PROYECTO DE TP


Expediente 2245-D-2009
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON LA DETECCION DE VUELOS ILEGALES, Y LA SITUACION ACTUAL DE VIGILANCIA Y CONTROL AEROESPACIAL.
Fecha: 08/05/2009
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 43
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Solicitar al Poder Ejecutivo que, a través del Organismo que correspondiere, informe sobre:
- La situación actual de vigilancia y control aeroespacial en el territorio nacional, especialmente en la región del NEA.
- Existencia de tecnología instrumental para la detección de vuelos ilegales.
- La adquisición de nuevo equipamiento para el control aéreo y formación de recursos humanos para dichas tareas.
- Medidas adoptadas y/o a adoptarse para relevar, controlar y revertir los vuelos ilegales en el territorio nacional.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Motiva este pedido de informe la incertidumbre sobre la situación actual del control aeroespacial en el territorio nacional.
Es de público conocimiento, y motivo de pedidos de informe anteriores, la existencia de vuelos clandestinos dentro del país, especialmente en la región del NEA. Cientos de vuelos diarios ingresan y salen del país por contrabando y narcotráfico. La información no es nueva. En el año 2006, los principales diarios del país detallaron exhaustivamente la existencia y funcionamiento de estas actividades delictivas. Los medios de comunicación masiva dan cuenta periódicamente de nuevos sucesos relativos a vuelos y aterrizajes clandestinos.
Con el vertiginoso desarrollo de la aviación en general y de la comercial en particular, el Estado Nacional ha ido impulsando a lo largo de los años diferentes planes tendientes a lograr la vigilancia y control integral de su aeroespacio, los cuales no llegaron a materializarse por diversas razones.
Así nacieron el Sistema Integrado de Control del Espacio Aéreo (SICEA) en los años '70 y '80; el Plan Nacional de Radarización (PNR) en los años '90 que fuera aprobado por Decreto 145/96; y actualmente el llamado Sistema Nacional de Vigilancia y Control Aeroespacial (SINVICA) que lo remplazó.
Este sistema esta destinado al gerenciamiento integral del aeroespacio para ejecutar tanto la vigilancia y el control del tránsito aéreo, como la defensa de aeroespacio de interés, y fue propuesto por la Fuerza Aérea Argentina y el Ministerio de Defensa. El 14 de octubre de 2004 se dicto el Decreto 1407/04 que derogó al 145/96 y creo el SINVICA.
Entre los fundamentos del nuevo Decreto 1407/04 merece destacarse el párrafo que señala: "dado el incremento que ha tenido la actividad de vuelos ilícitos a nivel mundial y más específicamente a nivel regional, relacionados con el contrabando y el uso del medio aéreo como elemento terrorista, se hace imprescindible poder contar con radares y sistemas que realicen un control efectivo del aeroespacio, de manera de proteger el tránsito aéreo en el ámbito nacional, el desarrollo nacional y la seguridad de sus fronteras".
Argentina es uno de los países más deficitario en materia de vigilancia y control de su espacio aéreo en la región, sólo el 11% del territorio nacional se encuentra bajo control radar, limitándose ello a radares para control de tránsito aéreo instalados en los aeropuertos de Ezeiza (1973 y actualizado en los 87, 95, 98, 05, y 06), Córdoba (1987), Mendoza (1993), Mar del Plata (1997), y un radar secundario en Paraná (1996). Desde hace 10 años el Estado nacional no ha incorporado ningún radar para ir completando la red de control de tránsito aéreo.
Es importante rescatar la reciente creación de la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC) que será la autoridad aeronáutica nacional y ejercerá las funciones y competencias establecidas en el Código Aeronáutico.
De acuerdo con el decreto 239/2007 se determina que el nuevo organismo se crea en el ámbito de la Secretaría de Transporte del Ministerio de Planificación Federal. Asimismo, se dispuso la creación de una Unidad Ejecutora de Transferencia integrada por el secretario de Transporte, con carácter de coordinador, dos funcionarios designados por el Ministerio de Defensa y por la mencionada Secretaría.
La Unidad Ejecutora tendrá a su cargo, hasta la puesta en funcionamiento de la ANAC, la elaboración del programa general de transferencia al nuevo organismo y el correspondiente programa de ejecución.
El artículo cuarto del decreto determina que el programa general de transferencia a la ANAC deberá contener la revisión integral de la legislación vigente aplicable a la aviación civil y sus actividades subsidiarias. También deberá incluir la elaboración de la estructura de recursos humanos, ingresos, presupuesto y bienes de afectación.
El artículo quinto da por iniciado el proceso de transferencia a la ANAC de las misiones y funciones inherentes a la aviación civil que corresponden al comando de Regiones Aéreas de la Fuerza Aérea Argentina.
El uso y explotación del aeroespacio es un bien público nacional, y su vigilancia es una actividad esencial para el ejercicio de las funciones de su gobierno.
Es una responsabilidad indelegable del Estado sostener los servicios de control de tránsito aéreo, tal como lo establecen los convenios internacionales de aviación civil firmados por la Argentina ante la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI).
Por estas razones, este pedido de informe se dirige a saber cuál es la situación actual del sistema nacional de vigilancia y control aeroespacial, como asimismo de las medidas adoptadas y/o a adoptarse para la modernización y correcto funcionamiento del mismo.
Por lo aquí expuesto, solicito a los Señores Diputados me acompañen en el presente proyecto.-
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
ZANCADA, PABLO V. SANTA FE PARTIDO SOCIALISTA
FEIN, MONICA HAYDE SANTA FE PARTIDO SOCIALISTA
SESMA, LAURA JUDITH CORDOBA PARTIDO SOCIALISTA
VIALE, LISANDRO ALFREDO ENTRE RIOS PARTIDO SOCIALISTA
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
DEFENSA NACIONAL (Primera Competencia)
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DEL DIPUTADO VIALE (A SUS ANTECEDENTES) 20/05/2009