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PROYECTO DE TP


Expediente 2831-D-2015
Sumario: BEBIDAS ALCOHOLICAS. INCLUSION DE INFORMACION DEL CONTENIDO CALORICO Y RIESGOS DE SU CONSUMO.
Fecha: 20/05/2015
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 53
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


OBLIGATORIEDAD DE INFORMACIÓN DE CONTENIDO CALÓRICO EN LAS BEBIDAS CON CONTENIDO ALCOHÓLICO
Artículo 1° Las bebidas alcohólicas que se comercialicen en el territorio nacional deberán exhibir la información nutricional referida a la cantidad de calorías contenidas por unidad de medida, la indicación del riesgo para las embarazadas y sobre la conducción de vehículos y maquinarias.
Artículo 2° La información referida en el Artículo 1° será expuesta mediante la rotulación en cada envase de bebida mediante la leyenda en tipografía legible, clara y en idioma nacional.
Artículo 3º El Poder Ejecutivo designará la Autoridad de Aplicación de la siguiente norma quien será la encargada de definir la leyenda con la que cada bebida deberá ser rotulada.
Artículo 4° La presente Ley tendrá plena aplicación a partir de los 90 (noventa) días de su sanción, plazo durante el cual los comercios, distribuidores y fabricantes deberán adecuar la información en los envases existentes sus respectivos inventarios a la presente norma.
Artículo 5° De forma

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El consumo de alcohol usualmente se asocia a distintas situaciones de riesgo, en especial para conducir vehículos, operar maquinarias con algún grado de riesgo o que por sus efectos desinhibitorios conduzca a otras adicciones o amenaza a la salud no sólo de los menores de dieciocho años, sino de toda la población.
Sin embargo es menos tenido en cuenta que el consumo de alcohol tiene relación con la ingesta calórica y sus consecuencias metabólicas, entre ellas el sobrepeso y la obesidad, lo que constituye uno de los problemas de salud de nuestro país con impacto creciente.
La obesidad, además de deteriorar la calidad de vida de quien la padece, disminuye su expectativa de vida, se asocia a un conjunto de comorbilidades y consecuencias deletéreas para el individuo y afecta socialmente al conjunto de los habitantes por el elevado costo que esta carga de enfermedad produce.
Pocos tienen en cuenta que un par de copas de vino suman unas 350 ó 400 calorías extra a los alimentos que se consumen y que esta ingesta puede representar el 20% de nuestra ingesta calórica diaria.
Además, es entre los jóvenes donde menos conciencia existe sobre el impacto nutricional del consumo exagerado de bebidas alcohólicas y por ello disponer y conocer que el alcohol además implica la ingesta de calorías, puede conducir a una limitación de su uso.
Por otra parte, el consumo de alcohol más allá de su uso moderado, puede provocar la aparición y desarrollo de otras patologías con impacto en el sistema nervioso central, a nivel hepático, esplénico o renal entre otras.
En orden al régimen normativo, llama especialmente la atención que estos aspectos no hayan sido considerados a la hora de incluir la información nutricional de las bebidas alcohólicas como si es obligatoria del resto de los productos alimentarios en general.
El "REGLAMENTO TÉCNICO MERCOSUR PARA ROTULACIÓN DE ALIMENTOS ENVASADOS", Resolución 26/03 (modificatoria de la 21/02), fija los parámetros por los cuales debe guiarse la rotulación de productos alimentarios. Si bien es llamativo que en esta norma se exima de la obligación de cumplimiento de las exigencias antes citadas a las bebidas alcohólicas con más del 10% v/v (volumen/volumen), tampoco lo prohíbe y por ello resulta perfectamente viable extender las mismas precisamente a las de mayor graduación alcohólica.
Por lo expuesto pido a mis pares que me acompañen en este Proyecto de Ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
DAER, HECTOR RICARDO BUENOS AIRES FRENTE RENOVADOR
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
ACCION SOCIAL Y SALUD PUBLICA (Primera Competencia)
INDUSTRIA
COMERCIO
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha Movimiento Resultado
14/07/2015 ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA Aprobado con modificaciones unificados en un sólo dictamen