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PROYECTO DE TP


Expediente 2569-D-2010
Sumario: PROHIBICION DE IMPORTACION, FABRICACION Y/O COMERCIALIZACION DE ARMAS ELECTRICAS O ELECTRONICAS.
Fecha: 27/04/2010
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 42
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


ARTICULO 1° - Queda prohibido en todo el territorio de la República Argentina la importación, fabricación y/o comercialización de armas eléctricas o electrónicas tales como rifles electrónicos, pistolas electrónicas u otros dispositivos similares de descargas eléctricas, así como cualquier otra técnica o instrumento observado u objetado por el Comité Contra la Tortura de Naciones Unidas.
ARTICULO 2° - En caso de encontrarse algún armamento como el mencionado en el artículo 1° de la presente ley, se procederá a efectuar la confiscación y destrucción de los elementos secuestrados; facultándose a la Autoridad de Aplicación a aplicar multa hasta el equivalente al 50 % del valor de la venta de dichos artículos. El producido de dichas multas será expresamente afectado a la cuenta especial "Fondo Nacional del Menor".
ARTICULO 3° - Será autoridad de aplicación de la presente Ley el Registro Nacional de Armas.
ARTICULO 3° - De forma.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


En el mundo, las pistolas eléctricas han despertado toda clase de rechazos, principalmente por parte de organismos de derechos humanos.
La reciente decisión del Jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Ingeniero Mauricio Macri, de proveer a los agentes de la Policía Metropolitana de las armas electrónicas de descargas paralizantes conocidas como 'TASER X 26', encendió un alerta respecto a la forma adecuada de combatir el delito, y abrió la crítica de los distintos sectores.
Decisiones como la arriba señalada, lejos está de poner bajo protección a la ciudadanía, sino por el contrario, aportar un granito de arena a una carrera armamentista entre unos y otros que encontrará como víctimas colaterales, como siempre ocurre, a personas indefensas que desarrollan su vida bajo ambos fuegos.
Es de público conocimiento que en aquellos países donde ha sido autorizado el armamento en cuestión, ha producido numerosas lesiones y muertes, generando severos cuestionamientos de las Naciones Unidas, a través del Comité de aplicación de la Convención contra la Tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, como así también del Consejo de la Unión Europea y de prestigiosos organismos internacionales de Derechos Humanos , como Amnesty International, todos los cuales no solo desaconsejaron su uso con sostenido fundamento en la defensa de los derechos humanos y las numerosas pérdidas de vidas ocasionadas por aquellas, sino que también requirieron a los Estados la prohibición de su importación o exportación con el fin de impedir su uso.
Asimismo, ante el recurso de amparo impulsado por el Observatorio de Derechos Humanos de la Ciudad de Buenos Aires (ODH), la magistrada a cargo del juzgado en lo Contencioso Administrativo y Tributario Número 9, dictó una medida cautelar y ordenó suspender el uso de esas armas por parte de la Metropolitana, hasta tanto exista sentencia definitiva.
Es dable señalar que la jueza, en su dictamen, consideró que a primera vista las pistolas "no resultan razonables" para ofrecer seguridad a la población. Además sostuvo que su uso "puede lesionar derechos como la vida, integridad física y salud de las personas, aun de quienes se encuentran en perfecto estado de salud" y que "la incorporación de estos dispositivos puede fomentar el encubrimiento o la impunidad policial favoreciendo situaciones de abuso".
Por otra parte y a modo de abundar en los ejemplos cabe citar lo acontecido en la ciudad de Salta en las últimas represiones policiales, a los estudiantes y a la comunidad originaria Los Lules, donde también fueron agredidos periodistas, recibieron un unánime repudio de la comunidad salteña. Algunos sectores sociales y políticos le recordaron al Ministro de Gobierno de esa Provincia, que el uso de "elementos disuasivos como picanas eléctricas o gas pimienta" va en contra del respeto a los derechos humanos y pidieron que se inculque a la policía una actitud solidaria y preventiva.
Autorizar el uso de armas eléctricas, sin duda, es dar luz verde hacia una fuerza policial exclusivamente represora y es también violar acuerdos internacionales que defienden los derechos humanos, a los que nuestro país suscribe.
Habida cuenta de lo hasta aquí expresado, el presente proyecto tiene por objeto prohibir en todo el territorio de la República Argentina la importación, fabricación y/o comercialización de armas eléctricas o electrónicas tales como rifles electrónicos, pistolas electrónicas u otros dispositivos similares de descargas eléctricas, así como cualquier otra técnica o instrumento observado u objetado por el Comité Contra la Tortura de Naciones Unidas. Como así también su decomiso y destrucción, facultando a la autoridad de aplicación a la aplicación de multas cuyo producido será destinado al Fondo Nacional del Menor.
Por todo lo expuesto, y con el firme propósito de prevenir muertes innecesarias, en defensa del derecho humano a la vida, solicitamos a los Señores Diputados que aprueben el presente proyecto.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
OBEID, JORGE ALBERTO SANTA FE PERONISMO FEDERAL
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
SEGURIDAD INTERIOR (Primera Competencia)
COMERCIO