
Reconociendo que la ciencia ha demostrado inequívocamente que el consumo de tabaco y la exposición al humo de tabaco son causas de mortalidad, morbilidad y discapacidad, y que las enfermedades relacionadas con el tabaco no aparecen inmediatamente después de que se empieza a fumar o a estar expuesto al humo de tabaco, o a consumir de cualquier otra manera productos de tabaco,
Reconociendo además que los cigarrillos y algunos otros productos que contienen tabaco están diseñados de manera muy sofisticada con el fin de crear y mantener la dependencia, que muchos de los compuestos que contienen y el humo que producen son farmacológicamente activos, tóxicos, mutágenos y cancerígenos, y que la dependencia del tabaco figura como un trastorno aparte en las principales clasificaciones internacionales de enfermedades,
Reconociendo también que existen claras pruebas científicas de que la exposición prenatal al humo de tabaco genera condiciones adversas para la salud y el desarrollo del niño,
Profundamente preocupadas por el importante aumento del número de fumadores y de consumidores de tabaco en otras formas entre los niños y adolescentes en el mundo entero, y particularmente por el hecho de que se comience a fumar a edades cada vez más tempranas,
Alarmadas por el incremento del número de fumadoras y de consumidoras de tabaco en otras formas entre las mujeres y las niñas en el mundo entero y teniendo presente la necesidad de una plena participación de la mujer en todos los niveles de la formulación y aplicación de políticas, así como la necesidad de estrategias de control del tabaco específicas en función del género,
Profundamente preocupadas por el elevado número de miembros de pueblos indígenas que fuman o de alguna otra manera consumen tabaco,
Seriamente preocupadas por el impacto de todas las formas de publicidad, promoción y patrocinio encaminadas a estimular el consumo de productos de tabaco,
Reconociendo que se necesita una acción cooperativa para eliminar toda forma de tráfico ilícito de cigarrillos y otros productos de tabaco, incluidos el contrabando, la fabricación ilícita y la falsificación,
Reconociendo que el control del tabaco en todos los niveles, y particularmente en los países en desarrollo y en los países con economías en transición, necesita de recursos financieros y técnicos suficientes adecuados a las necesidades actuales y previstas para las actividades de control del tabaco,
Reconociendo la necesidad de establecer mecanismos apropiados para afrontar las consecuencias sociales y económicas que tendrá a largo plazo el éxito de las estrategias de reducción de la demanda de tabaco,
Conscientes de las dificultades sociales y económicas que pueden generar a mediano y largo plazo los programas de control del tabaco en algunos países en desarrollo o con economías en transición, y reconociendo la necesidad de asistencia técnica y financiera en el contexto de las estrategias de desarrollo sostenible formuladas a nivel nacional,
Conscientes de la valiosa labor que sobre el control del tabaco llevan a cabo muchos Estados y destacando el liderazgo de la Organización Mundial de la Salud y los esfuerzos desplegados por otros organismos y órganos del sistema de las Naciones Unidas, así como por otras organizaciones intergubernamentales internacionales y regionales en el establecimiento de medidas de control del tabaco,
Destacando la contribución especial que las organizaciones no gubernamentales y otros miembros de la sociedad civil no afiliados a la industria del tabaco, entre ellos órganos de las profesiones sanitarias, asociaciones de mujeres, de jóvenes, de defensores del medio ambiente y de consumidores e instituciones docentes y de atención sanitaria, han aportado a las actividades de control del tabaco a nivel nacional e internacional, así como la importancia decisiva de su participación en las actividades nacionales e internacionales de control del tabaco,
Reconociendo la necesidad de mantener la vigilancia ante cualquier intento de la industria del tabaco de socavar o desvirtuar las actividades de control del tabaco, y la necesidad de estar informados de las actuaciones de la industria del tabaco que afecten negativamente a las actividades de control del tabaco,
Recordando el artículo 12 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, adoptado por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 16 de diciembre de 1966, en el que se declara que toda persona tiene derecho al disfrute del más alto nivel posible de salud física y mental,
Recordando asimismo el preámbulo de la Constitución de la Organización Mundial de la Salud, en el que se afirma que el goce del grado máximo de salud que se pueda lograr es uno de los derechos fundamentales de todo ser humano sin distinción de raza, religión, ideología política o condición económica o social,
Decididas a promover medidas de control del tabaco basadas en consideraciones científicas, técnicas y económicas actuales y pertinentes,
Recordando que en la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 18 de diciembre de 1979, se establece que los Estados Partes en dicha Convención adoptarán medidas apropiadas para eliminar la discriminación contra la mujer en la esfera de la atención médica,
Recordando además que en la Convención sobre los Derechos del Niño, adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 20 de noviembre de 1989, se establece que los Estados Partes en dicha Convención reconocen el derecho del niño al disfrute del más alto nivel posible de salud."
No hemos podido ser una de "las Partes", pero tenemos la obligación de responder ante nuestro pueblo y legislar por el mandato que nos han concedido. Acorde a la OMS sostenemos la obligación de "Proteger a las generaciones presentes y futuras del consumo de tabaco y de la exposición al humo de tabaco". La O.M.S. (Organización Mundial de la Salud) da cifras alarmantes respecto a la proyección de muertes causadas directa o indirectamente por el cigarrillo para la primera mitad del Siglo XXI. Morirán más de diez millones de personas por año. Actualmente mueren cinco millones por causa del tabaco.
En Argentina, tenemos porcentajes altísimos de personas que fuman: un 40% entre dieciséis (16) y sesenta y cuatro (64) años. La tendencia es creciente entre los adolescentes y las mujeres.
Saludamos que desde el Ministerio de Salud y Ambiente se desarrollen programas para la prevención del tabaquismo y señalamos que el Congreso de la Nación está en deuda.
En el mes de septiembre de 2005 y hasta la fecha, el proceso de ratificación del Convenio Marco permaneció estancado en el Senado argentino a pesar de las sucesivas presentaciones de proyectos.
El 30 de mayo de 2008 se realizó en el Auditorio del Anexo de la Cámara de Diputados una Jornada donde se destacó la necesidad de ratificación del Convenio Marco para el Control del Tabaco.
Los especialistas objetaron que el Congreso no hubiera ratificado el Convenio Marco, que habían firmado 154 países y advirtieron sobre el riesgo de sanción de leyes antitabaco "suaves", promovidas por las empresas para frenar las legislaciones más duras.
El Día Mundial Sin Tabaco del año 2008 encontró a la Argentina en una grave encrucijada: existía la posibilidad de que el Congreso de la Nación aprobara una ley para establecer espacios libres de humo y prohibir la publicidad de tabaco en todo el país, pero también existía el riesgo de que se aprobara "una ley light, ineficaz, que sería todavía peor que nada", advirtió en su momento el titular de la Asociación Argentina de Tabacología. La legislación "peor" se parecería a la que obtuvo media sanción en el Senado bonaerense y fue rechazada por todas las entidades del área.
"La falta de ratificación debería preocupar a la población y al Gobierno -requirió Gustavo Zabert, presidente de la Asociación Argentina de Medicina Respiratoria- hay evidencia científica de que las medidas que propone logran disminuir el consumo. Pero, también es evidente, las compañías tabacaleras internacionales y los productores argentinos de tabaco lograron influir sobre instancias políticas de la Nación para frenarlo. Entretanto, en la Argentina mueren 40.000 personas cada año por fumar y 6000 mueren por el humo de tabaco ambiental."
El coordinador del Programa Nacional de Control del Tabaco del Ministerio de Salud de la Nación, Dr. Mario Virgolini, admitió que "la Argentina quedó totalmente rezagada a nivel internacional; con Surinam, somos los únicos países de América Latina que no ratificaron el Convenio Marco. Además de las 40.000 personas que mueren, cada año se pierde un total de 800 mil años de vida saludable por causa de las enfermedades y discapacidades que causa el tabaco".
Queremos destacar que en la Jornada del 30 de mayo de 2008, Día Mundial Sin Tabaco, se señaló que más de 14 millones de habitantes en la Argentina cuentan con normativas de protección del humo de tabaco, dictadas por provincias o municipios: Provincias de Santa Fe, Tucumán, Córdoba, Mendoza y Neuquén, Municipios de Bahía Blanca, Rosario, Corrientes, San Martín de los Andes, Ushuaia, Berazategui. Se criticó que la ley de la Ciudad de Buenos Aires no fuera ciento por ciento libre de humo ya que se permitía fumar en bares y restaurantes en espacios delimitados cuando cumplían con la normativa vigente.
Hoy podemos saludar que esto se haya modificado en la legislación vigente ya que desde el 1º de enero de 2011 rige para la Ciudad de Buenos Aires la obligatoriedad del 100% libre de humo en bares y restaurantes
En el año 2008 el Día Mundial Sin Tabaco se abocó a los jóvenes ya que tienen el riesgo de ser los nuevos consumidores que las tabacaleras requieren para reemplazar a los 40 mil que mueren por año. El mejor candidato es quien tiene toda la vida por delante y por eso los jóvenes son el primer target del marketing.
Consideren que al día 20 de marzo de 2009, según la página web de la O.M.S. (Organización Mundial de la Salud), habían ratificado el Convenio 164 países de los 168 que firmaron en 2003. Estamos en marzo de 2011 y en la región, Argentina es el único país de América del Sur que aún no lo ha hecho y es uno de los 16 países en todo el mundo, sobre un total de l83, que sigue sin ratificarlo. Cabe recordar que por ese acuerdo cada país se compromete a prohibir la publicidad de las tabacaleras, aumentar los impuestos al tabaco para desalentar el consumo y fomentar la creación de ambientes totalmente libres de humo.
En Argentina, fuma el 33,4 por ciento de la población de 18 a 64 años, según datos oficiales. Mario Virgolini, coordinador del Programa Nacional de Control del Tabaco, señaló en mayo de 2009 que si bien "se ha avanzado en el control de tabaco, tenemos una tendencia declinante de prevalencia pero no de descenso del consumo". Además, sostuvo que para frenar esta epidemia, aun faltan "herramientas legales, una revisión amplia de la publicidad, advertencias sanitarias en los paquetes, ratificar el Convenio Marco de la OMS e impuestos altos al tabaco".
Para el coordinador del Programa Nacional de Control del Tabaco, "de alguna manera la industria compensa nuestros aciertos filtrándose a través de la publicidad y bajando los precios para ganar mercados". El funcionario estimó que en el país, se venden 2 mil millones de paquetes de cigarrillos por año, lo que representa unos 8 mil millones de pesos. En ese sentido, contó que "la venta por cápita se ha mantenido estable en los últimos cinco años" porque "la industria bajó precios, lanzó marcas baratas y en paquetes chicos, y no hay control en la venta de cigarrillos sueltos".
¿Seguiremos dejando que la industria determine sobre la Salud Pública de nuestra Argentina?
Señoras/es diputadas/os, estamos aquí para cumplir con el mandato de nuestros representados.
Solicitamos nos acompañen con el voto para ratificar el Convenio Marco de Control de Tabaco con este proyecto de ley.
Nos lo agradecerán las generaciones futuras.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
MACALUSE, EDUARDO GABRIEL BUENOS AIRES SI POR LA UNIDAD POPULAR
LOZANO, CLAUDIO RAUL CIUDAD de BUENOS AIRES MOVIMIENTO PROYECTO SUR
ITURRASPE, NORA GRACIELA BUENOS AIRES SI POR LA UNIDAD POPULAR
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
RELACIONES EXTERIORES Y CULTO (Primera Competencia)
PREVENCION DE ADICCIONES Y CONTROL DEL NARCOTRAFICO