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PROYECTO DE TP


Expediente 2360-D-2006
Sumario: TRANSFERENCIA A TITULO GRATUITO DE UN INMUEBLE PROPIEDAD DEL ESTADO NACIONAL A DIVERSAS INSTITUCIONES DE LA CIUDAD DE TANDIL (UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CENTRO, SOCIEDAD CIVIL AYUDA SOLIDARIA, FUNDACION PARA LA EDUCACION Y EL TRABAJO), PROVINCIA DE BUENOS AIRES.
Fecha: 10/05/2006
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 47
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


Artículo 1° - Transfiérese en condominio a título gratuito, con derecho de acrecer, a favor de la Universidad Nacional del Centro de la provincia de Buenos Aires, con sede en la ciudad de Tandil, provincia de Buenos Aires, a la Sociedad Civil Ayuda Solidaria, inscripta en la Dirección de Personas Jurídicas de la provincia de Buenos Aires en la matrícula 10.992, de instituciones civiles, con domicilio en la calle Fuerte Independencia 345 de la ciudad de Tandil, de la mencionada provincia y a la Fundación para la Educación y el Trabajo, inscripta en la Dirección de Personas Jurídicas de la provincia de Buenos Aires en la matrícula N° 12.149, legajo 64.593 de instituciones civiles, con domicilio en la calle Chacabuco 1031, de la ciudad de Tandil, de la mencionada provincia, el dominio del inmueble propiedad del Estado Nacional sito en la ciudad de Tandil, en la intersección de las calles Lobería y Richieri, designado como: Inmueble No Matriculado inscripción N° 113.807 - 3.179/911-A, Nomenclatura Catastral: circunscripción 1, sección B, quinta 69, fracción 1, parcela 2-b, partida 35.128.
Artículo 2° - La donación establecida en el artículo precedente se realiza con cargo para los donatarios de desarrollar en el predio objeto de donación, actividades de carácter educativo, recreativo, científico, cultural y social, actuando por sí o colaborando con centros de estudios públicos o privados del país o del extranjero, quedando expresamente prohibida la enajenación y/o la constitución de derechos reales a favor de terceros.
Artículo 3° - Se producirá la retrocesión del dominio objeto de esta donación en los supuestos de incumplimiento del cargo o extinción de todas las entidades beneficiarias por cualquier causa.
Artículo 4° - La donación deberá ser aceptada por los donatarios dentro del término de ciento veinte (120) días desde que el inmueble se encuentre en condiciones de ser registralmente transferido.
Artículo 5° - Todos los gastos que demande la transferencia del dominio del inmueble, serán a cargo de los donatarios.
Artículo 6° - Comuníquese al Poder Ejecutivo.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Existen en la órbita del Estado Nacional innumerables inmuebles cuyo destino inicial, loable por cierto, se ha ido distorsionando con el paso de los años.
Tal es el caso del predio y edificio que nos ocupa, la Colonia General Manuel Belgrano, originariamente concebido para recuperación de niños enfermos con distintas afecciones de las vías respiratorias, en tiempos en que se atribuía al clima serrano, y en ese momento seco, de Tandil, propiedades curativas.
Este predio se encontraba hasta hace poco tiempo totalmente descuidado y el edificio, de construcción precaria, sin uso prácticamente durante 9 meses en el año durante 30 años, estaba actualmente inutilizado durante los 12 meses.
El escaso o nulo mantenimiento de las instalaciones aceleró su deterioro haciendo necesaria la toma de medidas que por un lado salvaguardasen los bienes del Estado y por otro diesen uso verdadero a los mismos.
En tal sentido se orienta este proyecto que intenta poner al servicio de la comunidad tandilense y de la región a este predio, en el marco de la inserción comunitaria que decididamente ha comenzado a transitar la Universidad Nacional del Centro de la provincia de Buenos Aires.
Actualmente el inmueble se encuentra cedido por el Ministerio de Educación de la Nación en comodato a dicha universidad, por el término de 10 años, en virtud de un convenio firmado el 28 de enero de 2002.
De acuerdo a las cláusulas del contrato celebrado el predio cedido gratuitamente deberá ser utilizado para la continuación de las actividades del centro deportivo y recreativo actualmente allí emplazado, en las mismas condiciones existentes. Asimismo todas las modificaciones, reparaciones y mejoras que sean necesarias para su utilización y cumplimiento de su finalidad deberán efectuarse previa conformidad de El Comodante.
Esta forma precaria de posesión limita las posibilidades de realizar las inversiones que realmente requiere el mejoramiento del inmueble, y que de hecho la Universidad ha comenzado dinámicamente a concretar a través de diversos y numerosos trabajos. Se dificulta asimismo la realización de proyectos educativos y de inserción comunitaria desarrollados en conjunto con otras organizaciones sociales, como la Asociación Civil Ayuda Solidaria y el Instituto de Educación Superior Tandil (diepregep 3671).
La Universidad del Centro de la provincia de Buenos Aires se encuentra profundamente enraizada en la gente y sin duda será una fiel y eficiente depositaria del bien que por la presente se le confía.
Sin gasto para el erario público y en el marco de la cooperación interinstitucional logrará, seguramente, no sólo recuperar este predio, como lo está haciendo, sino mejorarlo y darle una intensiva utilización, con los fines ya establecidos, a los que se sumarán otros para beneficio de la comunidad.
Por lo expuesto precedentemente es que se propone la transferencia del dominio del nombrado inmueble a favor de esta Universidad, de la Asociación Civil Ayuda Solidaria y del Instituto de Educación Superior, y ante el pleno convencimiento de la conveniencia de esta iniciativa es que se solicita a los señores legisladores su apoyo a la misma.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
CHIACCHIO, NORA ALICIA BUENOS AIRES PERONISTA FEDERAL
VILLAVERDE, JORGE ANTONIO BUENOS AIRES PERONISTA FEDERAL
NEMIROVSCI, OSVALDO MARIO RIO NEGRO FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
LEGISLACION GENERAL (Primera Competencia)
EDUCACION
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha Movimiento Resultado
24/10/2006 ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA Aprobado con modificaciones unificados en un sólo dictamen