PROYECTO DE TP


Expediente 2709-D-2019
Sumario: PRORROGASE HASTA EL 23 DE JULIO DE 2021 EL PLAZO DE ADHESION AL REGIMEN DE REGULARIZACION DE DEUDAS ESTABLECIDO POR LA LEY 26970 -SISTEMA INTEGRADO DE JUBILACIONES Y PENSIONES-.
Fecha: 24/05/2019
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 65
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


ARTÍCULO 1.- Prorróguese hasta la fecha 23 de julio de 2021 el plazo establecido en el Artículo 1º de la Ley Nº 26.970.
ARTÍCULO 2.- Déjese sin efecto el Artículo 15 del Decreto 894/2016 que establece el vencimiento en fecha 23 de julio de 2019.
ARTÍCULO 3.- De forma.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Es de público conocimiento el gran porcentaje de empleo no registrado que existe a la fecha en nuestro país, por ello es imperiosa la necesidad de prorrogar nuevamente el plazo contemplado en el artículo 1º de la ley 26.970, y lo sea por el plazo de dos años.
Es esta moratoria la medida por excelencia para saldar, aunque sea en parte, el profundo estado de indefensión en el que se encuentran las y los trabajadores no registrados, convirtiéndose así en un sector de alta vulnerabilidad social al no contar con los aportes requeridos para acceder a los beneficios de la jubilación, ya que no son los trabajadores quienes se colocan en esa situación, sino la patronal, decisión frente a la cual el trabajador no cuenta con resortes al menos en el corto plazo, para cambiar y mejorar su situación.
Conforme los datos brindados por la misma Jefatura de Gabinete en el mes de marzo de 2019, en el curso del año 2018 pudieron acceder a la jubilación por moratoria 112.213 personas.
Téngase en cuenta también que el gran porcentaje de personas beneficiarias de la moratoria son mujeres, justamente debido a ese gran porcentaje, es que esta ley es conocida como “ ley de amas de casa” siendo este un dato objetivo de la realidad que no debe pasarse por alto, a raíz de la desigualdad histórica que padecieron y padecen las mujeres. Esta ley y su moratoria constituyen sin dudas una verdadera reivindicación para achicar aunque sea parcialmente, las desigualdades de género existentes. A ello cabe agregar que solo el 7% de mujeres logra acceder a los beneficios de la jubilación sin necesidad de la moratoria.
No puede tampoco pasar inadvertido que el acceso a la seguridad social es un derecho que tienen todas las personas a gozar de protección ante las distintas contingencias y necesidades específicas que enfrentan en cada una de las etapas de su vida, y el acceso a la jubilación es parte de la seguridad social. Es un derecho humano que aspira a cubrir las necesidades de las personas en situación de vulnerabilidad.
Es deber del Estado garantizar un piso de derechos que permita a las personas tener una vida digna, sobre todo en una etapa como la vejez.
Por las razones expuestas, solicito a mis pares me acompañen en el presente proyecto de ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
LEAVY, SERGIO NAPOLEON SALTA FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
GRANA, ADRIAN EDUARDO BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
CARMONA, GUILLERMO RAMON MENDOZA FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
VALLEJOS, FERNANDA BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
MERCADO, VERONICA CATAMARCA FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
GIOJA, JOSE LUIS SAN JUAN FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
PREVISION Y SEGURIDAD SOCIAL (Primera Competencia)
PRESUPUESTO Y HACIENDA