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PROYECTO DE TP


Expediente 3035-D-2015
Sumario: EXPRESAR REPUDIO POR EL FALLO Y ARGUMENTOS DE LA SALA I DEL TRIBUNAL DE CASACION PENAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, DICTADO POR LOS JUECES HORACIO PIOMBO Y BENJAMIN SAL LLARGUES, QUE DISMINUYE LA PENA A UN VIOLADOR, PERMITIENDO SU LIBERTAD.
Fecha: 28/05/2015
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 58
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Expresar su repudio al fallo de la Sala I del Tribunal de Casación Penal de la Provincia de Buenos Aires, dictado por los jueces Horacio Piombo y Benjamín Sal Llargués, que disminuye la pena a un violador argumentando que la víctima, un niño de seis años de edad al momento de los hechos, "ya había sido ultrajada por su padre" y "había sido acostumbrada a situaciones de travestismo", lo que permitió la libertad del acusado.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Como es de público conocimiento, el fallo dictado por los jueces Horacio Piombo y Benjamín Sal Llargués, en representación del Tribunal de Casación Penal de la Provincia de Buenos Aires, ha despertado en las últimas horas un amplio repudio, que se suma al creciente rechazo a los femicidios y a la masiva adhesión con la que ya cuenta la movilización convocada para el próximo 3 de junio en el Congreso Nacional, bajo la consigna #NiUnaMenos. Una vez más, y en este marco, los funcionarios redujeron con argumentos absolutamente oscurantistas la pena de un violador pedófilo por considerar como atenuantes que el niño de seis años que fue objeto de sus vejaciones tenía "una orientación sexual homosexual y estaba habituado a que lo abusen."
Diversos medios periodísticos señalan que el hombre a quien los jueces redujeron la condena, Mario Tolosa, era el vicepresidente del Club Florida de la localidad bonaerense de Vicente López y se encargaba de trasladar a los niños desde el mencionado club en que entrenaban hasta sus domicilios particulares.
En base a denuncias realizadas por familiares del niño, se ha hecho público asimismo que Tolosa lo sometió sexualmente en el baño de la institución y que esta práctica aberrante se convirtió en una constante hasta que el niño -cuya identidad se reserva- se lo contó a su abuela, quien recurrió a la justicia. Fue así que en el año 2012 el caso llegó al Tribunal Oral en lo Criminal N° 3 de San Martín de la Provincia de Buenos Aires y el acusado fue condenado en primera instancia a seis años de prisión por "abuso sexual gravemente ultrajante".
Pese a esto, a mediados del 2014 la causa llega por recurso al Tribunal de Casación Penal, donde la condena se disminuye bajo la calificación de "abuso sexual simple". Como argumento, los jueces intervinientes Horacio Piombo y Benjamín Sal Llargués sostuvieron en su fallo que el niño tenía "una orientación sexual homosexual y estaba habituado" a los abusos, y consideraron que por ello el delito "no fue tan ultrajante". Por este motivo, redujeron la pena impuesta al pedófilo a tres años y dos meses de condena.
Como si fuera poco, para fundamentar los atenuantes para el cambio de calificación y de pena al violador, el juez Piombo llegó incluso a sostener que "es claro que la elección sexual del menor, malgrado la corta edad, a la luz de los nutridos testimonios de sus próximos, ya habría sido hecha (conforme a las referencias a la recurrencia en la oferta venal y al travestismo)" y afirmó que "me afecta al respecto una insondable duda que tiene por base esa familiaridad que el niño ya demostraba en lo que a la disposición de su sexualidad se refiriera. En todo caso y a esa corta edad, transitaba una precoz elección de esa sexualidad ante los complacientes ojos de quienes podían (y debían) auxiliarlo en ese proceso."
En declaraciones a la prensa, Piombo tampoco dudó en defender semejante atrocidad, llegando incluso a sostener que técnicamente no puede ser ultrajado quien ya lo fue antes. En sus escandalosas afirmaciones, Piombo lo planteó en estos términos: "lo gravemente ultrajante para el nene abusado fue cuando el padre lo inició en lo aberrante. Nosotros teníamos que establecer si lo gravemente ultrajante podía darse en serie o en cadena. Nosotros consideramos que lo de gravemente ultrajante, que la ley pide que tiene que ser para la víctima, fue cuando el padre lo inició en lo aberrante, no cuando vinieron otros que cometieron el delito pero no el agravante."
La tía del niño que fue víctima de la violación sexual primero, y de la revictimización por parte de la justicia después, dijo recientemente ante los medios de comunicación que su familia está "indignada" por el accionar de la justicia, ya que lo afirmado por los funcionarios judiciales es falso de toda falsedad: "A él le pasaron cosas, pero otras (...) El padre lo abandonó cuando tenía cuatro meses y después cayó preso y no lo vio más", precisó. Por este motivo, exigen que se revierta el aberrante fallo de Piombo y Sal Llargués.
Lamentablemente, hay que señalar también que esta resolución judicial no carece de antecedentes igualmente repudiables. Ya en el año 2011 decenas de organizaciones de mujeres, estudiantiles y de derechos humanos exigieron la destitución del juez Horacio Piombo, quien reviste funciones desde la última dictadura militar y sigue ejerciendo la docencia en varias universidades públicas, por haber disminuido la pena del pastor evangélico Francisco Ávalos, acusado de abusar de dos adolescentes de 14 y 16 años en la ciudad de La Plata, que resultaron embarazadas producto de estas vejaciones. En aquella oportunidad, el argumento de los letrados fue que las niñas vivían "en comunidades de bajo nivel social", donde "se aceptan relaciones a edades muy bajas", y que "además poseían experiencia sexual". Ese mismo año, un fallo del juez Piombo también reducía la pena de un femicida argumentando que la mujer asesinada a martillazos ejerció "una vigorosa influencia" sobre el accionar de su esposo, por lo que según sus consideraciones la reducción de la condena quedaba justificada.
Este inocultable carácter de clase, de discriminación, de machismo y de homofobia, fue el que volvió a sostener el aberrante fallo de la Sala I del Tribunal de Casación Penal de la Provincia de Buenos Aires dictado por los jueces Horacio Piombo y Benjamín Sal Llargués, en un hecho que merece el más amplio repudio.
Es por los fundamentos expuestos que solicitamos la aprobación de este proyecto de resolución.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
DEL CAÑO, NICOLAS MENDOZA PTS - FRENTE DE IZQUIERDA
FERREYRA, ARACELI CORRIENTES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
PLAINI, FRANCISCO OMAR BUENOS AIRES CULTURA, EDUCACION Y TRABAJO
BROWN, CARLOS RAMON BUENOS AIRES FE
DONDA PEREZ, VICTORIA ANALIA BUENOS AIRES LIBRES DEL SUR
DE FERRARI RUEDA, PATRICIA CORDOBA UCR
PITROLA, NESTOR ANTONIO BUENOS AIRES FRENTE DE IZQUIERDA Y DE LOS TRABAJADORES
LOPEZ, PABLO SEBASTIAN SALTA FRENTE DE IZQUIERDA Y DE LOS TRABAJADORES
GIANNETTASIO, GRACIELA MARIA BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
BARLETTA, MARIO DOMINGO SANTA FE UCR
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
LEGISLACION PENAL (Primera Competencia)