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PROYECTO DE TP


Expediente 2230-D-2010
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON EL PLAZO DE LA ENTREGA DEL DOCUMENTO NACIONAL DE IDENTIDAD (DNI).
Fecha: 15/04/2010
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 34
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Dirigirse al Poder Ejecutivo Nacional para que, a través de los organismos que correspondan informe:
1) Cuál es el plazo promedio de entrega del DNI en el caso de pedidos de renovación por parte de ciudadanos argentinos.
2) Cuál es el plazo promedio de entrega del DNI, en el caso de que la solicitud sea de extranjeros con residencia permanente.
3) En el caso de haber diferencia de plazos entre los casos 1) y 2), cuáles son las razones de la misma y cuáles son las medidas que se están adoptando para subsanarla.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Los problemas sufridos a diario por quienes tramitan su DNI ya fueron incluídos en un pedido de informes (nº de expediente 1316-D-2008) que, entre otros puntos, reclamaba información acerca de la diferencia en los tiempos de espera entre jurisdicciones
En esta ocasión el requerimiento es por la diferencia en los tiempos de espera debido a la condición de extranjeros de los solicitantes.
Esta discriminación no sólo lesiona preceptos constitucionales, sino que es contemplada en el artículo 1 de la ley 23592 ( penalización de actos discriminatorios ) y contradice el artículo 3º en sus incisos "e", "g" y "h", así como el 5º, 6º y 13º de la ley 25871 (Ley de Migraciones)
En efecto, dicha ley promueve entre sus objetivos "la integración en la sociedad argentina de las personas que hayan sido admitidas como residentes permanentes"; "promover y difundir las obligaciones, derechos y garantías de los migrantes, conforme a la establecido en la Constitución Nacional, los compromisos internacionales y las leyes, manteniendo en alto su tradición humanitaria y abierta con relación a los migrantes y sus familias"; "promover la inserción e integración laboral de los inmigrantes que residan en forma legal para el mejor aprovechamiento de sus capacidades personales y laborales a fin de contribuir al desarrollo económico y social del país"
En cuanto a este último aspecto, el evidente perjuicio de no contar con el DNI fue suficientemente fundamentado en el referido pedido de informes 1316-D-2008. Pero este perjuicio es, aún, agravado por la desigualdad de trato
El artículo 5º de la ley 23.592 dice que "El estado asegurará las condiciones que garanticen una efectiva igualdad de trato, a fin de que los extranjeros puedan gozar de sus derechos y cumplir con sus obligaciones". El artículo 6º cuando se refiere al acceso a servicios sociales, bienes públicos, etc. Establece que "el Estado en todas sus jurisdicciones, asegurará el acceso igualitario a los inmigrantes y sus familias en las mismas condiciones, protección, amparo y derechos de los que gozan los nacionales"
Por último, en el título 1, capítulo 1, acerca de los derechos y libertades de los extranjeros, el artículo 13 dice que "a los efectos de la presente ley se considerarán discriminatorios todos los actos u omisiones determinados por motivos tales como etnia, religión, nacionalidad, ideología, opinión política, o gremial, sexo, genero, posición económica o caracteres físicos que arbitrariamente impidan, obstruyan, restrinjan o de algún modo menoscaben el pleno ejercicio sobre bases igualitarias de los derechos y garantías fundamentales reconocidos en la Constitución Nacional, los Tratados Internacionales y las leyes.
Por todo lo expuesto y ante el riesgo de que se estuviesen convalidando actos discriminatorios, solicitamos la aprobación del presente Proyecto de Resolución
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
FLORES, HECTOR BUENOS AIRES COALICION CIVICA
CARCA, ELISA BEATRIZ BUENOS AIRES COALICION CIVICA
QUIROZ, ELSA SIRIA BUENOS AIRES COALICION CIVICA
GIL LOZANO, CLAUDIA FERNANDA CIUDAD de BUENOS AIRES COALICION CIVICA
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
LEGISLACION GENERAL (Primera Competencia)