PROYECTO DE TP


Expediente 2454-D-2014
Sumario: PROMOCION DE PUEBLOS RURALES TURISTICOS. REGIMEN.
Fecha: 14/04/2014
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 26
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


PROMOCIÓN DE PUEBLOS RURALES TURÍSTICOS
Artículo 1º: La presente ley tiene por objeto promover el desarrollo sustentable de las actividades turísticas de los pueblos rurales, mediante la implementación de acciones que contribuyan a obtener un mejor aprovechamiento de su potencial.
Artículo 2º: A los fines de la presente ley, se entenderá por "pueblo" a la concentración espacial de edificios conectados entre sí por calles que conforman un ejido urbano, exclusivamente en el sentido de aglomeración, independientemente de los límites provinciales, departamentales, municipales o de partidos.
Artículo 3º: Las provincias elegirán hasta tres pueblos en su jurisdicción que deberán cumplir las siguientes características:
a) Que las autoridades de la comunidad autodefinan al pueblo como pueblo rural, y que dicha autodefinición sea avalada por las autoridades provinciales.
b) Poseer algún atractivo para el desarrollo de un proyecto turístico, fundamentando su viabilidad y sustentabilidad, y estableciendo las pautas a través de las cuales el mismo beneficiará a la población local.
Artículo 4º: La autoridad de aplicación gestionará el acceso de los pueblos rurales turísticos a los siguientes beneficios:
a) Identificación de necesidades de inversión pública, vinculadas a obras de infraestructura, recuperación del patrimonio cultural y/o arquitectónico y sus posibles fuentes de financiamiento.
b) Apoyo en la gestión para obtener financiamiento en entidades públicas y/o privadas para emprendimientos turísticos- productivos a desarrollarse en el pueblo rural turístico.
c) Asesoramiento en temas de promoción turística y de desarrollo de la producción local.
d) Inclusión de catálogos, directorios, guías, publicidades, página Web, que promueva y desarrolle el Ministerio de Turismo de la Nación y/o del Instituto Nacional de Promoción Turística (INPROTUR).
e) Participación en los programas de promoción y capacitación turística que promueva y desarrolle el Ministerio de Turismo de la Nación.
Artículo 5º: Cada cinco años se podrán seleccionar e incorporar nuevos pueblos rurales a la ley de promoción, acreditando las características previstas en el artículo 3º.
Artículo 6º: Las autoridades provinciales, garantizando la participación de instituciones intermedias del sector turístico, comisiones legislativas específicas y autoridades municipales o comunales, presentarán ante el Consejo Federal de Turismo la nómina de pueblos que, dentro de su jurisdicción, cumplan con los requisitos establecidos en el artículo 3º.
Artículo 7º: Es autoridad de aplicación de la presente ley el Ministerio de Turismo de la Nación.
Artículo 8º: Comuníquese al Poder Ejecutivo.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El fenómeno mundial de decrecimiento de la población rural se manifiesta en nuestro país en dos escalas: la primera, de la Región Metropolitana con respecto a las provincias; y en las provincias, entre las ciudades capitales, generalmente populosas, y el interior despoblado.
Los datos del último censo son elocuentes, mientras el Aglomerado Gran Buenos Aires (AGBA) cuenta con 2681 hab. / km2 según las estimaciones censales a partir del Censo 2010, distintos departamentos provinciales no llegan a tener medio habitante por kilómetro cuadrado.
Hacia el año 1930 se produce un punto de inflexión con respecto a la evolución de la población rural, es decir que a partir de allí la emigración rural empieza a crecer ininterrumpidamente.
Si bien el decrecimiento de la población rural es un fenómeno mundial, nuestro país careció de políticas eficientes de estado para contener, e incluso repoblar el interior de nuestro extenso territorio.
La crisis de las economías regionales, la infraestructura radial con centro en Buenos Aires, el desmantelamiento del ferrocarril, el crecimiento industrial estructurado en el eje Buenos Aires - Córdoba son algunas de las causas de la concentración geográfica de la población, considerando que el 46,1% de los habitantes vive en la provincia de Buenos Aires o Capital Federal según datos del Censo 2010. Al mismo tiempo, se ha observado una tendencia al despoblamiento de las zonas rurales.
Ya en los estudios del CEUR se planteaba el problema de la "emergencia cada vez más generalizada de centros urbanos de crecimiento explosivo, que requiere un estudio y tratamiento especiales para controlar tal expansión y adecuar la oferta de infraestructura y equipamiento social a la
desbordante demanda en tales centros planteada" (CEUR, 1982 (1) ). En la mayoría de los casos se observa un déficit en el sector público para ordenar adecuadamente la expansión demográfica verificada, con incapacidad del equipamiento social instalado en acceder con satisfacción a la demanda explosiva de la población.
Dentro de este contexto se encuentran un gran número de pueblos que día a día ven emigrar a sus pobladores hacia ciudades de mayor porte, expulsados por la falta de oportunidades laborales, la dependencia de sus jóvenes a estudiar en otras ciudades, la relación entre la gran urbe y el progreso, a pesar que muchos de estos pueblos están emplazados en sitios con potencial en recursos tanto naturales como culturales para el desarrollo turístico.
Población en localidades de menos de 2.000 habitantes. Fuente: Situación y Evolución Social (Síntesis Nº4); INDEC.
Tabla descriptiva
De acuerdo a los datos del Censo 2010 existen en Argentina (considerando la definición estadística de población rural como población con menos de 2000 habitantes) un total de 3.599.764 pobladores rurales, es decir alrededor de un 9,0% de la población total del país.
Según la organización no gubernamental "Responde" (Recuperación Social de Poblados Nacionales que desaparecen, http://responde.org.ar), entidad dedicada a identificar y aportar soluciones a pequeños pueblos, existen 602 pueblos en riesgo de desaparición, con una población estimada de 276.664 habitantes en total, o sea el 40% de la población rural de la Argentina. Sólo para citar algunos ejemplos podemos mencionar a los pueblos de Alonso (Córdoba), Ingenio Fronterita y Villa Chicligasta (Tucumán), Agua Escondida, Punta de Vacas, Cacheuta (Mendoza).
Al mismo tiempo, la actividad turística tiene una importante capacidad de generar empleos, e indirectamente así influir sobre la posibilidad de lograr objetivos de distribución demográfica de la población. En otras palabras, la actividad turística puede lograr que establecer poblaciones en regiones menos integradas a los circuitos productivos centrales del país (por ejemplo el eje agropecuario en la pampa húmeda). Aglomerados urbanos como Bariloche o Mar del Plata, han crecido bajo el influjo de la actividad turística. Estas propiedades de creación de empleo y contribuir a establecer poblaciones generando empleos, puede ser extensiva a las poblaciones rurales.
Si bien existe una definición estadística de población rural, la definición operativa genera problemáticas en los casos particulares, por lo cual se considera necesario que las autoridades de la comunidad autodefinan al pueblo como pueblo rural, y que tal autodefinición sea avalada por las autoridades provinciales.
El presente proyecto pretende proporcionar un régimen de promoción a los pueblos rurales que tenga vigencia en el tiempo, y que permita consolidar distintas poblaciones rurales a lo largo y ancho del país.
El proyecto propone seleccionar hasta tres localidades por provincia que cuenten con potencial turístico para ser apoyados en su desarrollo.
Es por ello, que con el financiamiento de proyectos productivos o de inversión, de infraestructura, capacitación, y el aporte de una amplia difusión a través de catálogos específicos de los Pueblos Rurales Turísticos Argentinos, se puede lograr, en parte, que dichas poblaciones sean sustentables y no desaparezcan.
Es importante mencionar los antecedentes parlamentarios de proyectos sobre promoción de Pueblos Rurales Turísticos: en el año 2002, el diputado Acavallo y otros señores diputados presentaron un proyecto que obtuvo media sanción de la Cámara de Diputados, pero no tuvo tratamiento en el H. Senado. En el año 2004, 2006, y 2008 se presentaron proyectos de ley del mismo tema y, si bien fueron considerados, no se logró acordar un dictamen conjunto con las comisiones de competencia. Durante el período legislativo 2010 los diputados Mansur, Salim y otros presentaron un proyecto de la misma temática que nuevamente logró media sanción de la Cámara de Diputados.
Por lo expresado, solicito a los señores diputados su acompañamiento en la aprobación del presente proyecto.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
GIMENEZ, PATRICIA VIVIANA MENDOZA UCR
VILARIÑO, JOSE ANTONIO SALTA FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
GIUBERGIA, MIGUEL ANGEL JUJUY UCR
BIELLA CALVET, BERNARDO JOSE SALTA UDESO SALTA
BALDASSI, HECTOR W. CORDOBA UNION PRO
MALDONADO, VICTOR HUGO CHACO UCR
ABRAHAM, ALEJANDRO MENDOZA FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
TORROBA, FRANCISCO JAVIER LA PAMPA UCR
DUCLOS, OMAR ARNALDO BUENOS AIRES GEN
PRADINES, ROBERTO ARTURO MENDOZA DEMOCRATA DE MENDOZA
COBOS, JULIO MENDOZA UCR
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
TURISMO (Primera Competencia)
ECONOMIAS Y DESARROLLO REGIONAL
POBLACION Y DESARROLLO HUMANO
Giro a comisiones en Senado
Comisión
TURISMO
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha Movimiento Resultado
19/11/2014 ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA Aprobado por unanimidad en la parte de su competencia con modificaciones
11/06/2015 ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA Aprobado por unanimidad en la parte de su competencia sin modificaciones
25/08/2015 ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA Aprobado por unanimidad en la parte de su competencia sin modificaciones
25/08/2015 DICTAMEN Aprobado por unanimidad con modificaciones
Dictamen
Cámara Dictamen Texto Fecha
Diputados Orden del Dia 2271/2015 CON MODIFICACIONES 31/08/2015
Senado Orden del Dia 0914/2016 03/11/2016
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DEL DIPUTADO COBOS (A SUS ANTECEDENTES)
Diputados RESOLUCION DE PRESIDENCIA - AMPLIACION DE GIRO A LA COMISION DE POBLACION Y DESARROLLO HUMANO. SE SUPRIME EL GIRO A LA COMISION DE PRESUPUESTO Y HACIENDA. 27/08/2014
Diputados CITACION SESION ESPECIAL 23/09/2015
Diputados CONSIDERACION Y APROBACION 23/09/2015 MEDIA SANCION
Senado PASA A SENADO -
Senado CONSIDERACION Y SANCION 16/11/2016 SANCIONADO