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PROYECTO DE TP


Expediente 2721-D-2011
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON LA APLICACION DE LA LEY 25798, DE DEUDORES HIPOTECARIOS.
Fecha: 19/05/2011
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 52
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Solicitar al Poder Ejecutivo Nacional que, a través del organismo correspondiente, informe a esta Honorable Cámara:
1. Cantidad de deudores hipotecarios han ingresado al Sistema de Refinanciación Hipotecaria de conformidad con lo normado por Ley 25.798, leyes modificatorias y complementarias. Precisar si el ingreso fue a solicitud del acreedor o del deudor, fecha en la cual se ejerció la opción de ingreso y la radicación del inmueble en cuestión.
2. Cantidad de deudores hipotecarios admitidos dentro del régimen mencionado precedentemente que aún no cuentan con el acuerdo de la parte acreedora. Indicar el estado actual de las negociaciones.
3. Cantidad de acuerdos celebrados por el Fideicomiso de Refinanciación Hipotecaria. Precisar el monto total de los distintos acuerdos celebrados y el monto abonado a la fecha en cada uno de los acuerdos.
4. En los casos de celebración de acuerdo, indicar si se ha perfeccionado la cesión del crédito al fiduciario. Si no se ha perfeccionado la cesión del crédito, indicar causales.
5. Indicar sobre existencia de mora por parte de los deudores al Fideicomiso de Refinanciación Hipotecaria. En caso afirmativo, precisar monto de la deuda y estado del proceso de ejecución de deudas.
6. Cantidad de deudores hipotecarios que solicitaron ingresar al mencionado régimen, pero les fue denegada su admisión. Precisar causales de la denegatoria, fecha en la cual se solicitó el ingreso y la radicación del inmueble en cuestión.
7. Enumerar los acreedores privados que han suscripto acuerdos con el Fideicomiso de Refinanciación Hipotecaria. Detallar montos abonados a cada uno de ellos.
8. Indicar activos, pasivos, ingresos y egresos del Fideicomiso de Refinanciación Hipotecaria desde su creación a la fecha.
9. Indicar inversiones realizadas por el Fideicomiso de Refinanciación Hipotecaria. Precisar montos, fechas y destinos.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


A través del presente proyecto de resolución se pretende que el Poder Ejecutivo Nacional, a través del organismo correspondiente informe acerca del funcionamiento del Fideicomiso para la Refinanciación Hipotecaria.
Cabe destacar que a través de la Ley 25.798 en el año 2003 se creó el Sistema de Refinanciación Hipotecaria, determinándose como objeto la implementación de mecanismos de refinanciación para mutuos hipotecarios contraídos con anterioridad a la vigencia de la Ley de Convertibilidad.
Por medio de Decreto 1284/2003 se reglamenta el sistema mencionado precedentemente y se crea el "Fideicomiso para la Refinanciación Hipotecaria" el cual tendría como fiduciario al Banco de la Nación Argentina.
Luego, en el año 2006 se sanciona la Ley 26.167, que establece un procedimiento especial en protección de los deudores de obligaciones de dar sumas de dinero expresadas en origen en dólares estadounidenses u otras monedas extranjeras.
También, debe mencionarse la sanción de las leyes 26.062 (sancionada el 02/11/2005), 26.103 (sancionada el 31/05/2006) y 26.084 (sancionada el 08/03/2006) las cuales suspenden por 120 días las ejecuciones de sentencias que tengan por objeto el remate de la vivienda única y familiar.
Posteriormente, a fin de ampliar la tutela jurídica establecida en la Ley 25.798, en el año 2007 se sanciona la Ley 26.313 estableciendo que el procedimiento de reestructuración de mutuos hipotecarios establecido en la Ley 25.798 se podrá aplicar a deudores pre-convertibilidad. Asimismo, en el año 2009 se sanciona la Ley 26.497 que establece que se podrá aplicar el Sistema de Refinanciación Hipotecaria a aquellos procesos de ejecuciones hipotecarias en los cuales el deudor no sea una entidad financiera.
Por otro lado, el decreto reglamentario de la Ley 26.313 o sea el N° 2107/2008 en su artículo 1 establecía que los deudores para poder optar por ingresar al fideicomiso debían haber incurrido en mora hasta la fecha de entrada en vigencia de la Ley Nº 26.313 y mantenerse en dicho estado desde entonces hasta la fecha de entrada en vigencia de este decreto, resultando gran cantidad de deudores hipotecarios excluidos de la posibilidad de acogerse al fideicomiso por esta limitación temporal. Advertida esta situación se dicta el Decreto 1366/2010 (21/09/2010), que modifica el artículo cuestionado, ampliándose el plazo 6 meses para acompañar la documentación correspondiente. Luego el Ministerio de Economía y Finanzas Públicas emite la Resolución 91/2011, prorrogando este plazo nuevamente por seis meses.
Así las cosas, en el mes de diciembre del año 2010 esta Honorable Cámara, dió media sanción a un proyecto de ley que establecía nuevamente una suspensión por 120 días las ejecuciones de sentencias que tengan por objeto el remate de la vivienda única y familiar.
Por otro lado, cabe destacar que la Auditoria General de la Nación a través del expediente O.V 446/2009 remite la Resolución 6/10 sobre el Banco de la Nación Argentina - Fideicomiso para la Refinanciación Hipotecaria: gestión financiera y administrativa en la cual da cuenta de una serie de anomalías en el funcionamiento y gestión del Fideicomiso para la Refinanciación Hipotecaria (FRH).
Debido a la falta de información sobre el funcionamiento y gestión como así también efectivo cumplimiento de la finalidad del Fideicomiso para la Refinanciación Hipotecaria y ante la imperiosa necesidad de contar con elementos que permitan realizar un correcto análisis de la situación de los deudores hipotecarios en nuestro país, es que solicito el acompañamiento de mis pares en el presente proyecto de resolución.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
MOREJON, MANUEL AMOR CHUBUT PERONISTA
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
PRESUPUESTO Y HACIENDA (Primera Competencia)
VIVIENDA Y ORDENAMIENTO URBANO
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados RESOLUCION DE PRESIDENCIA - AMPLIACION DE GIRO A LA COMISION DE VIVIENDA Y ORDENAMIENTO URBANO. 30/11/2011