PROYECTO DE TP


Expediente 3035-D-2018
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE LAS ACTUACIONES DESARROLLADAS POR LAS FUERZAS FEDERALES DE SEGURIDAD EN LA PROVINCIA DE CATAMARCA, Y OTRAS CUESTIONES CONEXAS.
Fecha: 17/05/2018
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 50
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Solicitar al Poder Ejecutivo que a través del organismo que corresponda, informe a esta Honorable Cámara sobre los siguientes puntos vinculados a las actuaciones desarrolladas por las fuerzas federales en la provincia de Catamarca.
1 - ¿Existe algún tipo de acuerdo entre el Gobierno Nacional y autoridades de la Provincia de Catamarca para que Gendarmería Nacional y la Policía Federal realicen operativos en esa jurisdicción provincial? En caso afirmativo, brindar detalles de los términos del acuerdo.
2 - ¿Qué términos protocolares habilitan a los agentes de Gendarmería Nacional y Policía Federal a detener personas o inspeccionarlas sin orden judicial tal como sucedes en la ciudad de San Fernando del Valle de Catamarca?
3 - ¿Bajo qué protocolos actúan los agentes de gendarmería Nacional y la Policía Federal en sus actuaciones en las jurisdicciones provinciales?
4 - ¿Qué tipo de armamento están autorizados a portar y utilizar los agentes de Gendarmería Nacional y Policía Federal cuando desarrollan funciones de seguridad o vigilancia en centros urbanos?
5 - ¿Las autoridades del gobierno de la provincia de Catamarca, remiten informes o reclamos acerca de las actuaciones abusivas de los agentes de Gendarmería Nacional y Policía Federal en la provincia?
¿Por qué motivo los agentes de Gendarmería Nacional y Policía Federal operan en sus actividades rutinarias a plena luz del día y en el espacio público sin identificación?

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


En los últimos meses se viene llevando a cabo el operativo denominado Colaboración Nacional para la Prevención Ciudadana (CNPC), dispuesto por el Ministerio de Seguridad de la Nación, coordinado por la Secretaría de Seguridad Democrática de la Provincia, en el que también participaron efectivos pertenecientes a la Agrupación VIII Catamarca de Gendarmería Nacional Argentina y de la Delegación Catamarca de la Policía Federal Argentina.
En dichos operativos se verifican diversos excesos por parte de los integrantes de Gendarmería Nacional y Policía Federal, en los casos en que realizan controles vehiculares, de transporte público de pasajeros e identificación de personas. Es regular que los agentes federales desarrollen sus tareas encapuchados y con portación de armas de grueso calibre. Existen situaciones en las que, sin existir orden judicial alguna, exigen la exhibición de documentos acreditantes de identidad, privando de la libertad ambulatoria a los ciudadanos interrogados y que carecen de la documentación solicitada.
La ley 24.059 de Seguridad Interior establece que los efectivos de las fuerzas de seguridad nacionales deben cumplir con sus funciones de acuerdo con las normas constitucionales y legales vigentes, observando el principio de adecuación de los medios a materializar en cada caso “procurando fundamentalmente la preservación de la vida y la integridad física de las personas que deban constituir objeto de su accionar”.
La mencionada ley impone la incorporación por parte de las fuerzas de seguridad del Código de conducta para funcionarios encargados de hacer cumplir la ley adoptado por la Asamblea General de las Naciones Unidas que, entre otras obligaciones, prohíbe a los responsables de hacer cumplir la ley que incurran en tratos degradantes, sin que puedan invocar al respecto órdenes superiores o circunstancias especiales. Esto último debe interpretarse como la “protección más amplia posible contra todo abuso, sea físico o mental”.
Los agentes federales que sin orden judicial registran o reclaman a cualquier ciudadano la exhibición de papeles personales, en escenarios públicos, que humillan a la persona que es requerida por parte de personal armado, desconocen el principio de libertad que caracteriza nuestro sistema constitucional de derecho y desconocen los objetivos previstos por la ley de Seguridad Interior y los protocolos éticos de actuación a los que ella remite.
Por lo expuesto solicito a mis pares me acompañen con su firma en el presente pedido de informe, para que se informe detalladamente sobre los marcos de actuación que deben respetar los agentes de la Policía Federal y Gendarmería Nacional y que no son observados en su desenvolvimiento en la provincia de Catamarca.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
MERCADO, VERONICA CATAMARCA FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
SEGURIDAD INTERIOR (Primera Competencia)
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados SOLICITUD DE REPRODUCCION DEL PROYECTO PARA EL PERIODO 137 (2019), SEGUN LOS TERMINOS DEL ARTICULO 7 DE LA RESOLUCION DE LA HCD DEL 05/06/1996