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PROYECTO DE TP


Expediente 2930-D-2006
Sumario: BANCO NACIONAL DE MEDICAMENTOS DE PROGRAMAS DE PRE Y POST TRASPLANTE - BANAMET - : CREACION.
Fecha: 01/06/2006
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 62
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


Creación del Banco Nacional de Medicamentos de Programas de Pre y Post Transplante (BANAMET).
Artículo 1: Créase el Banco Nacional de Medicamentos de Programas de Pre y Post Trasplante (BANAMET), como entidad estatal de derecho público, con personería jurídica y autarquía institucional financiera y administrativa. Su fiscalización financiera y patrimonial estará a cargo de la Auditoría General de la Nación y se realizará exclusivamente a través de las rendiciones de cuentas y estados contables que le serán elevados cuatrimestralmente.
Artículo 2: El Banco Nacional de Medicamentos de Programas de Pre y Post Trasplante (BANAMET) se financiará de los siguientes recursos:
a) La contribución del Estado Nacional, mediante los pagos que le asigne el presupuesto de la Nación.
b) El producto de las multas provenientes de la aplicación de las sanciones administrativas y penales contempladas en la ley 24193.
c) El 0,15% del importe que aporta el trabajador activo destinado a los Programas Especiales de su respectiva Obra Social.
d) El producido de la venta de bienes en desuso, los de su propia producción, las publicaciones que realice, intereses, rentas u otros frutos de los bienes que administra.
Artículo 3: Es facultad del Banco Nacional de Medicamentos de Programas de Pre y Post Trasplante (BANAMET) suministrar toda medicación que, siendo recetada, implique una mejor calidad de vida para estos pacientes. Es obligación de este Banco de Medicamentos velar por la calidad de vida de los trasplantados.
Artículo 4: Comuníquese, y de forma.-

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


La ley 24193 regula la ablación de órganos y tejidos de cadáveres humanos a seres humanos y entre seres humanos, pero no existe ninguna normativa que garantice el acceso a los medicamentos en forma permanente para el tratamiento de los pacientes que fueron transplantados.En este sentido el Estado debe instrumentar medidas de accesibilidad adecuadas que posibiliten los tratamientos permanentes que deben afrontar los pacientes en situación Pre y Post trasplantes.
Es de estado público el mal funcionamiento de los prestadores del sistema de salud (PAMI, PROFE, IOMA, INSTITUTOS NACIONALES Y/O PROVINCIALES, OBRAS SOCIALES NACIONALES Y/O PROVINCIALES), circunstancia que perjudica y obstaculiza constantemente la provisión de los medicamentos a los pacientes de estos programas.
Aquellos pacientes a los que el Estado Nacional y/o Provincial tiene la obligación de asistir de conformidad con lo regulado por la Constitución Nacional y los Tratados de Derechos Humanos con jerarquía constitucional, se ven afectados ante la falta de provisión de los medicamentos necesarios como producto de la crisis financiera que padecen la mayoría de los gobiernos provinciales, por lo que, en la actualidad estos pacientes se encuentran totalmente desamparados.
Las políticas que imprimen las corporaciones multinacionales del medicamento en el mercado someten a la población a la privación e inaccesibilidad a los medicamentos esenciales y plantean al Estado el desafío de tomar una decisión política que permita garantizar el derecho a la salud y al medicamento para estos pacientes.
Ante esta situación, innumerable cantidad de pacientes intentan proteger sus derechos en la Justicia mediante interposición de recursos de amparo, sin poder resolver el problema de la falta de entrega de medicamentos en virtud de las innumerables trabas burocráticas que obstaculizan la respuesta judicial.
Entendemos que es esencial una propuesta alternativa como salida a la profunda crisis que atraviesa este sector, otorgándole al Estado un rol principal en materia de salud, asegurando el abastecimiento del medicamento, y por ende cristalizando el precepto constitucional del derecho a la salud.
Se torna, por ende, necesario modificar los procedimientos administrativos a efectos de lograr una mayor agilidad para la provisión de los insumos críticos de este sector.
Consideramos prioritaria la participación de los involucrados en la temática de políticas de salud y este proyecto constituye un claro ejemplo, en la medida que contó con la amplia participación de la Asociación Transplante Vida del Hospital General de Agudos Dr. Cosme Argerich de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Por lo expuesto, solicitamos a los Señores Diputados que acompañen el presente proyecto.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
GORBACZ, LEONARDO ARIEL TIERRA DEL FUEGO ARI
BISUTTI, DELIA BEATRIZ CIUDAD de BUENOS AIRES ARI
GARCIA, SUSANA ROSA SANTA FE ARI
GARCIA MENDEZ, EMILIO ARTURO CIUDAD de BUENOS AIRES ARI
MAFFEI, MARTA OLINDA BUENOS AIRES ARI
PEREZ, ADRIAN BUENOS AIRES ARI
QUIROZ, ELSA SIRIA BUENOS AIRES ARI
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
ACCION SOCIAL Y SALUD PUBLICA (Primera Competencia)
PRESUPUESTO Y HACIENDA