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PROYECTO DE TP


Expediente 2749-D-2008
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE LA CANTIDAD DE TRABAJADORES AFECTADOS A LA INDUSTRIA DEL PESCADO -TRABAJO EN TIERRA Y SU SITUACION LABORAL.
Fecha: 29/05/2008
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 55
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Solicitar al Poder Ejecutivo que, a través de la Secretaría de Seguridad Social del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social y sus áreas pertinentes tenga a bien informar a esta Honorable Cámara, en relación a la Ley N º 26.222, Artículos 12 y 16, modificatorios de la LEY N º 24.241, lo siguiente:
1. Cantidad de trabajadores afectados a la industria del pescado (trabajo en tierra), indicando riesgos, salubridad y predisponente de la vejez; todo ello a fin de contar con los elementos para el calculo de los requisitos de edad, servicios prestados, aportes diferenciales y contribuciones patronales o subsidios requeridos para el adecuado financiamiento de los trabajadores de la industria del pescado que permitan a esta Honorable Cámara incluir a la referida actividad dentro del régimen especial de jubilaciones previsto por ley.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


En virtud de la inmerecida e injusta situación por la que atraviesan los trabajadores de la industria del pescado como así también el personal que se desempeña en las plantas frigoríficas de dicha actividad de la Republica Argentina, en cuanto a que a diario deben soportar y resistir condiciones infrahumanas de labor, consideramos propicio solicitar al Poder Ejecutivo Nacional, a través de la Secretaria de Seguridad Social del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, un informe acerca de la cantidad de trabajadores en tierra que se desempeñan en la industria del pescado y su situación laboral actual.
Esto lo solicitamos en virtud a que consideramos esta actividad muy riesgosa, insalubre y predisponente de vejez, la cual provoca un agotamiento prematuro en la capacidad laboral del trabajador. Además, pretendemos analizar y establecer qué requisitos deben cumplimentarse para incluir esta actividad dentro del regimen especial de jubilaciones.
Asimismo, el articulo 14 Bis de nuestra Constitución Nacional, en su primer párrafo reza: "El trabajo en sus diversas formas gozará de la protección de las leyes, que asegurarán al trabajador: condiciones dignas y equitativas de labor; jornada limitada; descanso y vacaciones pagados..." .
De esta manera, se infiere que el trabajo debe ser obligatoriamente protegido por las leyes e implica el deber de asegurar el efectivo cumplimiento de las disposiciones establecidas en el articulo mencionado. Principalmente, se vela por la dignidad del hombre, del trabajador e implícitamente se refiere a la higiene y seguridad de trabajo y a su comodidad en el lugar donde realice la actividad, entre otros postulados.
Estos trabajadores soportan a diario la rigurosidad del clima en condiciones laborales desfavorables, ya que desde las primeras horas de la madrugada cuando hace mucho frío comienzan sus labores, siendo las jornadas de trabajo excesivamente prolongadas.
También, se encargan, entre otras labores, de filetear el pescado en talleres clandestinos en condiciones míseras, de poca o nula higiene, donde al trabajar de pie durante muchas horas, produce que sufran de dolores de piernas, varices, artrosis, reuma ya que además deben manipular hielo entre sus manos.
Este trabajo físicamente fatigoso, no se contempla en la legislación actual, y merece nuestra preocupación procurando el máximo cuidado de las condiciones laborales, teniendo en cuenta la ardua realidad que viven los trabajadores de esta industria del pescado.
Si bien, en la mayoría de los casos, las personas que trabajan en estas condiciones de insalubridad son conscientes de esta situación, lamentablemente, deben someterse a la misma para subsistir y de esta manera poder alimentar a su familia. Muchas mujeres, que se desempeñan como fileteras, deben realizar con mucho esfuerzo estas tareas, dejando a sus hijos en su hogar durante muchas horas, por no contar con otra alternativa, exponiendo su salud en una tarea que provoca tanto desgaste físico.
Por otra parte, las entidades pertinentes deberían controlar las condiciones en que estas personas se desempeñan, en virtud que realizan un trabajo insalubre, propiciando que puedan desarrollar su labor eficientemente y sin riesgos, evitando daños que puedan afectar su salud e integridad.
Por lo expuesto, y en el afán de colaborar con la elevación de la calidad de vida del trabajador y su familia, solicitamos la aprobación de este Proyecto de Resolución.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
SEREBRINSKY, GUSTAVO EDUARDO BUENOS AIRES DE LA CONCERTACION
KATZ, DANIEL BUENOS AIRES DE LA CONCERTACION
ERRO, NORBERTO PEDRO BUENOS AIRES DE LA CONCERTACION
PRIETO, HUGO NELSON NEUQUEN DE LA CONCERTACION
SCALESI, JUAN CARLOS RIO NEGRO DE LA CONCERTACION
ARETA, MARIA JOSEFA CORRIENTES FRENTE DE TODOS
DIAZ ROIG, JUAN CARLOS FORMOSA FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
LEGISLACION DEL TRABAJO (Primera Competencia)