PROYECTO DE TP


Expediente 2289-D-2014
Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO NACIONAL A TRAVES DE LOS ORGANISMOS QUE CORRESPONDA ENCOMIENDE A LA AUDITORIA GENERAL DE LA NACION AUDITAR AL FONDO FEDERAL SOLIDARIO (FFS, CREADO POR DECRETO 206/09 EN UN PLAZO DE 120 DIAS, PARA PRESENTAR ANTE EL HONORABLE CONGRESO DE LA NACION.
Fecha: 09/04/2014
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 24
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Solicitar a la Comisión Parlamentaria Mixta Revisora de Cuentas encomiende a la Auditoría General de la Nación una auditoria sobre el Fondo Federal Solidario (FFS), creado por el Decreto 206/2009, fijándole un plazo de 120 días para su presentación al Congreso de la Nación.
La auditoría deberá contener la información detallada a continuación:
a) El seguimiento del régimen de reparto que las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires derivan a los Municipios, dispuesto por el artículo 2º de la Resolución Conjunta 157/2009, en el cual se detallen los mecanismos utilizados por todas las provincias para el reparto de los fondos.
b) El cumplimiento, por todas las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de los requisitos establecidos en el artículo 2º de la Resolución Conjunta 157/2009 sobre la automaticidad del régimen de reparto.
c) En particular respecto de la provincia de Tucumán, un informe detallando: (i) ingresos totales a la provincia de Tucumán en concepto de Fondo Federal Solidario, desde la creación del mismo hasta la fecha de este pedido de informes; (ii) detalle mensual de asignación del mismo a cada uno de los municipios de la provincia de Tucumán; (iii) detalle de las obras de infraestructura completadas con fondos provenientes del Fondo Federal Solidario, especificando en cada caso, contratistas, monto total de la obra y plazo de ejecución de la misma; (iv) informe dictaminando si la firma de Pactos Sociales y Fiscales entre el gobierno de la provincia de Tucumán y los municipios resulta acorde o violatorio del requisito de coparticipación interna del Fondo que establece la legislación que lo crea.
d) El resultado y contenido de las auditorias específicas a fin de verificar las obras destinadas a mejorar la infraestructura establecidas en el artículo 1º del Decreto 206/2009, detallando cuáles fueron las obras de infraestructura, ejecutadas y en ejecución, desde la Creación del Fondo Federal Solidario.
e) Un informe sobre el seguimiento financiero de los montos destinado a las provincias y sus municipios, así como la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en concepto de Fondo Federal Solidario, facultado por el artículo 1 de la Resolución Conjunta N° 157/2009.
f) Un informe verificando si las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que adhirieron al Fondo Federal Solidario por medio de la Resolución N° 65/2009, han cumplido con los requisitos dispuestos en los artículos 4 y 5 del Decreto 206/2009.
g) Un informe sobre la situación de cumplimiento de parte de las provincias o la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en lo que respecta al artículo 7 del decreto 206/2009.
h) Si la Sindicatura General de la Nación ha dado cumplimiento a la obligación dispuesta en el Artículo 6° del Decreto 243/2009, y en tal caso acompañe copia de todas las actuaciones labradas en consecuencia.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El 19 de marzo de 2009 el gobierno nacional firmo el Decreto 206/2009, por el cual crea el Fondo Federal Solidario con la finalidad de financiar a las provincias y municipios, con fondos provenientes de los derechos de exportación de soja y sus derivados.
El citado decreto dispone el destino específico de los fondos para obras que contribuyan a la mejora de la infraestructura sanitaria, educativa, hospitalaria, de vivienda o vial en ámbitos urbanos o rurales, y expresa la prohibición de utilizarlo para el financiamiento de gastos corrientes.
De esta forma el Gobierno Nacional intento disminuir la tensión que se inició en marzo de 2008 con la controvertida Resolución 125/2008 y que genero un conflicto entre el sector agropecuario y el gobierno nacional. Con la sanción del Decreto 206/2009, la tensión existente se atenuó, luego que el Ejecutivo Nacional transfiriera fondos de los derechos de exportación, que percibe el gobierno nacional y no son coparticipables, a las provincias.
Cuando la medida fue anunciada se estimaba distribuir entre las provincias 1776 millones de dólares, unos 6520 millones de pesos, que equivalía a más del 11% de la masa coparticipable.
Durante el ejercicio 2009, en que el Fondo Federal Solidario funcionó durante solo 9 meses, es decir a partir de mes de abril cuando la medida entró en vigencia, el monto total distribuido a las provincias fue de $2.941.330.969,19; durante 2010 el fondo se elevó a $7.457.764.649,15, en 2011 a $ 7.249.441.066,1; en 2012 el fondo distribuyo entre las provincias $7.325.992.246,6; en 2013 la recaudación en este concepto fue de $9.644.377.934,2; y en el primer trimestre de 2014 el Fondo conto con $1.576.991.571,73.
El Fondo Federal Solidario se compone del 30% de los derechos de exportación a la soja y sus derivados. Desde su puesta en marcha, la producción de soja, de acuerdo con datos publicados por el Ministerio de Agricultura, ganadería y Pesca, fue: en 2008 /0930.993.379 toneladas, en 2009 /10 52.677.371toneladas, en 2010 /11 48.878.771 toneladas y durante la campaña 2011/12 la producción de soja fue 40.500.000 toneladas.
Es decir, desde que el Fondo existe, y la recaudación en este concepto fue de $36.195.898.436,91.
Siendo que las 24 provincias adhirieron al Fondo por medio de la Resolución 65/2009 de la Secretaria de Hacienda, del Ministerio de Economía, todas ellas quedaron sujetas a las condiciones previstas en el Decreto 206/2009, por el cual deben establecer un régimen de reparto interno automático y deben destinar los recursos económicos del Fondo para mejorar la infraestructura sanitaria, educativa, hospitalaria, de vivienda o vial; no podrán utilizarlos en gastos corrientes.
La presente Resolución tiene por objeto conocer cuáles fueron los destinos de los fondos, en las provincias, siendo que ni la Sindicatura General de la Nación que por el Decreto 243/2009 es responsable de realizar auditorías anuales específicas sobre el funcionamiento del Fondo, ni en Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios, organismo competente por la Resolución Conjunta 157/2009, 20/2009 y 313/2009, para verificar las obras de infraestructura que se realicen con los recursos del Fondo, emitieron en cuatros años sus respectivos informes.
Cabe destacar que el año pasado hemos presentado un pedido de informes sobre el funcionamiento y destino del Fondo Federal Solidario, que obra bajo el número de expediente 7434-D-2012, y que fuera reproducido en 2013.
Asimismo y en el mismo sentido este año volvimos a insistir con el pedido de informes a los organismos correspondientes. El día 2 de agosto de 2013, bajo el Expediente Nro. 5581-D-2013 realizamos la presentación.
La provincia de Tucumán, en particular, que recibe el 4.94% del total del Fondo Federal Solidario, sumo una recaudación de, en 2009 $135.181.645,54, en 2010 $342.684.285,65, en 2011 $333.111.817,0, en 2012 $336.629.343,7, en 2013 $443.159.166,2; en los tres primeros meses de 2014 se enviaron a la provincia $72.462.762,74, pese a los $1.663.229.020,83 que recibió no existen datos sobre qué es lo que se realizó con estos recursos.
Tucumán es un ejemplo de las 24 provincias, pero no un ejemplo aislado y diferente del resto. La falta de información pública sobre las obras que se realizaron o se realizan con el dinero del Fondo Federal Solidario es una constante y pese a que el Decreto 206/2009 determina específicamente en que se debe utilizar este recurso, que representa más del 10% de la masa coparticipable, y que año tras año, aumenta, gracias a los precios internacionales del commodity gravado y la producción nacional del mismo. Es decir, aumenta la recaudación por derechos de exportación a la soja, y de esta forma el Fondo Federal Solidario pero no las mejoras que el Decreto de su creación dispone.
Siendo que el Fondo Federal Solidario logro una recaudación superior a la esperada al momento de su creación, esto debería evidenciarse en mejoras concretas, que al momento de la presentación de esta resolución se desconocen y es precisamente ese punto el que se pregunta en la parte resolutiva de la presente.
De acuerdo al inciso d del artículo 129° de la Ley 24.156 de "Administración financiera y de los sistemas de control del sector público nacional", la Comisión Parlamentaria Mixta Revisora de Cuentas puede requerir de la Auditoria General de la Nación toda la información que estime oportuna. Considerando que es necesaria una auditoria al desenvolvimiento del Fondo Federal Solidario debido a los montos que este posee y la diversidad de actores involucrados, es que se le solita a la Comisión Parlamentaria Mixta Revisora de Cuentas solicite una auditoria al organismo correspondiente.
Por todos estos motivos, es que solicito a mis pares acompañen el proyecto de resolución.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
CASAÑAS, JUAN FRANCISCO TUCUMAN UCR
CANO, JOSE MANUEL TUCUMAN UCR
FIAD, MARIO RAYMUNDO JUJUY UCR
BIELLA CALVET, BERNARDO JOSE SALTA UDESO SALTA
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
PRESUPUESTO Y HACIENDA (Primera Competencia)
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados SOLICITUD DE REPRODUCCION DEL PROYECTO PARA EL PERIODO 133 (2015), SEGUN LOS TERMINOS DEL ARTICULO 7 DE LA RESOLUCION DE LA HCD DEL 05/06/1996