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PROYECTO DE TP


Expediente 2814-D-2011
Sumario: INGRESO DE TROPAS EXTRANJERAS Y SALIDA DE TROPAS NACIONALES (LEY 25880): INCORPORACION DEL ARTICULO 11 BIS, SOBRE TIEMPO DE PERMANENCIA EN TERRITORIO NACIONAL.
Fecha: 26/05/2011
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 56
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


Modificación de la Ley 25.880, Régimen para el ingreso de tropas extranjeras y salida de tropas nacionales. Prohibición del establecimiento de bases militares extranjeras en el territorio nacional.
Incorpórase en el texto de la Ley 25.880 el artículo 11 bis, el cual quedará redactado de la siguiente manera:
ARTÍCULO 11 bis.- En ningún caso las tropas extranjeras que ingresen en el territorio nacional podrán permanecer más allá del tiempo autorizado por el Congreso de la Nación ni podrán establecer instalaciones permanentes de ningún tipo dentro de las fronteras de la República Argentina, por lo que queda expresamente prohibida en todo el territorio nacional la presencia de bases militares extranjeras.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Luego de la autorización de la República de Colombia al establecimiento de hasta siete bases militares estadounidenses en su territorio, se desencadenó en América latina un intenso debate en torno de la conveniencia de la presencia militar extranjera en la región. Existen hoy no menos de once bases militares de los EE.UU operativas en países como Paraguay, Colombia, El Salvador, Cuba, Honduras, Perú, Costa Rica, Curaçao y Aruba, sin que haya hipótesis alguna de conflicto bélico entre países de la región ni con potencias extrarregionales. Por lo tanto esta presencia militar responde únicamente a los intereses estratégicos de quienes la impulsan y no constituyen un aporte a la estabilidad política de la región, que sólo se encaminará a un futuro de prosperidad para sus ciudadanos si logra constituirse en un polo de paz y hermandad entre los pueblos. Asimismo, el proyecto se condice en un todo con la política de rechazo sostenida por el Estado Argentino a la presencia militar extranjera en la región, ratificada por nuestra Cancillería en los foros internacionales correspondientes.
Por lo tanto, como no es del interés de la República Argentina generar situaciones de conflicto con sus vecinos y sus Fuerzas Armadas están en capacidad de hacer frente a los objetivos planteados por la Ley de Defensa Nacional Nº 23.554, es que presentamos este proyecto de ley que modifica la Ley Nº 25.880, Régimen para el ingreso de tropas extranjeras y salida de tropas nacionales, dejando prohibido, de forma expresa, la instalación de bases militares extranjeras en el territorio nacional. En tal sentido, este proyecto cumple con el mandato constitucional que establece, en su Artículo 75, inciso 28 que es facultad del Congreso de la Nación "Permitir la introducción de tropas extranjeras en el territorio de la Nación, y la salida de las fuerzas nacionales fuera de él" y otorga un marco de certeza respecto de sus decisiones soberanas.
Por todo esto, solicitamos a nuestros pares nos acompañen con su voto afirmativo al presente proyecto de Ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
PEREZ, ADRIAN BUENOS AIRES COALICION CIVICA
QUIROZ, ELSA SIRIA BUENOS AIRES COALICION CIVICA
REYES, MARIA FERNANDA CIUDAD de BUENOS AIRES COALICION CIVICA
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
DEFENSA NACIONAL (Primera Competencia)
RELACIONES EXTERIORES Y CULTO