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PROYECTO DE TP


Expediente 3019-D-2012
Sumario: PROMOCION DE LA INSERCION LABORAL Y LA PERMANENCIA EN EL MERCADO DE TRABAJO DE PERSONAS TRAVESTIS, TRANSEXUALES Y TRANSGENEROS ("TRANS"): REGIMEN.
Fecha: 14/05/2012
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 47
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


SANCIONAN CON FUERZA DE LEY
Artículo 1º.- La presente ley tiene por objeto disponer un marco normativo para la promoción de la inserción laboral y la permanencia en el mercado de trabajo de personas travestis, transexuales y transgéneros, en adelante, "trans".
Artículo 2º.- Créase, en el ámbito del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, un programa de asignación de ciudadanía trans que brinde un piso de protección social e ingreso monetario a todas aquellas personas trans desocupadas o en situación de exclusión laboral.
Las personas beneficiarias de la asignación son incorporadas a acciones de formación y capacitación profesional, diseñadas en coordinación con sindicatos, cámaras empresariales, organizaciones de la sociedad civil y otros actores del mundo del trabajo.
Artículo 3º.- El citado Ministerio tiene a su cargo la promoción de proyectos destinados a la conformación de microempresas, cooperativas de trabajo y emprendimientos productivos de la economía social por parte de personas trans en situación de exclusión social, a través de un acompañamiento en capacitación y la dotación de equipamiento.
Artículo 4°.- El Estado Nacional garantiza el respeto a la identidad y expresión de género y promueve la contratación de trabajadores/as trans, a través de resoluciones que se dicten en el marco de los Poderes Públicos, los organismos descentralizados o autárquicos, los entes públicos no estatales, las empresas del Estado y las empresas privadas concesionarias de servicios públicos.
Artículo 5º.- Se elabora una guía de buenas prácticas empresariales y de relaciones laborales, que incluya recomendaciones para la no discriminación de las personas trans en el ámbito de trabajo.
Asimismo, se establece un programa de incentivo de compra y contratación de bienes y servicios por parte del Estado a empresas certificadas como "espacios amigables para la diversidad sexual".
Artículo 6º.- Se impulsará a la designación de delegadas/os antidiscriminación, promoviendo referentes capacitados en cada ámbito laboral para atender, contener y orientar ante casos de discriminación, de acoso y/o hostigamiento laboral.
Artículo 7º.- Comuníquese, etc.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El presente proyecto tiene como objeto promover el derecho al trabajo digno para las personas trans (travestis, transexuales y transgéneros).
Se trata de un colectivo que, en la actualidad, vive una situación de grave exclusión social que comienza con la vulneración al derecho a la identidad, de la que se derivan graves consecuencias en su calidad de vida.
Esto hace que, como surge de la publicación "Cumbia, Copeteo y Lágrimas" coordinada por la activista trans Lohana Berkins, la principal fuente de ingresos del colectivo trans sea la prostitución (79%).
En este sentido, diversas estimaciones han coincidido que en nuestro país, el promedio de vida de una mujer trans es apenas de 35 años, situación que muchas veces se ve agravada por la prevalencia de la pandemia del VIH/SIDA en esa población.
Se estima que cuatro de cada diez mujeres trans viven con VIH. Un panorama que se retroalimenta de situaciones cotidianas de exclusión, discriminación, segregación y violencia.
Sabemos que el primer paso para afrontar este grave escenario, es la aprobación de una Ley de Identidad de Género, que restituya el derecho a la identidad a las personas trans, asegurando que puedan contar con un documento nacional de identidad que refleje su verdadera persona.
Además, es imprescindible que, paralelamente, el Congreso sancione una Ley de Atención Integral de la Salud de las personas trans, que garantice el acceso al proceso de cambio corporal con acompañamiento profesional y en condiciones saludables.
Es decir, el reconocimiento y respeto a las identidades sexuales se traduce en la preservación, principalmente, de la dignidad humana, mientras que, a su vez, garantiza la libertad, igualdad y el trato no discriminatorio, permitiendo una mejor convivencia en nuestra sociedad.
Es preciso tener en cuenta que la mayoría de las mujeres trans han sido expulsadas de sus hogares a edad temprana, entre los diez y los catorce años. La carencia de contención por parte de las familias y entornos significativos provoca angustia y mucho dolor.
En gran medida la población trans se ha visto obligada a abandonar sus lugares de origen para emigrar a las grandes urbes en busca de un lugar de pertenencia.
De esta forma, las acciones que propone esta iniciativa buscan incidir en la realidad socio-económica de las personas trans, brindando posibilidades de sustento económico alternativas a la prostitución y generando trabajo digno para un segmento de la población que ha sido históricamente excluido del circuito de la economía formal.
En este sentido, los principios de Yogyakarta sobre la Aplicación del Derecho Internacional de Derechos Humanos a las Cuestiones de Orientación Sexual e Identidad de Género, expresan que "toda persona tiene derecho al trabajo digno realizado en condiciones equitativas y a la protección contra el desempleo, sin discriminación por motivos de orientación sexual o identidad de género".
Asimismo, la Corte Suprema de Justicia de la Nación, el 21 de noviembre de 2006, en el Fallo "Asociación Lucha por la Identidad Travesti-Transexual c/ Inspección General de Justicia", indica sobre la realidad cotidiana del colectivo trans que "no sólo sufren discriminación social sino que también han sido victimizadas de modo gravísimo, a través de malos tratos, apremios, violaciones y agresiones, e inclusive con homicidios. Como resultado de los prejuicios y la discriminación que les priva de fuentes de trabajo, tales personas se encuentran prácticamente condenadas a condiciones de marginación, que se agravan en los numerosos casos de pertenencia a los sectores más desfavorecidos de la población, con consecuencias nefastas para su calidad de vida y su salud, registrando altas tasas de mortalidad, todo lo cual se encuentra verificado en investigaciones de campo."
Los ámbitos laborales en nuestro país todavía distan de ser los espacios de convivencia que desearíamos, donde todas las personas puedan visibilizar su orientación sexual, identidad o expresión de género sin temer a las consecuencias.
En relación a la vulneración de los derechos laborales, la activista trans Marcela Romero, titular de la Asociación de Travestis, Transexuales y Transgeneros de Argentina, colaboró en la elaboración del documento "Plan de Ciudadanía LGBT" cuyas directrices han sido consideradas en la redacción del presente proyecto. Sobre la situación que vive su comunidad afirmó "las travestis y transexuales queremos conocer la democracia algún día".
Por las razones expuestas, venimos a solicitar la aprobación de la presente iniciativa. Por eso y porque consideramos fundamental para avanzar en la igualdad real, trabajar en la concreción de medidas a favor del respeto a la diversidad sexual en los ámbitos laborales que favorezcan la inserción laboral y la permanencia en el mercado de trabajo del colectivo trans.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
CORTINA, ROY CIUDAD de BUENOS AIRES PARTIDO SOCIALISTA
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
LEGISLACION DEL TRABAJO (Primera Competencia)
DERECHOS HUMANOS Y GARANTIAS
PRESUPUESTO Y HACIENDA
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados REPRODUCIDO POR EXPEDIENTE 2757-D-14