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PROYECTO DE TP


Expediente 2673-D-2013
Sumario: DECLARAR DE INTERES DE LA H. CAMARA EL "PLENARIO NACIONAL DE PROFESIONALES DE TURISMO DE LA REPUBLICA ARGENTINA", A REALIZARSE EL DIA 5 DE JULIO DE 2013 EN LA CIUDAD CAPITAL DE LA PROVINCIA DE MENDOZA.
Fecha: 03/05/2013
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 41
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Declarar de Interés Turístico de esta Honorable Cámara el "Plenario Nacional de Profesionales de Turismo de la República Argentina", a realizarse el día 5 de julio de 2013 en la Ciudad de Mendoza.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Las actividades turísticas en nuestro país, han crecido significativamente en los últimos años, y con el adecuado marco normativo a partir de la Ley Nacional de Turismo Nº 25997 que establece el Plan Estratégico de Desarrollo Turístico 2020, por la intensa promoción e inversión tanto de la actividad privada como del mismo Estado.
Acompañando a ello fueron aparecieron una importante cantidad de casas de estudio formadoras en todo el país, que imparten conocimientos técnicos y científicos a la capacitación de los distintos profesionales de la actividad turística en todos sus niveles y especialidades.
Los organismos internacionales -- entre ellos la Organización Mundial del Turismo (OMT)-- insisten permanentemente en la importancia de garantizar la profesionalización de la actividad, ya que ella es una gran dinamizadora en las economías regionales y de las naciones y redunda en forma directa en la preservación del medio ambiente, el cual recibe los impactos minimizados debido a la contribución de dichos profesionales para su mantenimiento.
Las actividades profesionales deben ser garantizadas, evaluadas y controladas por quienes cuenten con el conocimiento técnico y científico correspondiente, con el objeto de garantizar estándares de calidad acordes a las realidades actuales.
El diseño curricular y caracterización de los perfiles profesionales en Turismo debe estar acorde a las líneas internacionales y nacionales que diseña el plan estratégico, por lo que la evaluación y un profundo tratamiento de este tema; es un punto estratégico para la prestación de servicios turísticos de calidad, pero sustancialmente para consolidar y fortalecer el desarrollo turístico sustentable y con inclusión social.
Las Entidades que agrupan profesionales en todo el territorio nacional tienen como finalidad la defensa, el progreso y la jerarquización de la profesión, tendientes a asegurar la calidad y la sustentabilidad del sector; tender a la regulación del ejercicio profesional de los "Profesionales en Turismo", se abocan también a mejorar el desempeño de sus fines y velar por el desarrollo social y humano de las personas que componen el universo de los profesionales de turismo.
Actualmente en diversas provincias de la republica Argentina, se llevan a cabo acciones concretas de los profesionales con el fin de iniciar los procesos provinciales de colegiación; ante la expansión de la actividad y la necesidad de que los actores directos asuman obligaciones y responsabilidades formalmente, se hace imprescindible evaluar y analizar el contenido curricular y científico y el desempeño profesional de todos los argentinos que concluyeron las etapas de formación como de todas aquellas curriculas que actualmente están en vigencia en las casas de estudios. Asimismo se hace prioritario redefinir y actualizar a los fines de reinsertar nuevas prácticas profesionales al sector acordes a los requerimientos contemporáneos y futuros que se vislumbran en la actividad.
Los profesionales necesitan tener tiempos y espacios formales de análisis, evaluación y propuestas sobre este tema central hacia las autoridades, empresarios, prestadores, dirigentes y casa de estudios que componen el sector turístico en su conjunto para aportar al desarrollo adecuado de la actividad; delimitando claramente los ámbitos de aplicación, el uso del título, el acceso a las habilitaciones, los derechos, deberes y prohibiciones de los profesionales en turismo entre otros aspectos que conformarán la herramienta necesaria para el desempeño de la profesión.
Los Plenarios son parte de una metodología vigente para actuar, ante la urgencia, como órgano de consulta y asesoramiento de organismos públicos y privados sobre aspectos técnicos - profesionales de la actividad turística, la cual abarca un sinnúmero de especialidades tan disimiles como cautivantes.
El Poder Legislativo, es el espacio natural de los ciudadanos con el que se interactúa con el Estado, para el diseño y creación de instrumentos que pregonen actos tendientes a la jerarquización de la profesión y su actividad.
Fundamentos Jurídicos / Legales
Hay copiosa legislación en la que se reconoce el ejercicio de la profesión turística como necesario para el desarrollo del sector. La ley 18829, el Decreto 2182/72, las abundantes resoluciones de la Secretaría de Turismo de la Nación, de las cuales destacamos la 763/92, que al decir del Dr. Diego Benítez, mereció destacados comentarios del mundo jurídico, la Resolución 752/84 y muy recientemente, la Ley Nacional de Turismo, 25997.
La asignación de responsabilidades y obligaciones formalmente se funda en entre otras cosas en estas consideraciones: "...una cosa es la economía del turismo como estuvimos escuchando, el marketing, pero otra cosa es el respeto de los derechos de los turistas. Porque un turista puede sentirse muy cómodo, puede sentirse en los mejores hoteles, pero una de las cosas fundamentales es que sienta respeto por sus derechos. La jurisprudencia que nosotros volcamos acá y que sigue saliendo demuestra que se violan constantemente los derechos de los turistas en la Argentina. Esta es una realidad absolutamente incontestable desde los tribunales. Eso significa que tenemos que empezar a hablar de la responsabilidad frente a los turistas, la responsabilidad de los profesionales, la responsabilidad de los empresarios, la responsabilidad de los políticos" (Dr. Carlos Ghersi - I Convención del Foro de Profesionales en Turismo - 2003)
El turismo, si bien es mentado reiteradamente, aún por la Organización Mundial de Turismo como una industria, pertenece sin duda al sector terciario, de los servicios. En ellos, la calidad es un componente esencial que recorre todas las disciplinas involucradas en su prestación, lo que requiere una alta capacitación de los recursos humanos involucrados. La Argentina ha sido pionera en la creación de carreras universitarias mediante las cuales se formaron generaciones de profesionales del turismo.
Es de destacar que en los comienzos del trazado de una política turística nacional, las profesiones tradicionales cumplieron el rol de mentoras y planificadoras de los principales desarrollos turísticos, así como de docentes en las carreras de turismo en todo el país, tanto de régimen privado como del público. Poco a poco los licenciados en turismo comenzaron a abrirse camino y a afianzarse mediante la experiencia, a lo largo de los años, como una profesión que ha madurado y debe liderar los procesos de desarrollo turístico acompañado por otras profesiones. Río Negro, Misiones, La Rioja, Jujuy y Tucumán cuentan con Colegios de Profesionales en Turismo creados por leyes provinciales. Estas provincias, en ejercicio de facultades no delegadas a la Nación, han resuelto regular el ejercicio de la profesión en turismo. La formación de un Colegio implicaría el reconocimiento por parte de la sociedad, de la función social del Profesional en Turismo. Precisamente, el sentido de la obligatoriedad en cuanto a la matriculación, está fundado en que la profesión afecta los derechos fundamentales de las personas y se ejerce bajo el principio de sometimiento a su ciencia y conciencia.
Obviamente, el vislumbrar la creación de colegios de profesionales en turismo, genera resistencia. El reconocimiento de las atribuciones a nuevos profesionales, por aplicación de los principios propios del sistema, que tiende a la exclusividad del ejercicio, se hace a su costa, de manera que se pierde la posibilidad de actuación en un sector o tienen que compartir competencias que antes monopolizaban.
En la profesión en turismo está en juego el derecho de las personas a tener acceso al empleo de su tiempo libre para fines de ocio y viajes. El Código de Ética de la Organización Mundial del Turismo, entidad integrante de la Organización de Naciones Unidas, del cual forma parte la Argentina, exige al profesional en turismo ser veraz en la información sobre los lugares de destino y las condiciones de viaje, el estricto cumplimiento de los contratos, velar por la seguridad y la prevención de accidentes, la protección sanitaria y la higiene alimentaria de quienes recurran a sus servicios; preocuparse por la existencia de seguros y sistemas de asistencia adecuados. El Código contempla asimismo que el profesional contribuya al pleno desarrollo cultural y espiritual de los turistas y que permita el ejercicio de sus prácticas religiosas durante los desplazamientos. Igualmente, que se imponga limitaciones cuando sus actividades se ejerzan en espacios particularmente vulnerables.
Es por todo lo anteriormente expuesto, que solicito a mis pares me acompañen en este proyecto de resolución.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
GONZALEZ, JUAN DANTE MENDOZA FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
TURISMO (Primera Competencia)
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha Movimiento Resultado
29/05/2013 DICTAMEN Aprobado por unanimidad con modificaciones en los términos del articulo 114 del reglamento de la H. Cámara
Dictamen
Cámara Dictamen Texto Fecha
Diputados Orden del Dia 2024/2013 CON MODIFICACIONES; ARTICULO 114 DEL REGLAMENTO DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION, BAE 13/2013 05/06/2013
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados APROBACION ARTICULO 114 DEL REGLAMENTO DE LA H CAMARA DE DIPUTADOS; COMUNICADO EL 28/06/2013 APROBADO