Proyectos »

PROYECTO DE TP


Expediente 3032-D-2014
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON LA FALTA DE PUBLICACION DE LOS INDICES DE POBREZA E INDIGENCIA, CORRESPONDIENTES AL SEGUNDO SEMESTRE DE 2013.
Fecha: 30/04/2014
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 36
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Solicitar al Poder Ejecutivo Nacional que por intermedio de los organismos pertinentes, informe a este cuerpo sobre los siguientes puntos referidos a la falta en la comunicación de la publicación de los índices de pobreza e indigencia, correspondientes al segundo semestre de 2013, conforme se estipuló oportunamente en el calendario correspondiente a esos efectos.
A: Cuál es la autoridad de aplicación encargada de comunicar el índice de pobreza e indigencia, y a través de qué medida se dispuso la no comunicación, conforme al calendario estipulado..
C: Explicar y desarrollar de modo claro y preciso, el párrafo con lenguaje técnico que se dio a conocer bajo el título: "Sobre la metodología", conforme dio a publicidad la Oficina de Prensa el día 24 de abril de 2014.
D: Explique y desarrolle de modo claro, preciso y con un alcance general, el criterio y la forma mediante la cual trabajará el gobierno y la administración nacional con vistas a dar una pronta solución a la falta de acceso a la información pública, en este caso particular.
E: En los mismos términos y en directa relación con el punto anterior, "D", enumere y nombre a los organismos públicos abocados a la tarea de producir y dar a publicidad los futuros índices. Así mismo, comunique los plazos previstos, de corto y largo tiempo, o bajo las denominaciones dispuestas en la institución, a los efectos de dar previsibilidad en el tiempo de espera de la respuesta a los habitantesdel territorio argentino.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Motiva el presente pedido de informes, la preocupación nacida a partir del imprevisto y sorpresivo hecho institucional en el que el Poder Ejecutivo de la Nación discontinuó la publicación de los índices de pobreza e indigencia, en particular, el correspondiente al período del segundo semestre de 2013.
Acaecido el hecho, y no dándose a conocer las causales del incumplimiento del calendario de publicaciones para la fecha estipulada ni en el mismo momento y evento en cuestión, sino de modo posterior, y con respuestas técnicas y escuetas por parte del Jefe de Gabinete de la Nación y la Oficina de Prensa del INDEC, corresponde ejercer el derecho de acceso a la información pública de modo claro, preciso y con un alcance general.
Por lo tanto, se justifica el presente ejercicio del derecho a la información, con fundamento en el derecho que tiene toda persona de conocer el modo de actuación de sus gobernantes y funcionarios públicos, y en el ejercicio de las competencias dispuestas por parte de la Constitución Nacional a los efectos de llevar a cabo un control cruzado o de gestión política, intra poderes.
Además, de que se reconoce en el nivel constitucional y en las actuaciones jurisprudenciales y doctrinarias del ámbito local y regional, que la información pertenece a las personas y no es propiedad del Estado en tanto no configura un acto de disposición o gracia privativa del príncipe el dar a conocer información sobre la administración de gobierno. Es propio del sistema político liberal, republicano y democrático vigente, el principio de máxima divulgación de la información pública, tributario del ejercicio y el derecho de tradición republicana.
Incluso, sin ánimo de extremar argumentos y al sólo hecho de especificar la preocupación aquí expresada, la cuestión temática sobre la que nos encuentra solicitando acceso a la información pública, refiere al estado de situación sobre cuestiones sociales, y a la evaluación, critica y consecuente, sobre la eficiencia y eficacia de las políticas sociales y económicas llevadas a cabo por la actual administración del gobierno nacional. Sin olvidar, el grave contexto social transcurrido a fines del año pasado y que puso en riesgo la vida, propiedad y esperanza de todos los habitantes de la Argentina, contexto al que refiere el índice de pobreza e indigencia.
En consecuencia, y apoyados en el derecho humano de acceso a la información pública, que nos asiste a los ciudadanos argentinos, con base en la Declaración Americana de Derechos y Deberes del Hombre, la Convención Americana sobre Derechos Humanos, la Constitución Nacional en su art. 14 correspondiente a la libertad de expresión y acceso a la información pública, y al art. 75 inc. 19 referido al progreso humano, y finalmente, lo reglamentado por punto 1° del Decreto 1172/ 2003, sobre el Acceso a la Información Pública, solicitamos se brinde la información requerida dentro del plazo fijado por el mismo, de 10 (DIEZ) días.
Por todo lo expuesto, solicito a mis pares la aprobación del presente proyecto.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
SCAGLIA, GISELA SANTA FE UNION PRO
BULLRICH, PATRICIA CIUDAD de BUENOS AIRES UNION PRO
MAC ALLISTER, CARLOS JAVIER LA PAMPA UNION PRO
SCHMIDT LIERMANN, CORNELIA CIUDAD de BUENOS AIRES UNION PRO
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
ACCION SOCIAL Y SALUD PUBLICA (Primera Competencia)
POBLACION Y DESARROLLO HUMANO