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PROYECTO DE TP


Expediente 2409-D-2015
Sumario: "PREMIO TURISMO ACCESIBLE ARGENTINA". INSTITUCION.
Fecha: 30/04/2015
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 40
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


ARTICULO 1º: Instituyese el PREMIO TURISMO ACCESIBLE ARGENTINA que será otorgado a un proyecto innovador que promueva buenas prácticas de turismo para todos de acuerdo con los principios establecidos en el artículo 30 y concordantes de la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.
ARTICULO 2º: El objeto de la convocatoria es la presentación y selección de un proyecto innovador que promueva buenas prácticas para que el turismo sea accesible a toda persona cualquiera sea su discapacidad y que pueda aplicarse a cualquier sector turístico: alojamiento, transporte, intermediarios, ocio y recreo, etc.
La propuesta a presentar tiene que ser un diseño de: -un producto rústico adaptado y accesible,
- un proceso que facilite la integración y el acceso "para todos" al sector turístico,
-un método de comercialización adecuado a todo tipo de necesidades, - una tecnología específica que facilite el desarrollo de la actividad turística, ARTICULO 3º: El Premio Turismo Accesible Argentina otorga premios anualmente en tres categorías: un primer premio para universidades, un segundo premio para personas jurídicas y un tercer premio para personas físicas.
Los premios consistirán en la entrega de un Diploma y una Medalla alegórica.
La presentación del proyecto se puede hacer de manera individual o colectiva pero tiene que ser un trabajo inédito, que no haya sido publicado o presentado a concurso público, curso o seminario.
El contenido del trabajo puede basarse en un proyecto en construcción o en uno ya operativo.
ARTICULO 4º: Establecer el día 21 de Diciembre de cada año, como fecha de premiación.
ARTICULO 5º: Las condiciones y requisitos de postulación serán establecidos por la reglamentación de la presente ley estableciendo asimismo el organismo que tendrá a su cargo la organización del premio que se crea.
ARTICULO 6º: El Poder Ejecutivo deberá reglamentar la presente ley dentro de los 90 días de su sanción.
ARTICULO 7º: Comuníquese al Poder Ejecutivo.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


"La discapacidad forma parte de la condición humana", ha afirmado quien fuera la Directora General de la OMS, Dra. Margaret Chan. "Casi todos nosotros tenemos alguna discapacidad, temporal o permanente, en algún momento de la vida. Hemos de esforzarnos más en romper los obstáculos que segregan a las personas con discapacidades, que en muchos casos las arrinconan en los márgenes de la sociedad."
Según un informe conjunto presentado por la Organización Mundial de la Salud (OMS) y el Banco Mundial, en el mundo hay más de 1000 millones de personas que experimentan alguna forma de discapacidad. Constantemente ambas entidades instan a los gobiernos a ampliar los esfuerzos que despliegan para facilitar el acceso a los servicios generales y a realizar inversiones en programas especializados que hagan posible que las personas con discapacidades desplieguen plenamente sus posibilidades
Muchas de estas personas con discapacidad encuentran obstáculos a la hora de realizar actividades turísticas, no siendo del todo justo responsabilizar de dichos obstáculos exclusivamente a los gobiernos nacionales o provinciales. Es necesario realizar actividades de concientización de la población en general para que se creen más destinos turísticos accesibles, para que los empresarios del turismo se informen sobre un mercado nuevo que empieza a organizarse y busca opciones adaptadas a las personas con distintas discapacidades que tienen deseos de viajar con fines turísticos; para informar a los turistas sobre los derechos de las personas con discapacidad a acceder a la recreación y al turismo y las dificultades que existen para que estos derechos puedan ejercerse.
Estos concursos que premian proyectos provenientes desde distintos ámbitos constituyen una eficaz forma de concientización y promoción del turismo accesible, donde se involucra a la comunidad no únicamente a través de multas y castigos, cuya eficacia es relativa sino desde un enfoque positivo. La presente iniciativa es una de las tantas formas de educar sobre los derechos de las personas con discapacidad y las dificultades a las que se enfrentan para poder ejercerlos.
Hemos abrevado en la realización de este proyecto en las experiencias de campañas de turismo accesible de España, si bien
este país ha instituido premios enfocados prioritariamente al ámbito universitario asociado al apoyo económico de empresas privadas; sin embargo son muchos los países que fomentan este tipo de competencias y concursos en el entendimiento de que sin concientización los cambios son muy difíciles de instrumentar.
Es por ello que creemos que conjuntamente con las leyes y reglamentaciones de todos los aspectos que hacen al turismo, especialmente uno de los aspectos que presentan más barreras: el transporte de larga y media distancia; este tipo de iniciativas de enfoque positivo producen los cambios de mentalidad que tanto se necesitan para que una buena ley sea operativa.
Es por ello que solicito a mis pares que me acompañen el presente proyecto.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
TROIANO, GABRIELA ALEJANDRA BUENOS AIRES PARTIDO SOCIALISTA
CUCCOVILLO, RICARDO OSCAR BUENOS AIRES PARTIDO SOCIALISTA
VILLATA, GRACIELA SUSANA CORDOBA FRENTE CIVICO - CORDOBA
RASINO, ELIDA ELENA SANTA FE PARTIDO SOCIALISTA
DUCLOS, OMAR ARNALDO BUENOS AIRES GEN
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
TURISMO (Primera Competencia)
DISCAPACIDAD
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados REPRODUCIDO POR EXPEDIENTE 0433-D-17