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PROYECTO DE TP


Expediente 2452-D-2010
Sumario: MATRIMONIO ENTRE PERSONAS DEL MISMO SEXO. CONVOCAR CONSULTA POPULAR NO VINCULANTE.
Fecha: 22/04/2010
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 39
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


CONSULTA POPULAR MATRIMONIO GAY
Artículo 1°. Convocase a consulta popular no vinculante al electorado de la Nación a los efectos de que se pronuncie acerca del matrimonio entre personas del mismo sexo.
Artículo 2°. Las propuestas que deberán consignar las boletas mediante las cuales se expresará la voluntad sometida a consulta serán las siguientes:
a) SI, VOTO AFIRMATIVAMENTE LA MODIFICACIÓN DEL CODIGO CIVIL DE LA NACIÓN PARA ADMITIR EL MATRIMONIO ENTRE PERSONAS DEL MISMO SEXO.
b) NO, VOTO NEGATIVAMENTE LA MODIFICACIÓN DEL CODIGO CIVIL PARA ADMITIR EL MATRIMONIO ENTRE PERSONAS DEL MISMO SEXO.
Artículo 3°. La consulta popular será realizada conforme los procedimientos y plazos previstos en la Ley 25.432.
Artículo 4°. Comuníquese al Poder Ejecutivo.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El presente proyecto de ley persigue la convocatoria a una consulta popular no vinculante a fin de que el pueblo de la Nación exprese su voluntad respecto a la legalización del matrimonio entre personas del mismo sexo.
La Consulta Popular se encuentra reglada por el Artículo 40° de la Constitución Nacional, incorporado por la Reforma de 1994 y por varios tratados internacionales. Finalmente este instituto fue reglamentado por la Ley 25.432 en el año 2001.
El matrimonio entre personas del mismo sexo constituye un tema de trascendencia para la sociedad que puede ser analizado desde distintos ángulos, donde se contraponen factores morales, religiosos y de igualdad ya que se modifica la estructura de la familia.
Esta relevante modificación en la organización social requiere consensos que permitan alcanzar una solución sin herir susceptibilidades.
Cabe destacar que la mayoría de los partidos políticos representados en ambas Cámaras no contienen en sus plataformas políticas definiciones sobre este tema, con lo que el voto en un sentido u otro terminará siendo una cuestión de conciencia de cada diputado que no representará la conciencia de la sociedad, al no habernos sido emitido un mandato específico sobre esta cuestión.
Por esto considero necesario la realización de una consulta popular no vinculante que permita expresar la voluntad del pueblo otorgándonos un claro mandato.
Por los motivos expuestos solicito a mis pares la pronta aprobación del presente proyecto de ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
DE MARCHI, OMAR MENDOZA DEMOCRATA DE MENDOZA
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
ASUNTOS CONSTITUCIONALES (Primera Competencia)
LEGISLACION GENERAL
PRESUPUESTO Y HACIENDA
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados MOCION DE PREFERENCIA PARA LA PROXIMA SESION CON DICTAMEN (AFIRMATIVA) 30/06/2010