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PROYECTO DE TP


Expediente 2637-D-2009
Sumario: OBLIGACIONES QUE GENEREN INTERESES INCLUIDAS TARJETAS DE CREDITO. REGIMEN.
Fecha: 27/05/2009
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 55
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


REGIMEN PARA LAS OBLIGACIONES QUE GENEREN INTERESES INCLUIDA TARJETAS DE CREDITO
Artículo 1.- Objeto: las obligaciones que generen intereses quedan afectadas al régimen de la presente ley, y a las normas que en su consecuencia se dicten.
Artículo 2.- Proporcionalidad. El interés debe guardar justa proporcionalidad con el valor de las prestaciones, de la que resulte una legítima retribución al acreedor en un sistema económico estable.
Artículo 3.- Tasa de interés. La tasa de interés debe ser idéntica a las tasas activas que no sobrepasen la inflación mensual medida por el INDEC siendo el máximo permitido la tasa efectiva anual que el Estado Nacional pague en concepto de interés en la licitación de letras del tesoro (letes) para las operaciones de mas corto plazo, debiéndose tomar para la determinación del monto del interés que resulte de la ultima licitación realizada.
Artículo 4.- Violaciones. Los actos que violen la presente ley, son nulos de nulidad absoluta por ser contrarios a la moral y a las buenas costumbres y se encuentran comprendidos en el artículo 953 del Código Civil.
Artículo 5.- Vigencia. Quedan comprendidas en el régimen de la presente ley todas las obligaciones dinerarias que se originen luego de su promulgación, no quedando afectadas las formalizadas con anterioridad a esa fecha.
Artículo 6.- De forma

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


La enorme proporcionalidad que en general se observan en los sistemas de crédito y los excesos que se cometen en la percepción de intereses exorbitantes por parte de actores de la vida económica en un país que creció al 6% anual los últimos cinco años, conspira contra el desarrollo y el crecimiento.
La fijación de un limite a la tasa de interés de la manera en que se establece en este proyecto no conspira en modo alguno con los lineamientos de la política económica nacional, puesto que se esta relacionando el nivel de interés con lo que el Estado paga por las licitaciones de la letras del tesoro en el mercado (letes) donde se obtiene el valor de ellas según el libre juego de oferta y demanda bursátil.
Estas tasas son generalmente bajas y va de suyo que las instituciones financieras que ganan las licitaciones lo pueden hacer observando todas las normas que el Banco Central impone, fundamentalmente en lo referido a previsiones técnicas y patrimoniales.
Es por todo sabido que las tasas de interés alientan o desalientan determinadas actividades económicas, que ellas motorizan la economía, que a menor tasa mayor posibilidad de recuperación, que un importante sector de la población financia su consumo con tarjetas de crédito y estas perciben de los comerciantes como de los usuarios adquieren intereses y estas perciben de los comerciantes como de los usuarios adquirentes intereses que son francamente abusivos.
También es dable observar que esta baja debe necesariamente trasladarse a las empresas de servicios que por segundos vencimientos, mora y/o penalidades perciben intereses de muy difícil explicación.
En suma intervenir en el sentido indicado en el ante proyecto, es de vital importancia, se preservan así todas la actividades económicas, se estimula la competencia, se logra mayor eficiencia en las entidades financieras, se crea un sólido y razonable ahorro, se posibilitan las inversiones, aumentan fuentes de trabajo, disminuyen costos de los bienes y servicios, creando en suma un mercado donde primen la equidad y la eficiencia, todo lo cual seria el motor impulsor de la expansión económica.
Por todos los argumentos expuestos ut supra, y por la importancia del objeto a legislar, es que solicito a mis pares el acompañamiento del presente proyecto de ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
VARGAS AIGNASSE, GERONIMO TUCUMAN FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
LEGISLACION GENERAL (Primera Competencia)
FINANZAS