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PROYECTO DE TP


Expediente 2646-D-2012
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO NACIONAL SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON EL CONSEJO NACIONAL DE LAS MUJERES, DEPENDIENTE DEL CONSEJO NACIONAL DE COORDINACION DE POLITICAS SOCIALES.
Fecha: 02/05/2012
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 39
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Solicitar a la Presidencia de la Nación para que, respecto del Consejo Nacional de las Mujeres, dependiente del Consejo Nacional de Coordinación de Políticas Sociales, informe:
1) Si el Consejo Nacional de las Mujeres se encuentra tomando a su cargo la tarea que le fuera encomendada como organismo rector encargado del diseño de las políticas publicas para lograr los objetivos y hacer efectivas las disposiciones contenidas en la ley 26.485 sancionada el 11 de marzo de 2009.
2) Si de conformidad con lo previsto en la mencionada ley 26.485 respecto de las obligaciones impuestas al Consejo Nacional de las Mujeres, el mismo ha creado y puesto en marcha el Plan Nacional de Acción para la Prevención, Asistencia y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres; en su caso, cuales son las características del mismo, iniciativas que contiene y objetivos cumplidos a la fecha. Asimismo, respecto del mismo plan si se han llevado a cabo por parte del Consejo las tareas encomendadas al mismo conforme los incisos 1 a 4 del Decreto 1011/10. En caso negativo, explique razones.
3) Si el Consejo Nacional de las Mujeres ha cumplido a la fecha con la articulación y coordinación de las acciones para el cumplimiento de la ley 26.485 con las distintas áreas involucradas a nivel nacional, provincial y municipal, y con los ámbitos universitarios, sindicales, empresariales, religiosos, las organizaciones de defensa de los derechos de las mujeres y otras de la sociedad civil. En su caso explique cuales han sido esas acciones, con que áreas y/o ámbitos se han desarrollado; y cuales han sido los objetivos trazados y efectivamente cumplidos.
4) Si en el marco de los dispuesto por el articulo 9 inciso c) de la ley 26.485, el Consejo Nacional de las Mujeres ha convocado y constituído el Consejo Consultivo Ad Honorem integrado por representantes de las organizaciones de la sociedad civil y el ámbito académico especializadas, cuya función sea la de asesorar y recomendar sobre los cursos de acción y estrategias adecuadas para enfrentar el fenómeno de la violencia. En su caso, cuales han sido esas organizaciones, y que tareas ha desarrollado a la fecha el consejo consultivo mencionado, y objetivos trazados y cumplidos por el mismo. Asimismo, informe que opiniones ha elevado el Consejo Consultivo mencionado. En caso de no haberse constituído el mismo, explique razones.
5) Si a través del Consejo Nacional de las Mujeres se ha promovido la creación de servicios de asistencia para las mujeres victimas de violencia; y en su caso que servicios y en que jurisdicciones existen con la promoción activa del Consejo, y características de los servicios que brindan los mismos. Especifique, en su caso, si los mismos brindan asistencia integral y gratuita. En caso de que no se hayan promovido servicios de asistencia, explique razones.
6) Si se han desarrollado programas de asistencia técnica para las distintas jurisdicciones destinados a la prevención, detección precoz, asistencia temprana, reeducación, derivación interinstitucional y a la elaboración de protocolos para los distintos niveles de atención. En su caso, que características y contenidos tiene esos programas; en que jurisdicciones funcionan y cuales han sido los objetivos alcanzados. En caso negativo, explique razones.
7) Si el Consejo Nacional de las Mujeres brinda capacitación, formación y entrenamiento en la temática de violencia de genero hacia las mujeres, dirigida a funcionarios públicos en el ámbito de la justicia, las fuerzas policiales y de seguridad, y las fuerzas armadas. En su caso, en que instituciones se han llevado a cabo las mismas; con que periodicidad en cada una de ellas; y cuales son los lineamientos básicos que abordan en general y en relación a la especificidad de cada área de actuación.
8) Si el Consejo Nacional de las Mujeres coordina la formación especializada en materia de violencia contra las mujeres en el ámbito legislativo, destinada a legisladores/as y asesores/as; y en su caso cuales han sido esas iniciativas de formación, trazadas y concretadas.
9) Si el Consejo Nacional de las Mujeres ha diseñado e implementado Registros de situaciones de violencia contra las mujeres de manera interjurisdiccional e interinstitucional; y en su caso desde cuando funcionan los mismos; cuales son los datos que dicho registro arroja; que políticas y/o iniciativas han sido creadas en función de los datos analizados provenientes de los registros y cuales de ellas se encuentran alcanzadas en su caso.
10) Cuales son los datos que arroja el Observatorio de Violencia contra las mujeres que funciona en el ámbito del Consejo Nacional de las Mujeres, desde su funcionamiento, y cuales son las fuentes monitoreadas por dicho observatorio.
11) De que manera se cumple la publicación de la Guía Nacional de recursos y servicios de atención en violencia; especificando jurisdicciones, instituciones, publicas y/o privadas donde se realiza, como asimismo todo otro lugar y modalidad a través de la cual se efectúa la publicación de la misma.
12) Si se ha implementado a través del Consejo Nacional de las Mujeres una línea telefónica gratuita, destinada a dar contención, información y asesoramiento en cuanto a recursos en materia de prevención de la violencia contra las mujeres y asistencia; y en su caso, cual es ella, desde cuando funciona; que información brinda y cuales son los datos estadísticos que arroja.
13) Cuales son las campañas de sensibilización y concientización sobre la violencia contra las mujeres que ha desarrollado el Consejo Nacional de las Mujeres desde la sanción de la ley 26.485; y en su caso con que periodicidad se han desarrollado, por que medios y las características de las mismas.
14) Cuales son los informes y conclusiones a los que ha arribado, en materia de violencia hacia las mujeres y/o discriminación hacia las mismas, el Observatorio de la discriminación en Radio y Televisión, que entre otros organismos es integrado por el Consejo Nacional de las Mujeres, y que monitorea el formato y contenido de las publicaciones de radio y televisión, como así mismo publicidades en los mismos medios.
15) Cual es el presupuesto con que cuenta el Consejo Nacional de las Mujeres; como se ha ejecutado el mismo hasta el momento, y en que proporción.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


La violencia contra las mujeres en razón de las desigualdades de genero, es un flagelo que ya es considerado a nivel mundial, de características epidémicas. Nuestro país no es por supuesto la excepción, poniéndose de manifiesto ello en una creciente cantidad de denuncias ante los organismos pertinentes efectuadas por mujeres de todas las provincias, y de todas la clases sociales.
Por su parte, el femicidio, como se califica al asesinato de una mujer por su condición de genero y como consecuencia de la violencia de genero, es precisamente la más terrible y extrema expresión de esa violencia, y es de resaltar que a él se llega en la mayoría de los casos, sino en todos, como culminación de una historia previa y repetida de violencia de la cual la mujer ha sido victima. Sobre todo cuando se trata del femicidio dentro de los vínculos más cercanos de la mujer.
En este sentido, digo que estos femicidios pueden ser evitados, en su mayoría, si la violencia es atendida a tiempo, y de la manera integral que requiere.
Pero además, es necesario y urgente atender a estas situaciones de violencia, como dije crecientes, pues es deber del estado argentino garantizar a las mujeres sus derechos humanos básicos, entre los que se encuentran, el derecho a vivir una vida libre de toda violencia, el derecho a la libertad, el derecho a la autonomía, el derecho a la salud integral, entre otros.
Para adecuar nuestra legislación vigente a los tratados internacionales y regionales suscriptos por nuestro país (Convención sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la mujer CEDAW, 1979; y Convención interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer (Convención de Belem de Pará, 1994)), en materia de discriminación y violencia contra las mujeres, este Congreso ha sancionado la ley 26.485 del año 2009 llamada "De protección integral para prevenir, erradicar y sancionar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales", que ha significado un importante avance en la materia.
No solo porque puso en evidencia que la violencia de genero atraviesa una cantidad amplia de modalidades y tipos, y no solamente la violencia domestica como era tenida en cuenta por la legislación anterior, sino que además, ha dispuesto un extenso e integral elenco de políticas publicas que deben ponerse en practica a los fines de prevenir, erradicar y atender la violencia contra las mujeres.
El diseño, implementación, seguimiento y coordinación de esas políticas, como asimismo, la generación y obtención de datos estadísticos para contribuir al armado de estas políticas fue encomendado por la ley al Consejo Nacional de las Mujeres, que debe cumplir este rol fundamental.
La importancia central del desarrollo de estas políticas a través del Consejo, consiste nada más ni nada menos en atender el problema de la violencia de modo integral, interdisciplinario, interinstitucional e interjurisdiccional, de manera de concretar en la realidad la erradicación y prevención de la violencia y asegurar una vida libre de ella a las mujeres.
Por ello, resulta necesario conocer cual ha sido desde la sanción de la ley el trabajo que ha cumplido el Consejo Nacional de las Mujeres como órgano rector de la ley 26.485, de modo de advertir los avances obtenidos y poner atención en las tareas aún pendientes.
Por todo lo expuesto, es que solicito la aprobación del presente Proyecto de Resolución.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
DONDA PEREZ, VICTORIA ANALIA BUENOS AIRES LIBRES DEL SUR
RIESTRA, ANTONIO SABINO SANTA FE UNIDAD POPULAR
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA (Primera Competencia)