Proyectos »

PROYECTO DE TP


Expediente 2424-D-2011
Sumario: PROGRAMA NACIONAL DE TRATAMIENTO INTEGRAL AL PACIENTE OSTOMIZADO: CREACION.
Fecha: 07/05/2011
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 43
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


Incorporar al Programa Médico Obligatorio la atención integral al paciente ostomizado. Autoridad de aplicación. Funciones. Ejecución.
Artículo 1º.- Créase el Programa Nacional de Tratamiento Integral al Paciente Ostomizado en el ámbito del Ministerio de Salud de la Nación y sus dependencias, que estarán sujetas a la presente ley. Incorpórese dentro del Programa Médico Obligatorio (PMO) y/o en el que a futuro lo sustituya.
Artículo 2º.- El Ministerio de Salud de la Nación será la autoridad de aplicación e instará a la Superintendencia de Salud para la correspondiente instrumentación con la colaboración del Ministerio Desarrollo Social de la Nación.
Artículo 3°.- El Programa Nacional de Tratamiento Integral está destinado a personas con ostomía, ileostomía, urostomía, sin discriminación alguna.
Artículo 4º.- Serán objetivos del presente Programa:
a) Alcanzar el nivel más elevado de calidad de vida para la población paciente ostomizado.
b) Favorecer la accesibilidad a la cobertura médica, farmacológica, psicológica a los pacientes que recurran como solución quirúrgica a la ostomía.
c) Garantizar a la población el acceso a la información, orientación y prestaciones de servicios referidos a la salud de los pacientes ostomizados.
d) Contribuir a la capacitación, perfeccionamiento y actualización de los conocimientos científicos, vinculados a los pacientes ostomizados.
e) Promover en la comunidad espacios de reflexión y acción para la aprehensión de conocimientos básicos vinculados al Programa Nacional de Tratamiento de Pacientes Ostomizados.
Artículo 5º.- El Programa Nacional de Tratamiento de Pacientes Ostomizados deberá incluir como prestaciones obligatorias:
a) Prótesis para ostomías, entre ellas, ileostomías, colostomías y
urostomías. La cobertura de las prótesis será del 100%.
b) Cobertura para los tratamientos médicos, psicológicos y farmacológicos de las personas que necesiten como solución quirúrgica la ostomía.
Artículo 6º.- Las personas no incluidas en las obras sociales, y que no estén en condiciones de comprar las prótesis, cremas o pomadas y polvos cutáneos, ni de afrontar el tratamiento, recibirán idéntica prestación a cargo del Estado.
Artículo 7º.- Los hospitales y centros de salud dependiente del Ministerio de Salud de la Nación crearán y llevarán el registro de los pacientes ostomizados.
Artículo 8º.- Invítase a las Provincias y al Gobierno Autónomo de la Ciudad de Buenos Aires a adherir al "Programa Nacional de Atención Integral al Paciente Ostomizado"
Artículo 9º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo. La presente ley entrará en vigor a partir de los noventa (90) días de su promulgación.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Vengo ante V. H. a solicitar la aprobación del Proyecto de Ley que se propone la creación y puesta en marcha del Programa Nacional de Tratamiento Integral al Paciente Ostomizado incorporado al Programa Médico Obligatorio (P.M.O.).
La Asociación Argentina de Ostomizados (AADO) acuñó una frase reveladora: "Un ostomizado es una persona sana, física e intelectualmente, que puede hacer cualquier cosa: trabajar, casarse, tener hijos, hacer deporte... siempre y cuando tenga los elementos adecuados. De lo contrario, se convierte en un discapacitado social".
La ostomía es una práctica quirúrgica, de apertura de un órgano hueco hacia el exterior. La ostomización se puede realizar en la vejiga, tráquea, estómago, intestino delgado, colon y recto. Dependiendo del órgano afectado es que puede ser: Ileostomías, Colostomías o Urostomías:
- Colostomía, es el tipo de ostomía que comunica el colon con el exterior del abdomen.
- Ileostomía, es la ostomía que comunica el íleon (porción terminal del intestino delgado) con el exterior.
- La urostomía es la ostomía que consiste en desviar el curso normal de la orina.
Las causas de la utilización de este procedimiento quirúrgico pueden ser por problemas inflamatorios, traumáticos, enfermedades crónicas o las aplicadas en pacientes con tratamiento oncológico.
En algunos casos, la ostomización es una práctica que se efectúa de manera transitoria. En otros pacientes, definitiva. Es una prótesis que debe incorporarse como parte de su vida cotidiana y saludable que se lleva a cabo en personas de todas las edades, desde recién nacidos a adultos mayores.
En el proyecto, se busca extender las prestaciones a todos los ostomizados, modificando lo dispuesto en el P.M.O. que menciona solo las colostomías (ostomías del colon).
Una vez superada la enfermedad de base, el paciente necesita de un tiempo de adopción y aprendizaje del manejo de su ostomía, en un trabajo de rehabilitación que requiere de la contención psicológica y emocional del paciente y la familia. Por lo general se retoman las actividades laborales, deportivas, intelectuales de manera absolutamente normal.
Son delicadas las consecuencias que deben soportar los pacientes de condición económica que no les permite acceder a las prótesis y al resto de los materiales necesarios. Los pacientes sin cobertura médica ni social.
Distintas obras sociales y de medicina pre- paga cubren parte de la prestación, pero es necesario extenderlas a las diferentes patologías.
Estimativamente, en nuestro país los pacientes ostomizados son cerca de 25.000, de los que entre 8.000 y 10.000 no cuentan con la cobertura médica que los respalde.
Señor Presidente, por los fundamentos expuestos, que se proponen atender la asistencia integral de los pacientes ostomizados y los que podría ampliar en el debate parlamentario de considerarse necesario, solicito la aprobación del proyecto.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
BEDANO, NORA ESTHER CORDOBA FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
ACCION SOCIAL Y SALUD PUBLICA (Primera Competencia)
PRESUPUESTO Y HACIENDA