PROYECTO DE TP
Expediente 2661-D-2014
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON LA REGLAMENTACION DE LA LEY 26688, POR LA CUAL SE DECLARA DE INTERES NACIONAL LA INVESTIGACION Y PRODUCCION PUBLICA DE MEDICAMENTOS, MATERIAS PRIMAS PARA LA PRODUCCION DE MEDICAMENTOS, VACUNAS Y PRODUCTOS MEDICOS.
Fecha: 16/04/2014
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 29
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Dirigirse al Poder Ejecutivo
Nacional a fin de que, a través del Ministerio de Salud, informe acerca de la Ley
Nº 26.688, que declara de Interés Nacional la Investigación y Producción
Pública de Medicamentos, Materias Primas para la Producción de
Medicamentos, Vacunas y Productos Médicos sancionada el 29 de junio de
2011, las siguientes cuestiones:
1. Motivos por los cuales aún
no se ha reglamentado la ley Nº 26.688.
2. Si para la elaboración de
dicha reglamentación se ha consultado a los laboratorios públicos existentes en
nuestro país. Detalle cuáles.
3. Si se ha tratado en el
Consejo Federal de Salud -COFESA- el establecimiento de criterios y prioridades
para la asignación de recursos y el desarrollo de las acciones previstas en el art.
7 de la Ley 26.688.
4. Si se ha realizado el
relevamiento de las necesidades en medicamentos, vacunas y productos
médicos que demanda el primer nivel de atención en el marco de la atención
primaria de la salud. Detalle de las mismas.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Está claro que a la
hora de pensar en políticas públicas en materia de salud, el acceso a los
medicamentos es una parte esencial. En ese sentido el artículo 2 de la Ley
26.688 establece que: "Es objeto de la presente ley promover la accesibilidad
de Medicamentos, vacunas y productos médicos y propiciar el desarrollo
científico y tecnológico a través de laboratorios de producción pública".
Sin embargo, aún cuando la
sanción de dicha ley se llevó a cabo con el más amplio apoyo de todo el
espectro político -180 votos a favor y 3 abstenciones en la Cámara de
Diputados y unanimidad en el Senado-, el próximo mes de junio se van a
cumplir 3 años desde su sanción (29 de junio de 2011) y, luego de un tiempo
más que prudencial, la reglamentación se encuentra aún en proceso de
elaboración sin fecha estimada de finalización, conforme lo expresara al pasar,
el Jefe de Gabinete de Ministro en su informe de 2012 ante esta Cámara de
Diputados.
En dicha oportunidad, el JGM
sostuvo: "al encontrarse la ley en proceso de reglamentación, no se ha
determinado aún el origen de los fondos" (1) . Por lo que la misma no tiene
siquiera presupuesto asignado para su puesta en marcha.
La puesta en marcha de la norma
no sólo permitiría el acceso a los medicamentos esenciales a bajo costo y de
igual calidad para la población, sino también la articulación de los laboratorios
públicos dispersos en 12 provincias y la Ciudad de Buenos Aires y su
potenciación a través del desarrollo de proyectos de investigación en las
distintas ramas de la biomedicina en las diferentes regiones del país, evitando
la superposición de producción, y favoreciendo los estudios destinados a
producir medicamentos huérfanos y los aplicados al tratamiento de
enfermedades endémicas en nuestro país.
Otro aspecto esencial a tener en
cuenta es que la producción pública de medicamentos va a actuar como una
herramienta de regulación de precios. No hay olvidar que esta industria es una
de las más rentables del mundo.
Además, propiciamos que la
reglamentación contenga explícitamente que los laboratorios públicos que
cuenten con la respectiva habilitación nacional (ANMAT), puedan presentarse a
las licitaciones públicas convocadas por el Ministerio de Salud de la Nación, ya
sea las que lleva a cabo en forma directa o las que realiza a través de sus
diversos programas de salud como por ejemplo el Remediar.
La reglamentación que se invoca a
través del presente, ya ha sido solicitada desde diversos ámbitos, tanto
legislativos como profesionales, como el Grupo de Gestión de Políticas de
Estado en Ciencia y Tecnología. También desde sectores académicos del cual
nos interesa citar una investigación realizada por el Instituto Gino Germani de la
Facultad de Ciencias Sociales, UBA (2) . La misma analiza las características de la
industria farmacéutica nacional y plantea claramente que "El dilema actual para
el Estado es financiar a la industria nacional privada o coordinar/diseñar un plan
de desarrollo conjunto entre los organismos pertenecientes al Complejo
Científico Tecnológico que posean laboratorios para articular investigación
farmacológica básica estatal y la producción de medicamentos esenciales y
huérfanos para más del 50% de la población argentina sin cobertura médica
excepto la pública".
A pesar de que haya aspectos de
la ley que no necesiten reglamentación, como es el caso del relevamiento de
laboratorios de producción pública (que ya se está llevando a cabo), es
evidente que hay otras cuestiones, como el aspecto presupuestario, para las
cuales la reglamentación se torna imprescindible si verdaderamente queremos
que la producción pública de medicamentos sea una política de Estado.
Por todas estas razones, creemos
necesario y urgente que el compromiso político asumido al momento de su
sanción, se traduzca en la reglamentación con la debida dotación de recursos
que posibiliten llevar adelante la implementación de la ley.
Firmante | Distrito | Bloque |
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ZABALZA, JUAN CARLOS | SANTA FE | PARTIDO SOCIALISTA |
BINNER, HERMES JUAN | SANTA FE | PARTIDO SOCIALISTA |
RASINO, ELIDA ELENA | SANTA FE | PARTIDO SOCIALISTA |
VILLATA, GRACIELA SUSANA | CORDOBA | FRENTE CIVICO - CORDOBA |
DONDA PEREZ, VICTORIA ANALIA | BUENOS AIRES | LIBRES DEL SUR |
CICILIANI, ALICIA MABEL | SANTA FE | PARTIDO SOCIALISTA |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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ACCION SOCIAL Y SALUD PUBLICA (Primera Competencia) |